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El Peruano Viernes 3 de mayo de 2013 494091 de Salud, resulta conveniente adoptar las acciones de personal que resulten pertinentes; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el Médico Cirujano Percy Rudy Montes Rueda, al cargo de Ejecutivo Adjunto II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Dar por concluida la designación del Médico Cirujano Gelberth John Revilla Stamp, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3°.- Designar al Médico Cirujano Gelberth John Revilla Stamp, en el cargo de Ejecutivo Adjunto II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 932507-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Otorgan Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de Oficial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 004-2013-TR Lima, 2 de mayo de 2013 VISTO: Con fecha 17 de abril de 2013, el Consejo de la Orden del Trabajo, integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación del señor Petrus Adrianus Maria Heijster para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el grado de Ofi cial; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 3° y 21° del Reglamento de la “Orden del Trabajo”, aprobado por Decreto Supremo N° 003-74-TR, la Orden del Trabajo tiene cuatro grados y su Condecoración se otorga por la realización de acciones distinguidas o servicios meritorios; Que, asimismo, el artículo 22° del referido Decreto Supremo prescribe que constituyen acciones distinguidas, los actos o servicios prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinterés, austeridad, abnegación y sacrifi cios superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demás personas; y que constituyen servicios meritorios: (i) Todo acto personal que contribuya a enaltecer el prestigio de las Instituciones del Sector Trabajo, tanto en el país como en el extranjero; (ii) Haber contribuido en forma notable al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; (iii) La inspiración, el esfuerzo o la responsabilidad directiva para crear o perfeccionar entidades de alta signifi cación para el progreso del Sector Trabajo; (iv) La producción de trabajo o investigación original relacionada con el Sector Trabajo y cuya aplicación contribuye signifi cativamente al mejoramiento del Sector; y, (v) El desempeño efi ciente en comisión de excepcional importancia o benefi cio de las relaciones de trabajo o de la Seguridad Social; Que, de acuerdo a los términos de la propuesta, el señor Petrus Adrianus Maria Heijster es un empresario de nacionalidad holandesa, destacado en el ámbito regional, no solo por la responsabilidad demostrada en el cumplimiento de las obligaciones que como empleador le corresponde, sino también por la labor social que desempeña en Cajamarca, toda vez que, promueve la empleabilidad del sector de personas con discapacidad (a quienes tiene dentro de su capital humano) y además; a través de la Asociación Civil Holanda, que preside desde el año 2011, busca mejorar la inserción laboral de personas que presentan discapacidad auditiva, a través de alianzas estratégicas con diferentes empresas de la región; Que, destaca el programa educativo que forma parte de las actividades de la asociación que preside, pues a través de ella capacita y fortalece los conocimientos, habilidades y la autoconfi anza de las personas con discapacidad auditiva, para que alcancen un nivel de comunicación que les permita desempeñar sus actividades de manera óptima, y sin mayores difi cultades cuando tengan que afrontar no solo situaciones reales de trabajo, sino también aquellas que formen parte de su vida diaria. El programa educativo también está orientado a los empleadores que fi nalmente incluyen dentro de su personal a este sector de la población, y aquellos que tiene interés en ello; Que, a través de sus diferentes acciones y de la labor constante de coordinación y concientización que desarrolla, que forman parte de sus actividades y objetivos al proponer y motivar la inclusión social de personal con discapacidad en Cajamarca, hacen que cuente con las cualidades que ameritan un reconocimiento especial, que motiven al sector empresarial y a la sociedad en general, para continuar con el desarrollo de buenas prácticas laborales a favor de personas con discapacidad; Que, su connotada labor orientada a promover la buena práctica laboral de inclusión a personas con discapacidad dentro del mercado laboral, ha merecido el reconocimiento de importantes instituciones como el Gobierno Regional de Cajamarca, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 100-2013-GR-CAJ/P; y del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad- CONADIS, a través del premio Soy Capaz; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto Ley N° 20585; el artículo 4º del Reglamento de la “Orden del Trabajo”, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el numeral 4 del artículo 11° de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de “Ofi cial” al señor PETRUS ADRIANUS MARIA HEIJSTER, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República TERESA NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 932502-5 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 005-2013-TR Lima, 2 de mayo de 2013 VISTO: Con fecha 17 de abril de 2013, el Consejo de la Orden del Trabajo, integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación del