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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2013 (05/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

El Peruano Domingo 5 de mayo de 2013 494292 Gerencia de Tecnologías de la Información, el Informe N° 296-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 09-2013-GTI-MSS del 17.04.2013, la Gerencia de Tecnologías de la Información, señala que a través de coordinaciones efectuadas con la empresa INSPIRA IT CONSULTING SAC socio de la Corporación IBM (IBM Advanced Business Partner), haber recibido la invitación a participar en el evento de capacitación denominado “IMPACT 2013” a realizarse en la Ciudad de Las Vegas - Nevada - USA, los días 28.04.2013 al 02.05.2013, no generando egresos a la Municipalidad; Que, asimismo agrega la Gerencia de Tecnologías de la Información, que los gastos de viaje (pasajes aéreos y viáticos) serán cubiertos personalmente, y los gastos de inscripción y alojamiento serán cubiertos en su totalidad por la empresa coordinadora del evento, haciendo extensiva la invitación a la Coordinadora del área funcional de Desarrollo de Sistemas señorita Liliana Sumaria Bramón, no generando gastos a la Corporación, debiendo viajar para el citado evento el día 27.04.2013 y retornar el 05.05.2013; Que, mediante Proveído de la Gerencia Municipal se señala que por indicación de la Alta Dirección se designa al Gerente de Tecnologías de la Información señor Alejandro Delgado Ledesma y a la Coordinadora del Área Funcional de Desarrollo de Sistemas Señorita Liliana Sumaria Bramón para que en representación de la Corporación Municipal asistan como participantes a dicho evento, en atención a la invitación cursada por la empresa INSPIRA IT CONSULTING SAC.; Que, con Informe Nº 296-2013-GAJ-MSS del 23.04.2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que; el evento de capacitación es organizado por la Internacional Business Machines (IBM), siendo que la gestión tecnológica de la Municipalidad de Santiago de Surco está conduciendo el proceso de implementación del Software BPM (Busines Process Management) orientado a la integración y sistematización de los procesos estratégicos de la Municipalidad (la herramienta utilizada en el proyecto BPM es un producto IBM), por lo que el evento constituye una oportunidad valiosa para adquirir el conocimiento y la experiencia necesaria que asegure el éxito de dicho proyecto, que es el primero en gobiernos locales en el país; Que, asimismo señala el antes citado Informe, que la Ley N° 27619, Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos en su artículo 2° establece que “la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución”, en este caso el viaje del citado funcionario y Coordinadora a la ciudad de Las Vegas - Nevada - USA se sustenta en lo señalado por la Gerencia de Tecnologías de Información que ha considerado necesaria su participación; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que, considerando que el costo de los viáticos serán asumidos por la entidad organizadora y los propios participantes, no se irrogará gastos a la Municipalidad, por lo que resulta conveniente que se autorice el viaje solicitado el cual deberá ser aprobado de conformidad con el numeral 11 del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades — Ley N° 27972, por el Concejo Municipal; Que, mediante Memorándum N° 400-2013-GM-MSS del 23.04.2013, de la Gerencia Municipal, señala que la citada participación cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica el cual lo encuentra conforme; Estando al Informe Nº 296-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de conformidad con el Artículo 9º numeral 11) de la Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR en vía de regularización el viaje en comisión de servicios del Gerente de Tecnologías de la Información señor ALEJANDRO DELGADO LEDESMA y a la señorita LILIANA SUMARIA BRAMÓN Coordinadora del Área de Desarrollo de Sistemas, a la ciudad de Las Vegas - Nevada - USA, para participar en el evento de capacitación denominado “IMPACT 2013” efectuado por la empresa INSPIRA IT CONSULTING SAC socio de la Corporación IBM (IBM Advanced Business Partner), los días 28.04.2013 al 02.05.2013, debiendo viajar el día 27.04.2013 y regresar al 03.05.2013, debiendo presentar el informe correspondiente. Artículo Segundo.- EL VIAJE del Gerente de Tecnologías de la Información señor Alejandro Delgado Ledesma y la señorita Liliana Sumaria Bramón Coordinadora del Área de Desarrollo de Sistemas, a la ciudad de Las Vegas - Nevada - USA, no irrogará gastos a la Municipalidad de Santiago de Surco. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Tecnologías de la Información y a la Subgerencia de Gestión del Talento Humano, el cumplimiento del presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 932968-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban Ordenanza que regula la gestión y tratamiento de los escombros resultantes de la ejecución de obras civiles en el distrito de Surquillo ORDENANZA Nº 291-MDS Surquillo, 29 de abril de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: Visto; en Sesión Ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 001-2013-CODU-CM-MDS de la Comisión de Desarrollo Urbano; CONSIDERANDO: Que, el nivel de gobierno local goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; Que la Ley, 27972, Ley Orgánica de Gobiernos Locales, en su Art. 73 literal c) asigna como competencia de los Gobiernos Locales “ Promover, apoyar y ejecutar proyectos de inversión y Servicios Municipales..” precisando en el Art. 80 las competencias específi cas en materia de saneamiento, salubridad y salud, siendo una de ellas la limpieza pública y el tratamientos de residuos sólidos . Que la Ley 27314, Ley General de Residuos Sólidos, no defi ne cual será el tratamiento de los residuos generados por la ejecución de obras, sin embargo estos residuos denominados escombros debe ser materia de tratamientos y gestión especial por cuanto afectan al medio ambiente así como al ornato y limpieza de la ciudad. Que, en el Reglamento Nacional de Edifi caciones se defi ne el mecanismo claro para el tratamiento de los escombros, sin embargo, estos deben ser materia de un reglamento y normatividad específi ca en tanto afecten a las condiciones de vida, transitabilidad y ambientales de la ciudad. Que, es necesario establecer normas y procedimientos pertinentes para ordenar y garantizar que los escombros generados en obras de construcción civil no se constituyan en elementos de desorden, atentatorios al medio ambiente, ni al ornato y transitabilidad en la ciudad. Estando a los fundamentos expuestos y a las normas legales citadas, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Urbano en su Informe Nº 045- 2013-GDU/MDS de fecha 08 de abril de 2013; Informe Nº