TEXTO PAGINA: 35
El Peruano Domingo 5 de mayo de 2013 494289 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad ORDENANZA N° 1698 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de abril del 2013, el Dictamen N° 105-2013-MML-CMAEO de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Artículo 1.- Aprobación de la Estructura Orgánica del Servicio de Administración Tributaria Apruébese la Estructura Orgánica del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que en Anexo 1 forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2.- Aprobación del ROF del Servicio de Administración Tributaria Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que consta de siete (7) Títulos y noventa y dos (92) artículos que, en Anexo 2 forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 3.- Publicación del ROF del Servicio de Administración Tributaria La presente Ordenanza será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo, el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por el artículo 1 de la precedente Ordenanza, deberá ser publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www. munlima.gob.pe) y en el Portal Institucional del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.pe). DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Implementación del ROF Facúltese al Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima para que, mediante Resolución Jefatural, emita las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada implementación de su Reglamento de Organización y Funciones. Segunda.- Efectos presupuestales La aplicación del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima se sujeta a su presupuesto institucional. Tercera.- Vigencia El Reglamento de Organización y Funciones del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima entrará en vigencia a los treinta días calendarios de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Cuarta.- Cuadro para Asignación de Personal El Titular del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobará el Cuadro para Asignación del Personal (CAP), en un plazo no mayor de tres meses contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma, conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM. De ser necesario, el CAP aprobado contendrá un cuadro de equivalencias con respecto al CAP anterior. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Deróguense los artículos 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 30 del Edicto Nº 227; así como los artículos 1, 3, 13, 14 y 15 de la Ordenanza Nº 936 y el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 937. Asimismo, deróguense todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente disposición. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 30 ABR. 2013 SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 932955-1 Rectifican Plano de Zonificación del distrito de Santiago de Surco aprobado por Ordenanza Nº 912-MML ORDENANZA N° 1699 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria del Concejo de fecha 30 de abril del 2013, el Dictamen N° 57-2013-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO APROBADO POR ORDENANZA N° 912-MML Artículo Primero.- Rectifi car el Plano de Zonifi cación del distrito de Santiago de Surco, aprobado mediante Ordenanza N° 912-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 03 de marzo del 2006, a Residencial de Densidad Baja – RDB a toda el área califi cada como Zona de Recreación Pública – ZRP, que comprende el Lote N° 10 de la Manzana A de la Urbanización Los Olivos y otros Lotes de la Urb. Nueva Granada, conforme con el gráfi co que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del distrito de Santiago de Surco, la rectifi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 30 ABR. 2013. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 932954-1