Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2013 (14/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de marzo de 2013 490841 fecha 29/01/13 (fs. 123) cancelado en la Tesorería de esta entidad municipal, se acredita la cancelación de la Liquidación Nº 024-2013-MDA/GDU-SGHUE, Que, mediante Informe N° 032-2013-MDA/GDU- SGHUE-DEHE de fecha 19 de febrero de 2013, emitido por el Área Técnica pertinente de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edi¿ caciones, informa que el presente trámite de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada es procedente; y que el administrado ha cumplido con presentar la documentación y cancelar los pagos estipulados por el TUPA vigente, Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972, Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edi¿ caciones, Ordenanza Nº 836-MML y por el Reglamento Nacional de Edi¿ caciones y Ordenanza Nº 273-MDA. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el N° 011-2013-SGHUE-GDU/MDA y Memoria Descriptiva, que forma parte de la presente Resolución, suscrita por el profesional responsable, Ing. José Carlos Tasaico Flores con registro C.I.P. 114014, el proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” del terreno con un área de 33,904.20 m2, constituido por las parcelas 10618, 10622, [10623 y 10627] (7,554.20 m2), 10624 (50%) y 10625 en el Ex Fundo Gloria Baja, altura Km. 14.6 de la Carretera Central, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR la empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA MONTEROSA S. A. C. debidamente representado por su gerente general don JORGE ROSAS ALDAZABAL, para ejecutar en el plazo de 36 meses contados a partir del inicio del trámite, siendo la vigencia de la licencia hasta el 07 de setiembre de 2015 y bajo responsabilidad de la culminación de las obras faltantes de Habilitación Urbana en el terreno de 33,904.20 m2 teniendo en cuenta las características y especi¿ caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: CUADRO DE ÁREAS ÁREA BRUTA: 33,904.20 m2 ÁREA ÚTIL (viviendas): 22,162.60 m2 ÁREA DE MINISTERIO DE EDUCACIÓN :175.44 m2 (Lote 18-A de la Mz. “A”) ÁREA DE RECREACIÓN PÚBLICA: 1,526.23 m2 (Parques 1 y 2) ÁREA DE VÍAS: 10,039.93 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS El área afecta a aportes es igual al Área Bruta (33,904.20 m2) y de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML, para la zoni¿ cación “RDM” – Residencial de Densidad Media, son las siguientes: APORTES ORDENANZA Nº 836-MML PROYECTO (m2) DÉFICIT (m2) % (m2) Recreación Pública 7 2,373.29 1,526.23 847.06 Parques Zonales 2 678.08 -------- 678.08 Ministerio de Educación 2 678.08 175.44 502.64 Renovación Urbana 1 339.04 -------- 339.04 Otros Fines 2 678.08 -------- 678.08 * El dé¿ cit del Aporte de Recreación Pública fue cancelada antes de la emisión de la Resolución de Alcaldía Nº 1577 de fecha 16 de diciembre de 2003, según lo indicado en el quinto considerando de la precitada resolución. * El dé¿ cit del Aporte de Otros Fines fue cancelado conforme se indica en el octavo considerando de la presente resolución. * El dé¿ cit del aporte de Parques Zonales, Ministerio de Educación y Renovación Urbana será cancelado previo a la Recepción de Obra. PAVIMENTACIÓN DE PISTAS, VEREDAS Y ORNAMENTACIÓN DE PARQUES: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la super¿ cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escari¿ cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modi¿ cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20 Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base a¿ rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”), ¿ nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modi¿ cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurara una super¿ cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f´c=140 Kg/ cm2, construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar. Sardineles.- Se construirá sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera este en medio de jardines se construirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberán construirse, con un pavimento de las mismas características de las calzadas adyacentes. Así también éstas quedarán en tierra nivelada compactada. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de conformidad con las normas técnicas NTE U.190 adecuación urbanística para personas con discapacidad, aprobadas por R. M. Nº 069-2001- MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero de 2001. Ornamentación de Parques.- El Parque comprenderá la ejecución de veredas, senderos, colocación de bancas, sembrío de árboles diversos, iluminación y área de recreación activa. TELEFONÍA: Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones Telefónicas, la parte interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- ESTABLECER, que los Aportes Reglamentarios para la zoni¿ cación Residencial de Densidad Media “RDM” correspondiente a Recreación Pública con un área total de 1,526.23 m2 constituido por los denominados, Parque Nº 1 con 836.68 m2 y Parque Nº 2 con 689.55 m2; el Aporte al Ministerio de Educación