Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2013 (28/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES
La Gerencia instancia. Municipal,

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de marzo de 2013

el cumplimiento de actos de transferencia del bien, de ser el caso. Articulo 12º.- PUBLICACION DE RESULTADOS La Municipalidad a traves de la Gerencia de Imagen Institucional, publicara el resultado del sorteo en su pagina Web, y asimismo en los locales de la Municipalidad, el dia habil siguiente a su realizacion. Articulo 13º.- CUSTODIA DEL PREMIO La Unidad de Abastecimiento sera la encargada de custodiar y disponer las medidas necesarias para que los premios a entregarse, se mantengan en el mismo estado de conservacion en que fueron adquiridos, hasta su entrega fisica a los beneficiados. Articulo 14º.- ENTREGA DE PREMIOS El representante de la Municipalidad entregara los premios a los titulares ganadores debidamente identificados con su documento de identidad (DNI, Carne de Extranjeria, u otro, segun corresponda). La fecha de entrega de los premios esta condicionada a los plazos que demanden los tramites ante las instituciones correspondientes. Si el ganador (es) de uno de los sorteos, por algun motivo no pudiera acercarse personalmente a recoger su premio, podra ser representado por un tercero, con la exhibicion y entrega a la Municipalidad de una carta poder con firma legalizada por Notario Publico de MORDAZA o certificado de vigencia de poder, otorgado por Registros Publicos, segun corresponda. Articulo 15º.- VIGENCIA DE LOS PREMIOS El plazo de vigencia para reclamar los premios es de treinta (30) dias calendario, computados desde el dia siguiente de haber sido notificado ganador mediante cargo, o, de no haber sido posible, a traves de publicacion en la pagina Web de la Municipalidad dentro del mismo plazo, luego de lo cual el premio no reclamado y/o recogido, se revertira al dominio de la Municipalidad de San Borja. Articulo 16º.- COMUNICACION DE RESULTADOS DEL SORTEO Corresponde al Presidente del Comite, comunicar al Ministerio del Interior los resultados del sorteo con los documentos sustentatorios, lo cual debera realizar dentro del plazo de siete dias habiles siguientes al sorteo. Articulo 17º.- COMITE EJECUTOR DEL SORTEO El Comite Ejecutor del Sorteo esta conformado por los siguientes miembros:
Gerente de Imagen Institucional Gerente de Rentas Gerente de Tecnologias de la Informacion Gerente de Administracion y Finanzas Gerente de Participacion Vecinal Presidente Secretario Miembro Miembro Miembro

resolvera

en

MORDAZA

Articulo 20º.- AUTORIZACION DEL GANADOR PARA DIFUSION DE IMAGEN El(los) ganador(es), al aceptar el premio autorizan a la Municipalidad de San MORDAZA, a utilizar y difundir su imagen para publicitar el cumplimiento de obligaciones tributarias en la jurisdiccion del distrito, asi como al premio otorgado. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primero.- CUMPLIMIENTO Encargar a la Gerencia Municipal, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento, asi como de instruir a los organos de la Municipalidad para que en el MORDAZA de sus competencias cumplan las disposiciones y/o faciliten su cumplimiento. Segunda.- VIGENCIA La vigencia del presente Reglamento es a partir del dia siguiente de su publicacion. Tercera.- RESTRICCION No forman parte del Padron de Contribuyentes Puntuales para el Sorteo, el MORDAZA, Regidores y Servidores de la Municipalidad Distrital de San Borja. Cuarta.- RESPONSABILIDAD Las unidades organicas de la Municipalidad se encuentran obligadas a prestar el apoyo que requiera la Comision de Sorteo, su incumplimiento acarrea responsabilidad.

918142-1

Eliminan el procedimiento "Otorgamiento de Carne de Lector" del MORDAZA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2013-MSB-A
San MORDAZA, 22 de marzo de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS, el Memorandum N°256-2013-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 27 de febrero de 2013, el Informe N°53-2013-MSB-GM-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 21 de febrero de 2013, el Memorandum N°048-2013-MSB-FM-GPE de la Gerencia de Planificacion Estrategica de fecha 07 de febrero de 2013 ; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los articulos 194° y 195° de la Constitucion Politica del Peru las Municipalidades son competentes para desarrollar y regular actividades y/ o servicios en materia de educacion, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, cultura, recreacion, deporte y otros conforme a ley; Que, la Gerencia de Planificacion Estrategica mediante Memorandum N°048-2013-MSB-GM-GPE remite para opinion la propuesta del MORDAZA Texto Unico de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la entidad; Que, de acuerdo al Informe N°53-2013-MSB-GM-GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica senala que conforme a lo establecido en el articulo 37° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, resulta viable que se aprueben, entre otros, las modificaciones al Cuadro de Tarifas de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE que propone la Gerencia de Participacion Vecinal, las cuales deberan realizarse incorporando al TUSNE, entre otros, el "Servicio de Biblioteca Municipal", y que en esa medida se excluya el procedimiento de "Otorgamiento de Carne de Lector" del Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA institucional; Que, al respecto el articulo 38°, numeral 5° de la acotada Ley, establece que una vez aprobado el MORDAZA,

Articulo 18º DEL COMITE EJECUTOR DEL SORTEO El Comite Ejecutor del Sorteo, es el encargado de realizar los actos que MORDAZA necesarios para la realizacion del Sorteo, y por consiguiente dar cumplimiento al presente Reglamento. Es competente para resolver cualquier situacion que se presente en el desarrollo del Sorteo, asi como conflictos o reclamos que pudieran presentarse en la ejecucion del Mismo; su pronunciamiento es definitivo. Realizado el sorteo, entregados los premios, comunicados oficialmente la Municipalidad, el Ministerio de Interior, y consentido el acto administrativo que pone fin a un reclamo o conflicto, el Comite cesa en sus funciones. Articulo 19º.- IMPUGNACIONES El contribuyente que se crea con derecho a impugnar el sorteo, debera presentarlo en el mismo acto en presencia del Notario Publico. Sera atendida por la Comision de Sorteo, quien consignara en el acta el motivo de la impugnacion y resolvera en primera instancia, para lo cual en dicho acto contara con apoyo de un abogado de la Gerencia de Asesoria Juridica. La impugnacion presentada no evitara la realizacion del sorteo, sin embargo la entrega del premio se suspendera hasta el resultado.

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