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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2013 (14/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de marzo de 2013 490839 trabajo, ya sea en el país o en el extranjero; lo que es concordante con lo dispuesto por el artículo 83º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, conforme al cual la Comisión de Servicio es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar funciones según el nivel de carrera, grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que están directamente relacionadas con los objetivos institucionales; Que, asimismo, conforme lo tiene dispuesto la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, en su artículo 15º, inciso k), in fine, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores serán aprobados mediante Acuerdo del Consejo Regional, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, el artículo N° 45° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Pasco, aprobada por Ordenanza Regional N° 294-2012-G.R.PASCO/CR, referente a la Dietas que señala “(…) Se aprueba mediante acuerdo y los montos se publican en el diario de mayor circulación de la región, las que se perciben por asistencia a las sesiones ordinarias en el transcurso del mes, salvo licencia por enfermedad justi¿ cada, viaje o comisión de servicios o¿ ciales”; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano e institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modi¿ catorias y el Reglamento Interno; ACUERDA: Primero.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicio del Consejero Regional, Lic. Julio Abel Arévalo Tello, Presidente de la Comisión de Desarrollo Económico del Consejo Regional, al País de Brasil, por los días 03 al 10 de marzo del presente año, para participar en el 39 Tour Cafetalero Brasil Marzo 2013. Segundo.- PRECISAR que los gastos que demande el viaje en comisión de servicios del Consejero Regional Lic. Julio Abel Arévalo Tello Presidente de la Comisión de Desarrollo Económico a que se re¿ ere el Artículo Primero de la presente disposición regional serán ¿ nanciados por los organizadores del evento. Tercero.- Disponer, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario O¿ cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. DANIEL ALBERTO PAUCAR ESPINOZA Presidente del Consejo Regional 911279-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Aprueban Ordenanza aplicable a los Arbitrios Municipales del periodo fiscal 2013 ORDENANZA N° 259-2012-MDA Ancón, 9 de diciembre del 2012 VISTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ancón, en Sesión de la fecha, ha visto la propuesta presentada con Informe N° 213-2012-GR/MDA de la Gerencia de Rentas, y el Informe N° 247-2012-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica sobre la Ordenanza de Bene¿ cio de Exoneración Tributaria aplicable a las Tasas de Arbitrios Municipales correspondiente al año 2013; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 74° y 194° de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Locales tienen la potestad de crear, modi¿ car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, con los límites que señala la Ley; Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con el numeral 4) de la Constitución Política del Perú y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF, establece que las Ordenanzas son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de los cuales se pueden crear y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, en uso de sus facultades el Concejo Municipal de Ancón, aprobó la Ordenanza N° 257-2012/MDA, la cual establece la Estructura de Costos y Régimen Tributario de los Arbitrios de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2013; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el inciso 8) y 9) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, aprobó lo siguiente: ORDENANZA DE BENEFICIO DE EXONERACIÓN TRIBUTARIA Artículo Primero.- DISPONER que las Tasas de Arbitrios Municipales para el año 2013, no se incrementaran en más del 25% con relación a las Tasas de Arbitrios Municipales que correspondieron al año 2012. Artículo Segundo.- ALCANCE. Esta Ordenanza es de aplicación a los arbitrios municipales correspondientes al período ¿ scal 2013. Artículo Tercero.- VIGENCIA. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O¿ cial El Peruano. Artículo Cuarto.- Facultades Reglamentaria: Facúltese al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 910589-1 Fijan monto mínimo del Impuesto Predial, fechas de vencimiento para pago y Tasa de Interés Moratorio (TIM) ORDENANZA Nº 262 -2013-MDA Ancón, 30 de enero de 2013 VISTO: En Sesión de Concejo de la fecha, el Pleno ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA EL MONTO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL, FECHAS DE VENCIMIENTO Y LA TASA DEL INTERÉS MORATORIO (TIM). Artículo Primero.- FÍJESE el monto mínimo anual del Impuesto predial para los predios de nuestra jurisdicción