Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2013 (05/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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SBS del 14 al 18 de MORDAZA de 2013, a la MORDAZA de Panama, Republica de Panama, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Las citadas funcionarias, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion, segun se indica, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos US$ US$ 2,404.06 1,600.00

El Peruano MORDAZA 5 de MORDAZA de 2013

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de las funcionarias cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Que, mediante la Ley Nº 29976 del 10 de diciembre del 2012, se crea la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion, con el objeto de articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer politicas de corto, mediano y largo plazo dirigidas a prevenir y combatir la corrupcion en el pais; disponiendo a los Gobiernos Regionales y Locales la implementacion de Comisiones Regionales y Locales Anticorrupcion, cuya conformacion se MORDAZA en el MORDAZA de dicha Ley, en lo que fuera aplicable; y para el caso de Gobiernos Regionales que hayan creado Comisiones Regionales Anticorrupcion, adecuarlas a dicha Ley; Que, en ese sentido, existiendo el Sistema Regional de Lucha contra la Corrupcion, el cual se organiza a traves de una Comision Regional de Lucha contra la Corrupcion, una Secretaria Tecnica de Lucha contra la Corrupcion y Unidades Anticorrupcion de las Instituciones del Estado de la Region MORDAZA o la que haga sus veces, y con la finalidad de coordinar de manera articulada y uniforme las acciones y politicas conforme al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion, corresponde su adecuacion a la Ley Nº 29976, conforme a lo ordenado en su unica disposicion complementaria transitoria; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Extraordinaria Nº 09-2013, de fecha 03 de MORDAZA de 2013, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional:

932964-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican Ordenanza Regional Nº 202-2011/GRP-CR, que crea el Sistema Regional de Lucha contra la Corrupcion
ORDENANZA REGIONAL Nº 263-2013/GRP-CR
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demas normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, en el literal a) del articulo 15º establece que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo el articulo 38º establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 202-2011/ GRP-CR del 10 de marzo de 2011, se creo el Sistema Regional de Lucha Contra la Corrupcion, como un organo de coordinacion interinstitucional, cuya finalidad era articular las acciones de las instituciones del Estado en la Region MORDAZA, para la priorizacion de la etica en el desempeno de la funcion publica y la prevencion y lucha contra la corrupcion; creando a su vez a la Comision Regional de Lucha contra la Corrupcion, estableciendo su composicion y atribuciones.

ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL Nº 202-2011/GRP-CR Y ADECUA EL SISTEMA REGIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCION A LO PREVISTO EN LA LEY Nº 29976, QUE CREA LA COMISION DE ALTO NIVEL ANTICORRUPCION Y LAS COMISIONES REGIONALES ANTICORRUPCION
Articulo Primero.- Modificar los articulos 2º, 3º, 4º, 6º, 7º y 8º de la Ordenanza Regional Nº 202-2011/GRP-CR, conforme al texto siguiente: "Articulo Segundo.- Organizacion y conformacion del SRLCC El sistema regional de lucha contra la corrupcion (SRLCC) se organiza de la siguiente manera: 2.1 Comision Regional Anticorrupcion (CRA), es la MORDAZA instancia deliberativa, normativa y de coordinacion de acciones del Sistema Regional, cuyo objeto es articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer politicas de corto, mediano y largo plazo, destinadas a prevenir y combatir la corrupcion en la region Piura. Esta integrado por: · El Presidente del Gobierno Regional Piura. · El Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura. · El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura. · El Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Piura. · Los Alcaldes Provinciales de la jurisdiccion de la Region Piura. · El Gobernador Regional de Piura. · El Presidente del Consejo Regional de Decanos de Colegios Profesionales de MORDAZA (CONREDE) · El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana · El Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Sullana · El representante del Consejo de Coordinacion Regional - CCR · El representante de la Camara de Comercio y Produccion de Piura. · El Secretario Tecnico Anticorrupcion. La presidencia de la Comision es elegida de entre sus miembros y tiene caracter rotativo cada dos anos y solo puede recaer en representantes de entidades publicas. La Comision Regional Anticorrupcion, tendra un Comite Ejecutivo, el cual se encargara de la implementacion de las politicas que la Comision senale. Estara presidido por el Consejero Delegado e integrado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, El Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA,

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