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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de marzo de 2013 491821 Pronto Pago”, el mismo que forman parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- PUBLICAR el presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano, el Portal Institucional y el Portal de Servicio al Ciudadano y Empresas. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde REGLAMENTO DE LA ORDENANZA DEL PROGRAMA DE BENEFICIOS PARA CONTRIBUYENTES QUE REALIZAN “PRONTO PAGO” Artículo 1º.- FINALIDAD La fi nalidad del presente Reglamento, es determinar las reglas del Programa de Benefi cios, aprobado por la Ordenanza Nº 494-MSB, para los contribuyentes del distrito de San Borja que realizan Pronto Pago de los arbitrios municipales. Artículo 2º.- OBJETIVO Es objetivo del presente, establecer las condiciones y procedimientos que regulan el proceso desde la convocatoria, detalle, reglas y desarrollo del sorteo hasta la entrega del premio. Artículo 3º.- DEFINICIONES Programa de Benefi cios.- Incentivo(s) que la Municipalidad Distrital de San Borja otorga a los contribuyentes que cumplan las condiciones establecidas en el Reglamento. Opción.- Oportunidad para participar en el Sorteo que se materializa consignando un número. Pronto Pago.- Pago anual adelantado de los arbitrios municipales, efectuado hasta la fecha de vencimiento de la primera cuota sin considerar prórroga. Premios.- Bienes y/o servicios que entrega la Municipalidad a través de un Sorteo. Artículo 4º.- ALCANCE DEL BENEFICIO Participarán en el Sorteo, los contribuyentes que hayan cumplido con el pago anual adelantado de los arbitrios municipales hasta fecha de vencimiento de la primera cuota sin considerar prórroga. Artículo 5º.- OPCIONES El sorteo se realizará a través de opciones. Una opción (Número), corresponderá a cada predio de los Arbitrios Municipales cancelados. Artículo 6º.- CONVOCATORIA El sorteo de premios al contribuyente Pronto Pago, será convocado con una anticipación no menor de 10 días calendario al acto del sorteo, mediante avisos publicitarios adecuados. El aviso a que se refi ere el párrafo anterior deberá contener como mínimo lo siguiente: a) Razón Social y dirección de la Municipalidad Distrital de San Borja. b) Denominación del Benefi cio (Sorteo Pronto Pago). c) Fecha, hora y lugar de realización del sorteo. d) Detalle y Características del premio(s) a sortearse. e) Alcance del sorteo. El sorteo de los premios se realizará en la fecha, lugar y hora que la Municipalidad indique en el aviso que se publicará a través de la Página Web, paneles de locales institucionales y a través de otros medios de difusión. Artículo 7º.- PREMIOS La relación de premios a sortearse será publicada en la Página Web de la Municipalidad y se comunicará a los vecinos a través de volantes difundidos en el distrito, de acuerdo a lo contemplado en el Artículo 4º de la Ordenanza. Para el inicio del Programa, conforme a la Única Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 494- MSB, el Premio es un vehículo automotor nuevo. Artículo 8º.- PROCEDIMIENTO DEL SORTEO 8.1 La Gerencia de Tecnologías de la Información – elaborará un padrón de contribuyentes hábiles para el sorteo, el mismo que será visado por la Gerencia de Rentas a través de la Unidad de Recaudación Tributaria. 8.2 Para la elaboración del padrón, se tendrá en cuenta los siguientes criterios: a) El número de Participantes está en función a quienes hayan cancelado los arbitrios municipales en forma adelantada todo el ejercicio anual. b) Asignación a cada contribuyente de una opción por predio cancelado. c) La opción, se consignará aleatoriamente en orden correlativo a la información brindada por la Gerencia de Rentas ordenada de menor a mayor. d) El número asignado al último contribuyente del padrón, es el que determina la cantidad de bolilleros a emplear en el Sorteo a efectos de conformar el número ganador. e) Inclusión de contribuyentes Pronto Pago al Padrón, ordenada de menor a mayor. f) Al primer contribuyente del padrón se asignará la opción u opciones que le corresponda, a la cual se antepondrá la cantidad de ceros que sean equivalentes al número máximo de dígitos que conforman las opciones total en juego; igual procedimiento se seguirá para los casos que correspondan. 8.3 La Gerencia de Rentas remitirá una carta al domicilio fi scal del Contribuyente Pronto Pago comunicando el número de Opción(s) asignadas, anexando los datos de la convocatoria (fecha, lugar y hora del sorteo). Artículo 9º.- PUBLICIDAD DEL SORTEO El Sorteo se publicará a través de la página Web de la Municipalidad Distrital de San Borja, medio periodístico local y en los locales de la Municipalidad. La Gerencia de Imagen Institucional en coordinación con la Gerencia de Participación Vecinal y la Gerencia de Administración y Finanzas, será la encargada de organizar y difundir el sorteo. Artículo 10º.- DEL SORTEO El sorteo estará a cargo de la Comisión de Sorteo, en la fecha, hora y lugar señalados en el aviso de convocatoria, para lo cual contará desde su inicio con la presencia de un Notario Público, de un representante del Ministerio del Interior y de un representante de la Municipalidad de San Borja. Los funcionarios públicos constatarán las bolillas y los números en cada una de ellas, así como los bolilleros suficientes, procediendo a colocar las bolillas en cada una de los bolilleros. Posteriormente, se procederá a extraer una bolilla de cada bolillero, exhibir el número y colocarla en el espacio de dígitos que corresponda, repitiéndose sucesivamente hasta la bolilla del último bolillero y conformar el número ganador. Seguidamente, el Notario Público de Lima extenderá el Acta correspondiente en la que se detallarán las incidencias del acto y los datos del (los) contribuyente(s) ganador(es) del sorteo, suscribiéndose por los representantes designados. En el caso que el contribuyente del número ganador se encuentre presente en el acto del sorteo, se acercará con la Carta de la Municipalidad en la cual consta el número de Opción, identifi cándose con su Documento Nacional de Identidad, el cual el señor Notario dejará constancia en el acta. Artículo 11º.- NOTIFICACIÓN DEL GANADOR La Gerencia de Rentas procederá a notifi car en el domicilio fi scal registrado en la base de datos de la Municipalidad al ganador para la entrega del premio, con las indicaciones que resulten necesarias para su transferencia. La notifi cación será cursada aún cuando el ganador se haya encontrado presente en el acto del sorteo y conste en el Acta, en razón a que deberá precisarse necesariamente