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El Peruano Viernes 17 de mayo de 2013 494998 CONSIDERANDO: Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Perú de 1993 y la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley Nº 27680, establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, red vial, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley; Que, el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece como atribuciones del Consejo Regional, entre otras, en el literal a) “Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; asimismo, el inciso K) del artículo 21º establece que el Presidente Regional tiene la atribución de celebrar y suscribir en representación del Gobierno Regional, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecución o concesión de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás acciones de desarrollo conforme a la Ley de la materia y solo respecto de aquellos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional; Que, el artículo 12º de la Ley Nº 29951 – Ley del Presupuesto del Sector Público para el fi scal 2013, en el numeral 12.1, inciso c) autoriza, entre los niveles de gobierno subnacional en el presente año fi scal, a realizar de manera excepcional transferencias fi nancieras entre entidades, para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública; precisándose en el numeral 12.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de los Gobiernos Regionales, se realizan mediante acuerdo de Consejo Regional, requiriéndose el informe previo favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que tal acuerdo, debe ser publicado en el diario ofi cial El Peruano; Que, con Carta Nº 046-2013/MDP-A del 10 de marzo de 2013, la Municipalidad Distrital de Pacaipampa solicita la fi rma de Convenio de Transferencia de Partida por la suma de S/. 1´833,583.00 nuevos soles (Un Millón ochocientos treinta y tres mil y 00/100 Nuevos Soles) como cofi nanciamiento para ejecución del PIP “Ampliación, Remodelación y Equipamiento del E.S I-4 Pacaipampa, Micro Red Chalaco Red Salud Morropón – Pacaipampa, Región Piura”; Que, mediante Memorando Nº 527-2013/GRP- 410000 del 27 de febrero de 2013, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sobre disponibilidad presupuestal para atender la transferencia de partida para el PIP antes mencionado por el monto de S/. 1´833,583 nuevos soles; y, con Informe Nº 780-2013/GRP-460000 del 23 de abril de 2013, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica señala que el Convenio cumple con establecer las pautas y mecanismos que permitan la transferencia fi nanciera y posterior ejecución del PIP: Que, con fecha 22 de abril de 2013, el Presidente del Gobierno Regional Piura y la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Pacaipampa, suscriben el Convenio de Transferencia de Partida para cofi nanciamiento para ejecución del Proyecto de Inversión Pública “Ampliación, Remodelación y Equipamiento de l E.S I – 4 Pacaipampa, Micro Red Chalaco, Red de Salud Morropón – Pacaipampa, Región Piura”; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 11 - 2013, celebrada el día 10 de mayo del 2013, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar el CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE PARTIDA PARA COFINANCIAMIENTO ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL PIURA Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACAIPAMPA PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA DENOMINADO “AMPLIACIÓN, REMODELACIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL E.S I-4 PACAIPAMPA, MICRORED CHALACO, RED DE SALUD MORROPÓN – PACAIPAMPA, REGIÓN PIURA”, que consta de once cláusulas, y tiene por objetivo establecer las pautas, mecanismos y bases, de carácter legal, técnico, coordinación, fi nanciamiento y operatividad mediante el cual el Gobierno Regional transfi ere a la Municipalidad los recursos fi nancieros ascendentes a la suma S/. 1´833,583.00 nuevos soles (Un Millón ochocientos treinta y tres mil y 00/100 Nuevos Soles) para la ejecución del proyecto mencionado, con código SNIP 80398. Artículo Segundo.- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego Gobierno Regional Piura – Sede Central a favor de la Municipalidad Distrital de Pacaipampa por el monto de S/. 1´833,583.00 nuevos soles (Un Millón ochocientos treinta y tres mil y 00/100 Nuevos Soles) para ser utilizados en forma exclusiva para los fi nes que señala el Convenio mencionado en el artículo primero, de acuerdo a los lineamientos señalados en el numeral 12.3 del artículo 12º de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2013. Articulo Tercero.- Encargar a Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Infraestructura, realicen el seguimiento correspondiente a los recursos transferidos y presenten informes periódicos al Consejo Regional sobre el avance físico y fi nanciero del proyecto materia del Convenio; y a la Secretaría Técnica del Sistema Regional de Lucha contra la Corrupción, designar veedores ciudadanos que velen por el buen uso de los recursos transferidos. Articulo Cuarto.- Disponer la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano. Articulo Quinto.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. TOMÁS FIESTAS ECHE Consejero Delegado Consejo Regional 937559-1 GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES Reconocen y conforman Grupo Técnico Multisectorial a que hace referencia el Acuerdo de Consejo Regional Nº 015- 2013/GOB.REG.TUMBES-CR-CD ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2013-GOB.REG.TUMBES-CR EL CONSEJO REGIONAL TUMBES POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Consejo Regional Nº 06-2013, realizada el 26 de febrero del 2013, aprobó mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 015-2013/ GOB.REG.TUMBES-CR-CD, el Dictamen de la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, sobre reconocimiento con Ordenanza Regional al Grupo Técnico Multisectorial que tendrá por función hacer el seguimiento, monitoreo y propuestas técnicas referido a buscar solución a la problemática de vertimientos de agua residuales en el Río Tumbes CONSIDERANDO: Que, con Informe Técnico Nº 009-2012-ANA-PMGRH- CP TUMBES-MRSP, de fecha 14 de setiembre del 2012, la especialista en calidad del agua emite el Informe Diagnóstico sobre los resultados obtenidos de los tres