Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2013 (03/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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b. MORDAZA del Formato del PU de Autovaluo emitido con una antiguedad no mayor a dos (2) anos. c. Contrato de ejecucion de obra, suscrito entre la ET y el GFE, asi como el cargo de recepcion firmado por el GFE. d. Busqueda Registral de cada uno de los Integrantes de la Jefatura Familiar en la que se pueda apreciar los inmuebles inscritos a su nombre. Asimismo, MORDAZA simple de la MORDAZA Literal de Dominio del Predio donde se ejecutara la obra, el cual debera encontrarse inscrito en los Registros Publicos a nombre de cuando menos uno de los integrantes de la Jefatura Familiar, emitido con una antiguedad no mayor a noventa (90) dias calendario. El predio sobre el cual se pretende ejecutar la obra debe estar libre de cargas, gravamenes y titulos pendientes, salvo aquellas provenientes de adjudicacion de terrenos por parte del Estado, servidumbres de acueducto, electroducto, gaseoducto, de redes electricas, agua desague, pistas, asi como las servidumbres de paso, las que deberan contemplarse en el desarrollo del proyecto. e. Memoria Descriptiva y Presupuesto de Obra, de acuerdo a Formatos publicados por el FMV, Para el caso de CSP, Proyecto de Edificacion, debidamente firmado por el profesional especialista acreditado ante el FMV. La ET es responsable que el proyecto presentado al FMV corresponda al autorizado mediante la licencia de edificacion. f. Licencia de Edificacion emitida por la Municipalidad competente, de acuerdo a la normativa de la materia. g. El Proyecto de Edificacion debera estar conformado por: g.1 Para el caso de CSP: a. Planos de Planta (Distribucion Arquitectonica). b. Planos de Ubicacion. g.2 Para el caso de MV: a. Planos de Planta (Distribucion Arquitectonica), de la edificacion existente, con indicacion de las obras nuevas a ejecutarse. b. Planos de Ubicacion (...)"

El Peruano Viernes 3 de MORDAZA de 2013

"Articulo 37.- Procedimiento de MORDAZA y Vigencia del Registro (...)

Inscripcion,

37.3 Calificado el expediente y en caso que el Proyecto no cumpla con los requisitos exigidos en el presente Reglamento Operativo, se notifica a la ET las razones por las cuales ha sido observado, otorgandosele un plazo MORDAZA de cuarenta y cinco (45) dias calendario para su subsanacion. En caso la ET no presente la subsanacion del expediente, dentro del indicado plazo, se culminara con el tramite administrativo y el FMV devolvera el expediente respectivo. En caso la ET presente las subsanaciones del expediente observado, correspondera al FMV emitir un pronunciamiento dentro del plazo de veinte (20) dias calendario contados desde el reingreso de la documentacion bajo responsabilidad. En caso que el FMV determine que el expediente no fue subsanado, notificara ello a la ET y devolvera el expediente respectivo. 37.4 Una vez aprobada la inscripcion, se asigna un Codigo de Registro de Proyecto que lo identifica, el cual se encontrara vigente hasta que el Grupo Familiar se encuentre en condicion de Elegible. (....)" Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 932530-1

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