Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2013 (28/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de marzo de 2013 491832 funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de Alcaldía; Que, mediante Ordenanza Nº 399-MSS publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 18.09.2011, se aprueba la Ordenanza que Fomenta la Revalorización de Predios en Parte del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana, cuyo objetivo es fomentar la revalorización de los predios ubicados en parte del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana correspondiente al distrito de Santiago de Surco, sin considerar las Urbanizaciones señaladas en el anexo I, formalizando las edifi caciones de los predios ubicados en dicha Área de Tratamiento Normativo, a través del procedimiento de Licencia de Edifi cación en vía de Regularización, así como condonar las multas impuestas sobre dichas edifi caciones, de acuerdo a la escala de Benefi cios Administrativos aprobados en la citada Ordenanza; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 027-2011-MSS del 28.12.2011 se prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 399-MSS hasta el 31.03.2012, con Decreto de Alcaldía Nº 09-2012-MSS del 30.03.2012 se prorrogó su vigencia hasta el 30.09.2012, y a su vez, con Decreto de Alcaldía Nº 27-2012-MSS del 27.09.2012, se prorrogó hasta el 31.03.2013; Que, con Informe Nº 52-2013-GDU-MSS del 04.03.2013, la Gerencia de Desarrollo Urbano, propone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 399- MSS, sustentando la misma en el Informe Nº 166-2013- SGLAU-GDU-MSS del 27.02.2013, de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, en el cual se indica que la Ordenanza Nº 399-MSS viene cumpliendo con su objetivo, al haber permitido regularizar las edifi caciones que no contaban con licencia de edifi cación y que existían físicamente a la entrada en vigencia de la mencionada norma, favoreciendo a los administrados a incrementar el valor de sus propiedades y lograr la inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos; agrega que debido a la afl uencia constante de los vecinos a los Módulos de los Centros de Atención a informarse sobre los benefi cios de la citada norma, solicitan se prorrogue la misma al haber resultado insufi ciente el plazo de prorroga aprobado anteriormente por el Decreto de Alcaldía Nº 27-2012-MSS; indica además, que existen edifi caciones pendientes de regularizar, por lo que se hace necesaria prorrogar nuevamente la vigencia de la Ordenanza Nº 399- MSS, por un plazo de 09 meses el mismo que vencería el 31.12.2013; Que, mediante Informe Nº 171-2013-GAJ-MSS del 08.03.2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que encontrándose facultado el señor Alcalde a disponer la prórroga de los alcances de la Ordenanza Nº 398-MSS, conforme a lo establecido por la Segunda Disposición Final de la citada Ordenanza, resulta legalmente procedente la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente; Que, asimismo la Gerencia de Asesoría Jurídica informa que, respecto a la prepublicación del proyecto normativo, conforme a lo dispuesto en el Artículo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, indica que la misma resulta innecesaria, considerando que la fi nalidad del Decreto de Alcaldía es prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 399- MSS en benefi cio de los vecinos surcanos, permitiendo la revalorización de sus predios, el saneamiento técnico y legal de su propiedad, formalización predial que favorece al desarrollo urbano ordenado del distrito de Santiago de Surco; por lo que, al amparo de lo dispuesto en el numeral 3 del Artículo antes citado, el proyecto del Decreto de Alcaldía, se encuentra exceptuado de la prepublicación; Estando al Informe Nº 171-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades establecidas en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 399-MSS - Ordenanza que Fomenta la Revalorización de Predios en parte del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana, hasta el 31.12.2013. Artículo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Tecnologías de la Información, a la Gerencia de Administración Tributaria y a las Unidades Orgánicas que la conforman; y a la Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances ante el vecindario. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 917126-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Prorrogan vencimiento de fechas de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2013 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2013-ALC/MVES Villa El Salvador, 22 de marzo de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTO: El Informe Nº 045-13/GR/MVES de la Gerencia de Rentas; el Informe Nº 116-2013-OAJ/MVES de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 106-2013-GM/MVES de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo previsto por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 272-MVES, de fecha 14 de febrero de 2013, se aprobó el Monto Mínimo del Impuesto Predial y del Vencimiento del Pago de los Tributos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2013; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 272-MVES, faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias que sean necesarios para la adecuación e implementación de la citada Ordenanza, así como modifi car el calendario de pagos a los que se refi eren el Artículo SEGUNDO y TERCERO de la mencionada Ordenanza; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 004-2013-ALC/ MVES de fecha 27 de febrero del presente año, se Prorrogo hasta el 30 de marzo del presente año, el vencimiento del Pago al Contado y el pago Fraccionado correspondiente al Primer Trimestre del Impuesto Predial 2013; Que, con Informe Nº 045-13/GR/MVES la Gerencia de Rentas, informa que con la fi nalidad de dar mayores facilidades a los contribuyentes de nuestro Distrito, a razón de que la época escolar limita el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyes, solicita prorrogar el plazo de vencimiento del Pago al Contado y el Pago Fraccionado correspondiente al Primer Trimestre del Impuesto Predial, aprobado con Ordenanza Nº 272-MVES, recomendando por ello se amplíe el referido benefi cio del 01 al 30 de Abril del presente año. Asimismo, solicita ampliar el Vencimiento del Pago de los Arbitrios Municipales correspondientes a los meses de Enero y Febrero del presente año, hasta el 30 de Abril del 2013, por lo que precisa se debe modifi car los plazos señalados en la Ordenanza antes citada; Estando a lo expuesto, contando con el Informe Nº 116-2013-OAJ/MVES de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, el