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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2013 (27/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de marzo de 2013 491692 remunerativo resultante de la remuneración prevista para su plaza de origen y la plaza materia del encargo; Que, de conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público y el Reglamento de Organización y Funciones de la APN, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el Sr. Gerardo Pérez Delgado al cargo de Gerente General de la Autoridad Portuaria Nacional, quien desempeñará el cargo hasta el 31 de marzo de 2013, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar al Sr. Guillermo Alfredo Bouroncle Calixto, Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica, el ejercicio de las funciones del Gerente General de la Autoridad Portuaria Nacional desde el 01 de abril de 2013. Regístrese, comuníquese y publíquese RICARDO SCHWARTZMANN LARCO Presidente del Directorio 917295-1 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO Crean el Observatorio Vulcanológico del INGEMMET - OVI RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 037-2013-INGEMMET/PCD Lima, 21 de marzo de 2013 VISTO; el Informe N°011-2013-INGEMMET/DGAR de fecha 13 de Marzo del 2013, de la Dirección de Geología Ambiental y Riesgo Geológico; CONSIDERANDO: Que, la Ley N°29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), defi ne la Gestión del Riesgo de Desastres, como un proceso social cuyo fi n último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastre; para tal fi n, la Gestión del Riesgo de Desastres está basada en la investigación científi ca y de registro de informaciones, y orienta las políticas, estrategias y acciones en todos los niveles de gobierno y de la sociedad con la fi nalidad de proteger la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado; Que, conforme a la Ley citada en el considerando anterior, las entidades públicas generan las normas, los instrumentos y los mecanismos específi cos necesarios para apoyar la incorporación de la Gestión del Riesgo de Desastres en los procesos institucionales de los gobiernos regionales y gobiernos locales. Igualmente, las entidades públicas que generen información técnica y científi ca sobre peligros y amenazas, vulnerabilidad y riesgo están obligadas a integrar sus datos en el Sistema Nacional de Información para la Gestión del Riesgo de Desastres. La información generada es de acceso gratuito para las entidades públicas; Que, entre los Objetivos del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, esta la identifi cación de los peligros, el análisis de las vulnerabilidades y el establecimiento de los niveles de riesgo para la toma de decisiones oportunas en la Gestión del Riesgo de Desastres; la prevención y reducción del riesgo, evitando gradualmente la generación de nuevos riesgos y limitando el impacto adverso de los peligros, a fi n de contribuir al desarrollo sostenible del país; Que, el Reglamento de la Ley N°29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N°048-2011- PCM, establece en su artículo 41° numeral 41.1, que la Estrategia de Gestión Financiera del Riesgo de Desastres, es el conjunto de acciones establecidas para asegurar una adecuada capacidad fi nanciera en los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, es el conjunto de orientaciones dirigidas a impedir o reducir los riesgos de desastres, evitar la generación de nuevos riesgos y efectuar una adecuada preparación, atención, rehabilitación y reconstrucción ante situaciones de desastres; para tal fi n, las entidades públicas generan las normas, los instrumentos y los mecanismos específi cos necesarios para apoyar la incorporación de la Gestión del Riesgo de Desastres en los procesos institucionales de los gobiernos regionales y gobiernos locales; Que, el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres 2012-2021, busca alcanzar 4 objetivos prioritarios, entre ellos el incorporar e implementar la Gestión del Riesgo de Desastre (GRD) a través de la planifi cación del desarrollo y priorización de los recursos humanos, materiales y fi nancieros; así como fortalecer la cultura de prevención y el aumento de la resiliencia para el desarrollo sostenible. En este contexto, ha establecido como estrategia, el impulsar la creación del Sistema Nacional de Información para Gestión del Riesgo de Desastres, disponiendo para ello, como una de sus acciones, el fortalecer los sistemas de medición instrumental y monitoreo en GRD de las entidades científi cas y especializadas para contribuir a la toma de decisiones de los gobiernos regionales y locales, ubicando al Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, como una de las entidades responsables de su cumplimiento; Que, los “Lineamientos Técnicos Generales para Implementación del Proceso de Estimación del Riesgo de Desastres en el marco de la Ley N°29664 y su Reglamento”, aprobado por Resolución Ministerial N°088-2012-PCM, establece que las entidades Técnico Científi cas, elaborarán información de interés nacional para la estimación del riesgo de desastres; la producción de información a nivel nacional corresponde principalmente a los Ministerios y sus respectivos Organismos Públicos Descentralizados en función a sus competencias, para lo cual deberán elaborar los estudios de estimación del riesgo de desastres; Que, de acuerdo al Informe N° 011-2013-INGEMMET/ DGAR de fecha 13 de Marzo del 2013, de la Dirección de Geología Ambiental y Riesgo Geológico, en el sur del Perú existen doce volcanes activos y potencialmente activos, entre ellos: Sara Sara, Solimana, Coropuna, Sabancaya, Chachani, Misti, Ubinas, Huaynaputina, Ticsani, Yucamane, Tutupaca y Casiri ; de los cuales siete volcanes han erupcionado en los últimos 600 años. Los estudios geológicos y los relatos históricos recopilados sobre la actividad volcánica registrada desde 1550 hasta la actualidad, muestran que la actividad de estos volcanes causó estragos en poblados, terrenos de cultivo y obras de infraestructura, situados en áreas aledañas. Dentro de este contexto, Arequipa representa uno de los casos más graves, pues en la actualidad registra una población de casi 1 millón de personas que viven a menos de 12 km del cráter del volcán Misti, y la tendencia de crecimiento en dirección al volcán de algunos distritos en los últimos años, hace que la vulnerabilidad de esta ciudad sea cada vez más alta. El volcán Misti, es un volcán activo que presentó una erupción explosiva moderada entre 1440 y 1470, y luego de este evento se han registrado al menos 03 erupciones leves. La última erupción leve ha sido registrada entre 1869 y 1870; Que, los volcanes más peligrosos y que han presentado actividad reciente, contando con poblaciones muy cercanas, son los volcanes Misti y Ubinas, localizados en los departamentos de Arequipa y Moquegua, respectivamente. Estos volcanes y otros cinco volcanes activos (Sabancaya, Huaynaputina, Ticsani, Tutupaca, Yucamane) requieren ser vigilados de manera permanente, mediante la implementación de un sistema de monitoreo integral (equipos sísmicos, geodésicos y geoquímicos) que permitan alertar de manera oportuna y efi caz el inicio de una erupción volcánica con fi nes de prevención y mitigación de desastres; Que, conforme lo señala la Dirección de Geología Ambiental y Riesgo Geológico, en su informe antes citado, desde 1996, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET) viene efectuando estudios de evaluación de los peligros volcánicos en el sur del Perú, como son los estudios vulcanológicos efectuados de los volcanes Misti, Ubinas, Sara Sara, Coropuna, Tutupaca y Yucamane; Que, en el año 2005, el INGEMMET inició el programa “Riesgo Volcánico y Neotectónica en el sur del Perú” conformando el Grupo de Vulcanología, inicialmente constituido solo por geólogos. Este trabajo se vio reforzado con la creación de nuevos proyectos de investigación, por la contratación de personal capacitado y por el apoyo de la cooperación nacional e