Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2013 (05/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA 5 de MORDAZA de 2013

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con discapacidad en grado tal que implique dependencia absoluta de sus padres, debiendo esta ser acreditada de manera indubitable; a las personas de la tercera edad y a las personas con discapacidad que se encuentren debidamente registradas en las instituciones conformadas de acuerdo a las leyes nacionales y regionales que versan sobre la materia. Dichas condiciones deberan ser acreditadas por los postulantes". "Articulo Octavo.- Requisitos de los postulantes Los postulantes al Programa Regional de Vivienda deberan cumplir con los requisitos siguientes: 8.1. No ser propietario de ningun inmueble en todo el ambito del territorio nacional. Excepcionalmente en el ambito territorial de la Region Tacna el postulante podra ser propietario de un inmueble MORDAZA o rural, conforme se establezca en el respectivo reglamento. (...)" Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Oficina Ejecutiva de Administracion de Bienes Inmuebles (OEABI) y a la Direccion Regional Sectorial de Vivienda, Construccion y Saneamiento de Tacna, la implementacion de la presente MORDAZA regional. Articulo Tercero.- AMPLIAR por quince (15) dias el plazo para reglamentar la Ordenanza Regional Nº 0012013-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 25 de febrero del 2013, publicada el 10 de marzo del 2013 en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA electronico de la institucion, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicacion sea efectuada por la Gerencia General Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia diecinueve de MORDAZA del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLANCAY Presidenta Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia 25 de MORDAZA de 2013 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna

Comision Especial del Programa Regional de Vivienda "Vivienda MORDAZA para Tacna", solicita la ampliacion del plazo para la reglamentacion de la Ordenanza Regional Nº 0012013-CR/GOB.REG.TACNA. Que, con respecto a la propuesta de modificacion de los articulos MORDAZA, MORDAZA y trigesimo de la Ordenanza Regional Nº 001-2013-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 25 de febrero del 2013, esta carece de justificacion suficiente ya que en dichos articulos contienen disposiciones de caracter general; por lo que, las incorporaciones que se pretenden efectuar pueden realizarse en via de reglamentacion. Que, con respecto a la propuesta de modificacion de los articulos setimo y octavo debe tenerse en cuenta que el Programa Regional de Vivienda tiene como finalidad promover la adquisicion y el acceso formal a la propiedad de lotes de terrenos para vivienda a favor de los sectores mas vulnerables y consecuentemente los mas necesitados; por lo que, dicho Programa Regional debe estar dirigido prioritariamente a las sociedades conyugales o uniones de hecho que cuenten con hijos; asimismo, la finalidad del programa esta dirigido a personas que carecen de una vivienda, no solamente en el ambito territorial de Tacna, sino tambien a nivel nacional; por lo que, corresponde atender el pedido de modificacion de la Ordenanza Regional Nº 0012013-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 25 de febrero del 2013, publicada el 10 de marzo del 2013 en el Diario Oficial "El Peruano". Sin embargo, excepcionalmente teniendo en cuenta la actividad MORDAZA que puedan ejercer algunos postulantes al Programa Regional de Vivienda en la Region Tacna, se podra considerar que estos tengan un inmueble MORDAZA o rural, siempre y cuando carezcan de un inmueble MORDAZA para fines de vivienda. Que, teniendo en cuenta que el reglamento de la Ordenanza Regional Nº 001-2013-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 25 de febrero del 2013 debe considerar las modificaciones que se efectuen en esta, resulta pertinente otorgar un plazo adicional de 15 (quince) dias para concluir la elaboracion y aprobacion de la respectiva reglamentacion. Que, con el Informe Nº 001-2013-CEPRV-VDT/GOB. REG.TAC de fecha 26 de marzo del 2013, el Oficio Nº 001-2013-CEPRV-VDT/GOB.REG.TACNA de fecha 12 de MORDAZA del 2013 ambos emitidos por la Comision Especial del Programa Regional de Vivienda y demas documentacion anexada, se sustenta y recomienda la aprobacion de la propuesta normativa. Que, la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, emite el Dictamen Nº 009-2013-CR-COPPyAT de fecha 12 de MORDAZA del 2013, a traves del cual se aprueba la propuesta normativa: "MODIFICACION DE ARTICULOS DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2013-CR/GOB.REG. TACNA DE FECHA 25 DE FEBRERO DEL 2013", dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Ordinaria de fecha 19 de MORDAZA del 2013. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- MODIFICAR los articulos setimo y octavo numeral 8.1 de la Ordenanza Regional Nº 001-2013CR/GOB.REG.TACNA de fecha 25 de febrero del 2013, publicada el 10 de marzo del 2013 en el Diario Oficial El Peruano, con el texto siguiente: "Articulo Setimo.- Beneficiarios del Programa Los beneficiarios del Programa Regional de Vivienda podran ser las personas naturales, sociedades conyugales o uniones de hecho priorizandose a aquellas con hijos que constituyan carga familiar y cumplan con los requisitos establecidos en la presente ordenanza y el respectivo reglamento. Cuando se trate de sociedades conyugales o uniones de hecho con hijos solo se les podra adjudicar un lote de terreno. En el reglamento de la presente ordenanza regional, deberan establecerse mecanismos que tengan por finalidad otorgar condiciones especiales en cada proyecto, que favorezcan a las madres y padres solteros que tengan bajo su cargo exclusivo, hijos menores de edad o

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Disponen publicar relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de marzo de 2013
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 23-2013-DRSEMT/G.R.TACNA
Fecha, 15 de MORDAZA del 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 179-2006MEM-DM, Nº 550-2006-MEM-DM y Nº 121-2008-MEM/DM publicadas el 06 de MORDAZA del 2006, el 18 de noviembre del 2006 y el 10 de marzo del ano 2008 en el Diario Oficial El Peruano respectivamente, se declaro que el Gobierno Regional de Tacna, concluyo el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, siendo competente a partir de esas fechas para el ejercicio de la misma.

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