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El Peruano Domingo 5 de mayo de 2013 494282 puede apreciar que este consta de cinco (05) Títulos (Disposiciones Generales; De los Agentes Participantes; Del Equipo Técnico; Proceso del Presupuesto Participativo; y, Disposiciones Complementarias y Finales), diecisiete (17) artículos y dos (02) disposiciones Complementarias y Finales. Que, con el Ofi cio Nº 357-2013-SGPLAT/GOB. REG.TAC de fecha 15 de febrero del 2013 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el Informe Nº 225-2013- ORAJ/GOB.REG.TAC de fecha 21 de febrero del 2013 y el Informe Nº 357-2013-ORAJ/GOB.REG.TAC de fecha 18 de marzo del 2013 estos dos últimos emitidos por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, emite el Dictamen Nº 008-2013-CR-2013-COPPyAT de fecha 03 de abril del 2013, a través del cual se aprueba por unanimidad la propuesta normativa: “APROBACION DEL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA – AÑO FISCAL 2014”, dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 19 de abril del 2013. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA – AÑO FISCAL 2014, norma Regional que consta de cinco (05) Títulos, diecisiete (17) artículos y dos (02) Disposiciones Complementarias y Finales de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia General Regional y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna implementen la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo, los anexos se publicarán en el portal electrónico de la institución, www.regiontacna.gob.pe, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por la Gerencia General Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día diecinueve de abril del año dos mil trece. JULIA TERESA BENAVIDES LLANCAY Presidenta Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 25 de abril de 2013 TITO GUILLERMO CHOCANO OLIVERA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 933040-1 Modifican artículos de la Ordenanza Regional Nº 001-2013-CR/GOB.REG. TACNA, que declaró como Política Pública Regional de Vivienda del Gobierno Regional, el Programa Regional de Vivienda denominado “Vivienda Digna para Tacna” ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2013-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha diecinueve de abril del dos mil trece, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; asimismo, el artículo 192 establece: “Los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: (…) 4. Dictar la normas inherentes a la gestión regional”. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en sus artículos 13 y 15 prescriben: “El Consejo Regional. Es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional”, teniendo como atribuciones: “a. Aprobar, modifi car, o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; mientras que el artículo 38 señala: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2011-CR/GOB. REG.TACNA, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 19 de noviembre del 2011, en su artículo 10 señala: “Son atribuciones del Consejo Regional de Tacna, las señaladas en el artículo 15 de la Ley Nº 27867 y las que acuerde el pleno para: 10.1 Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 001-2013- CR/GOB.REG.TACNA de fecha 25 de febrero del 2013, publicada el 10 de marzo del 2013 en el Diario Ofi cial “El Peruano” se aprobó: “DECLARAR como Política Pública Regional de Vivienda del Gobierno Regional de Tacna, en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales, el Programa Regional de Vivienda denominado: “VIVIENDA DIGNA PARA TACNA” con el fi n de promover la adquisición y el acceso formal a la propiedad de lotes de terrenos para vivienda en favor prioritariamente de los sectores más vulnerables de la población que no tienen acceso a una vivienda digna”, Ordenanza Regional que consta de treinta y tres (33) artículos. Que, con Ofi cio Nº 151-2013-P.R/GOB.REG.TACNA de fecha 04 de abril del 2013 el Presidente Regional del Gobierno Regional de Tacna remite la propuesta de modifi cación de los artículos cuarto, sexto, sétimo, octavo y trigésimo de la Ordenanza Regional Nº 001-2013-CR/GOB. REG.TACNA de fecha 25 de febrero del 2013, publicada el 10 de marzo del 2013 en el Diario Ofi cial “El Peruano”, anexando para dicho efecto el Informe Nº 001-2013- CEPRV-VDT/GOB.REG.TACNA de fecha 26 de marzo del 2013 emitido por la Comisión Especial del Programa Regional de Vivienda denominado “Vivienda Digna para Tacna” constituida en mérito a la antes referida Ordenanza Regional. Asimismo, con Ofi cio Nº 001-2013-CEPRV- VDT/GOB.REG.TACNA de fecha 12 de abril del 2013 la