Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2013 (17/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano Viernes 17 de MORDAZA de 2013

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de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, la administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias: derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos par ley. Que, mediante Ordenanza Nº 253-2012- MDA, se aprueba el Reglamento de Aplicacion de Sanciones y Cuadro de Infracciones y Sanciones (RASCIS), describiendose en su articulo 22º Sancion de Multa y Medidas Complementarias que "al detectarse la infraccion por comision u omision de normas municipales o de leyes y/o normas con fuerza de ley, el Organo Fiscalizador impondra la sancion de multa, la misma que por la naturaleza de la conducta infractora podra ir acompanada de una medida complementaria"; Que, es necesario establecer los supuestos en donde no cabe la Notificacion Preventiva por la gravedad que supone la infraccion, correspondiendo la aplicacion de la Resolucion de Sancion, y la aprobacion del respectivo formato. Que, dentro de este contexto, y a efectos de hacer cumplir el MORDAZA de Autoridad Municipal, resulta necesario dictar una MORDAZA que incorpore articulos a la Ordenanza 253-MDA, para regular dichos supuestos; De conformidad con lo establecido en los articulos 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y en uso de sus facultades conferidas en el numeral 8) del articulo 9º de la precitada MORDAZA y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica mediante informe Nº 093-2013-OAJ de fecha 25 de febrero de 2013 ,: el Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE INCORPORA ARTICULOS A LA ORDENANZA Nº 253-2012-MDA, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACION DE SANCIONES Y CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (RASCIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCON Articulo 1º.- Incorporar el articulo 40º a la Ordenanza Nº 253-2012-MDA, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 40º, SUPUESTOS EN LOS CUALES NO CABE NOTIFICACION PREVENTIVA.El Organo de Fiscalizacion a traves de la Policia Municipal por la gravedad que supone la infraccion procedera a aplicar sin previa notificacion preventiva, la correspondiente Resolucion de Sancion en los siguientes supuestos o cuando afecte: - La seguridad publica, la salud y salubridad, la seguridad vial, la tranquilidad publica, el medio ambiente, la moral y el orden publico. - Las normas sobre urbanismo y zonificacion o sobre seguridad del sistema de defensa civil. - En el supuesto caso de continuidad de infracciones. - Cuando asi lo determine las normas legales correspondientes. Las sanciones previstas en los supuestos anteriores se imponen, sin perjuicio que el presunto infractor o sancionado, dentro del termino de ley, interponga los recursos impugnatorios correspondientes. Articulo 2º.- Incorporar el articulo 41º a la Ordenanza Nº 253-2012-MDA, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 41º, Apruebese el anexo G que contiene el formato de Resolucion de Sancion". DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Rentas para que a traves de la Sub Gerencia de Administracion Tributaria, Recaudacion y Fiscalizacion y la Oficina de la

que mantengan los parientes hasta el MORDAZA grado de afinidad o consanguinidad siempre y cuando que el inmueble respecto el cual se originaron los tributos sea dedicado a MORDAZA habitacion del trabajador o pensionista. EXPOSICION DE MOTIVOS: El Articulo propuesto pretende extender los alcances de la ordenanza a las deudas tributarias a cargo de parientes hasta el MORDAZA grado de afinidad y consanguinidad, tales como los abuelos, suegros, hermanos, siempre que el inmueble respecto del cual se originaron los tributos sea dedicado a MORDAZA habitacion de los trabajadores, pensionistas y/o ex - regidores. Articulo Tercero.- La Compensacion debera ser solicitado y aprobado mediante Resolucion de Gerencia Municipal. EXPOSICION DE MOTIVOS: La compensacion solo procedera a pedido de parte y la aprobacion estara a cargo de la Gerencia de Administracion y la Gerencia de rentas, MORDAZA dependientes de la primera. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNUI MORDAZA 938402-1

Incorporan articulos a la Ordenanza Nº 253-2012-MDA, que aprueba el Reglamento de Aplicacion de Sanciones y Cuadro de Infracciones y Sanciones (RASCIS) de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 265-2013- MDA Ancon, 15 de marzo de 2013 El Concejo de la Municipalidad Distrital de Ancon VISTOS: En la Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 15 de febrero de 2012, el Informe Nº 027 -2013-GR/MDA de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 093-2013-OAJ/ MDA de la Gerencia de Asesoria Juridica sobre proyecto de Ordenanza que incorpora articulos a la Ordenanza Nº 253-2012/MDA., que regula que aprueba el Reglamento de Aplicacion de Sanciones y Cuadro de Infracciones y Sanciones (RASCIS) de la Municipalidad Distrital de Ancon. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado y el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las municipalidades distritales son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en virtud de la cual el Concejo Municipal ejerce funcion normativa en los asuntos de su competencia: Que el articulo IV del Titulo Preliminar de la citada Ley Organica senala que los gobiernos locales representan al vecindario promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el articulo 195º de la Constitucion Politica del Estado, senala que los gobiernos locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios licencias y derechos municipales, conforme a Ley, asi coma planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, prescribe que "Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales en la materia de su competencia son las normas

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