Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2013 (05/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1352007-PR/G.R.TACNA de fecha 23 de MORDAZA del 2007, el Gobierno Regional de Tacna dispone delegar a la Direccion Regional Sectorial de Energia y Minas de Tacna las funciones senaladas en la Resolucion Ministerial Nº 1792006-MEM-DM y Resolucion Ministerial Nº 550-2006-MEMDM. Que, por Ordenanza Regional Nº 022-2009-CR/GOB. REG.TACNA de fecha 21 de agosto del 2009, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna aprueba los Documentos de Gestion de esta Direccion Regional Sectorial de Energia y Minas de Tacna, dentro de los cuales se encuentra su Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF). Que, el Gobierno Regional de Tacna a traves de esta Direccion Regional Sectorial de Energia y Minas, ha iniciado el otorgamiento de titulos de concesion minera para Pequena Mineria y Mineria Artesanal de alcance regional, conforme lo indicado en el parrafo anterior. Que, de conformidad con la atribucion establecida en el inciso f) del articulo 59º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867, y con lo dispuesto en el Articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por D.S. 014-92-EM; y, el Articulo 24º del D.S. 018-92-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de marzo del 2013 por esta Direccion Regional Sectorial de Energia y Minas de Tacna, de acuerdo a la relacion adjunta que es parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124º del D.S. 014-92-EM; y, 24º del D.S. 018-92-EM; siendo las referidas las siguientes: RELACION DE LAS 03 CONCESIONES OTORGADAS EN EL MES DE MARZO DEL 2013 AL MORDAZA DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 708 NOMENCLATURA A) NOMBRE DE LA CONCESION; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION DIRECTORAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS 1.-A) QUE MORDAZA MORDAZA B) 73-00029-12 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROBLEDO D) RD Nº 20-2013DRSEMT/G.R.TACNA 20/03/2013 E) 19 F) V1: N8 026 E347 V2: N8 028 E347 V3: N8 028 E349 V4: N8 027 E349 V5: N8 027 E348 V6: N8 026 E348 2.-A) MORDAZA COARITA B) 73-00001-13 C) MORDAZA COARITA COARITA D) RD Nº 21-2013-DRSEMT/G.R.TACNA 27/03/2013 E) 19 F) V1: N8 029 E277 V2: N8 028 E277 V3: N8 028 E276 V4: N8 029 E276 3.- A) BYN ROSSY 5 B) 73-00003-12 C) SAN MORDAZA EQUIPOS Y AGREGADOS E.I.R.L. D) RD Nº 22-2013-DRSEMT/G.R.TACNA 27/03/2013 E) 19 F) V1: N8 029 E276 V2: N8 027 E276 V3: N8 027 E274 V4: N8 028 E274 V5: N8 028 E275 V6: N8 029 E275. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional Sectorial Direccion Regional Sectorial de Energia y Minas de Tacna

El Peruano MORDAZA 5 de MORDAZA de 2013

la Constitucion Politica del Peru de 1993 modificados por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre descentralizacion, Ley de Bases de Descentralizacion, Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº27867, y sus modificatorias, en sesion Extraordinaria de fecha 01 de Febrero del 2013; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Inciso 1 del Articulo 192º de la Carta Magna dispone que es competencia de los gobiernos regionales aprobar su organizacion interna y presupuesto; Que, la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, precisa en su Articulo 8º que la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia. Asi, se sustenta en afianzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones; Que, asimismo el Articulo 9º de la Ley Nº 27783 senala que la dimension administrativa de la autonomia consiste en la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios publicos de su responsabilidad; Que, el Articulo 9º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y presupuesto; Que, en razon de lo establecido por la Constitucion y la normativa citada, los gobiernos regionales cuentan con las facultades suficientes para determinar su organizacion interna de manera que alcancen entre otros siguientes objetivos a nivel administrativo como: i). La modernizacion y eficiencia de los procesos y sistemas de administracion que aseguren la adecuada provision de los servicios publicos; ii). Simplificacion de tramites en las dependencias publicas nacionales, regionales y locales; iii). Asignacion de competencias que evite la innecesaria duplicidad de funciones y recursos, y la elusion de responsabilidades en la prestacion de los servicios; todos ellos reconocidos en el articulo 6º de la citada Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, el Articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece que los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Articulo 5º de la Ley Nº 27867 precisa que es mision del Gobierno Regional organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region; Que, mediante Ordenanzas Regionales 021-2010GRU/CR de fecha 23 de noviembre del 2010 se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Ucayali; Que, el Gobierno Regional de Ucayali, como parte del Consejo Interregional Amazonico (CIAM), ha suscrito el 27 de octubre del 2011 la "Declaracion de Grey Towers" en la MORDAZA de Milford, Pennsylvania, USA, por la cual cinco departamentos amazonicos han estimado pertinente conformar autoridades regionales para la gestion integrada y con enfoque territorial de los recursos naturales y el ambiente dotadas del mayor nivel de autonomia y de capacidades tecnicas y operativas necesarias, para servir mejor al ciudadano y asegurar la adecuada gestion de los recursos y ecosistemas; Que, a fin de brindar adecuados servicios publicos en materia de conservacion de recursos naturales y de gestion del medio ambiente resulta necesario reestructurar la organizacion interna del Gobierno Regional de Ucayali bajo un enfoque territorial y eco sistemico que permita definir politicas publicas materia de ambiente, ordenamiento territorial y recursos naturales renovables articuladas y sinergicas; Que de conformidad con el MORDAZA parrafo del articulo 10º del Reglamento de la ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, los Gobiernos Regionales son las Autoridades Ambientales Regionales y, sus funciones y atribuciones son las asignadas por la Constitucion y su Ley Organica, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion,

933038-1

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Crean la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali
ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2013-GRU-CR
POR CUANTO: El Consejo Regional de la Region Ucayali, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de

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