Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2013 (17/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

El Peruano Viernes 17 de mayo de 2013 495000 el portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima. (www.munlima.gob.pe) Artículo Segundo.- El Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima efectuará las modifi caciones necesarias del Plano del Sistema Vial Metropolitano y de las Secciones Viales Normativas, de acuerdo a la modifi cación aprobada en el artículo precedente. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla, En Lima, 08 de mayo de 2013. SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa 937888-1 Aprueban Manual de Operaciones del “Programa de Defensa Municipal de Víctimas y Accidentes de Tránsito” RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 117 Lima, 9 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso 8) del artículo 195 de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales son competentes para desarrollar y regular actividades y/o servicios de transporte colectivo y tránsito; Que, asimismo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, a su vez, el artículo 20º de la mencionada Ley Nº 27972, establece que es atribución del alcalde defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos; Que, conforme al artículo 87º de la mencionada Ley Nº 27972, las Municipalidades provinciales y distritales, para cumplir su fi n de atender las necesidades de los vecinos, podrán ejercer otras funciones y competencias no establecidas específi camente en la presente ley, y en tanto dichas funciones y competencias no estén reservadas expresamente a otros organismos públicos de nivel regional o nacional; Que, mediante Ordenanza Nº 1580 se creó el Programa de Defensa Municipal de Víctimas de Accidentes de Tránsito con el fi n de proteger el derecho de los vecinos de la ciudad Metropolitana de Lima, frente a la comisión de delitos contra la vida, el cuerpo y la salud como consecuencia de accidentes de tránsito; Que, conforme a lo previsto en los artículos 4° y 36° de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, los Proyectos y Programas requieren para su implementación contar con un Manual de Operaciones en el que se consigne la descripción y organización del programa o proyecto, así como sus procesos principales de gestión y seguimiento, según corresponda; De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, La Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, y la Ordenanza N° 1580; SE RESUELVE: Artículo Primero: APROBAR el Manual de Operaciones del “Programa de Defensa Municipal de Víctimas y Accidentes de Tránsito”, el cual consta de un (1) Título Preliminar de cuatro (4) artículos; tres (3) títulos; seis (6) capítulos; veinte (20) artículos; tres (3) disposiciones complementarias fi nales; y, cuatro (4) anexos, cuyo texto forma parte de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia de Planifi cación la aprobación de los documentos necesarios para el desarrollo del proceso del Monitoreo y Evaluación del “Programa de Defensa Municipal de Víctimas y Accidentes de Tránsito, así como los procedimientos necesarios para la culminación del Proyecto Especial. Artículo Tercero: DISPONER la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima - MML. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa 937874-1 Autorizan implementación de paraderos de transporte regular en los distritos de San Juan de Lurigancho y Santiago de Surco RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 3512-2013-MML/GTU-SRT Lima, 16 de abril de 2013 VISTOS: El Documento Simple N° 199262-2012 de fecha 17 de octubre de 2012, presentado por los representantes de la Asociación de Propietarios de la Urbanización Zarate, a través del cual solicitan la Implementación de Paraderos de Transporte Público en la Av. Gran Chimú en el distrito de San Juan de Lurigancho, y el Informe N° 172-2013- MML/GTU-SETT de fecha 27 de febrero de 2013 emitido por la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al acápite 7.1 del inciso 7 del artículo 161º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de Lima goza de un régimen especial, de conformidad al Artículo 198º de la Constitución, teniendo en materia de transportes y comunicaciones funciones especiales, entre las que se encuentra “7.1) Planifi car, regular y gestionar el transporte público”; Que, la Ordenanza N° 341-MML, en su artículo 7° establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la ejecución, mantenimiento, remodelación, señalización horizontal y vertical, semaforización, ornato, publicidad y mobiliario urbano de las vías expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vías del Cercado de Lima; Que, el artículo 100° de la Ordenanza N° 812-MML - Reglamento de Organizaciones y Funciones, establece que: “La Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte es el órgano responsable de la formulación de estudios, proyectos, programas y planes estratégicos en materia de transporte, tránsito y viabilidad en la provincia de Lima; Que, el inciso 4 del artículo 103° de la Ordenanza N° 812-MML, establece que: ”Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Regulación de Transporte las siguientes: 4) Otorgar licencias, autorizaciones o permisos para el servicio de transporte público regular y no regular, pesado y de carga, dentro del ámbito de la provincia de Lima”; Que, el numeral 41 del artículo 5° de la Ordenanza Nº 1599-MML defi ne al Paradero de Transporte Regular como “el punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o señalización, localizado en las vías que forman parte del recorrido autorizado de una ruta y que es utilizado para el embarque y desembarque de personas”; Que, mediante el Documento Simple N° 199262- 2012 de fecha 17 de octubre de 2012, los representantes de la Asociación de Propietarios de la Urbanización Zarate solicitan la reorganización de tránsito vehicular y paraderos de transporte público en la Av. Gran Chimú, debido a la gran congestión vehicular que hace imposible un transporte fl uido y rápido;