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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2013 (03/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Viernes 3 de mayo de 2013 494053 Visto el Memorándum N° 108-2013-PROMPERU/SG de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, PROMPERÚ en convenio con la Asociación de Exportadores – ADEX y conjuntamente con ocho (8) empresas nacionales del sector pesca, ha programado su participación en la Feria International “APAS 2013”, organizada por la Asociación Paulista de Supermercados, a realizarse en la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, del 6 al 9 de mayo de 2013, evento especializado en el sector pesca y acuicultura, que congrega a compradores y representantes de importantes cadenas de supermercados mayoristas, distribuidores y procesadores; Que, resulta de importancia para PROMPERÚ participar en la Feria mencionada en el considerando precedente, por ser el evento especializado en el sector de productos pesqueros y acuícola más importante del Brasil, que reúne a los principales expositores y compradores de la región, lo que permite el desarrollo de negocios internacionales; Que, PROMPERÚ en el marco de dicha feria, realizará ´la “Misión del Sector Pesca”, los días 7, 8 y 9 de mayo de 2013, con el objetivo de identifi car compradores potenciales, para propiciar reuniones entre compradores internacionales y las empresas exportadoras participantes, a fi n de generar negocios que permitan el incremento de nuestras exportaciones del sector pesquero en dicho mercado; Que, en tal razón, a propuesta de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje del señor Carlos Manuel Arca Hoyle, quien presta servicios en dicha entidad, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, para que en representación de PROMPERÚ, participe en dichos eventos, a fi n de realizar acciones de promoción de las exportaciones; Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Carlos Manuel Arca Hoyle, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, del 4 al 10 de mayo de 2013, para que en representación de PROMPERÚ participe en las actividades a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 200,00 x 6 días) : US $ 1 200,00 - Pasajes Aéreos : US $ 1 125,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Carlos Manuel Arca Hoyle, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante los eventos al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERÚ 932511-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aprueban Manual de Operaciones del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 087-2013-MIDIS Lima, 2 de mayo de 2013 VISTOS: El Informe N° 80-2013-MIDIS/VMPES/DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Informe N° 032-2013-MIDIS/SG/OGPP, emitido por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 088-2013-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, de acuerdo con la norma señalada en el considerando precedente, compete al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales en materia de desarrollo e inclusión social; Que, por su parte, de conformidad con el artículo 23 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2013, se creó el Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con la fi nalidad de fi nanciar la elaboración de estudios de pre inversión, ejecución de proyectos de inversión pública, y/o mantenimiento a cargo de las entidades del Gobierno Nacional y/o personas jurídicas privadas, para la ejecución de la infraestructura de agua y saneamiento, electrifi cación, telecomunicaciones y caminos vecinales; Que, en ese contexto, mediante Decreto Supremo N° 004-2012-MIDIS, se aprobó el Reglamento del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE), con la fi nalidad de establecer disposiciones reglamentarias para la administración y funcionamiento del FONIE, señalándose que el mecanismo de administración orientado a asegurar