Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2013 (25/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Sabado 25 de MORDAZA de 2013

495475
Concejo Distrital de Orcotuna, provincia de MORDAZA, departamento de Junin. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 941629-1

descargos acordaron su cese (fojas 24 a 27 Vta.). En suma, se advierte que los regidores cuestionados, previa a la decision adoptada de cese del gerente municipal, observaron que el referido funcionario ejerza su derecho de defensa, ademas de que la decision fue emitida luego de un conjunto de actos que en los hechos, materialmente, pueden aceptarse como el cumplimiento de las exigencias minimas para el ejercicio de la facultad de cese del gerente municipal que les otorga el articulo 27 de la LOM. 16. En resumidas cuentas, es MORDAZA que la decision adoptada en la impugnada contiene un error en el razonamiento seguido, pues, no existio una valoracion adecuada de las peculiaridades que distinguen el presente caso con aquellas que sustentaron la expedicion de la Resolucion Nº 612-2012-JNE. Lo anterior supone una vulneracion del debido MORDAZA entendida esta como el derecho a la debida motivacion de las resoluciones. 17. En consecuencia, este Supremo Tribunal Electoral considera que corresponde declarar la nulidad de la Resolucion Nº 1098-2012-JNE, expedida en el presente procedimiento, y dando nueva opinion sobre el caso, declarar infundado el pedido de vacancia contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Olihua MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Maritza MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como integrantes del Concejo Distrital de Orcotuna; a quienes se les restituira las correspondientes credenciales. CONCLUSION Por las consideraciones expuestas, este organo colegiado concluye que se ha vulnerado el derecho a la debida motivacion de las resoluciones, y por ende, se debe estimar el presente recurso extraordinario y declarar nula la Resolucion Nº 1098-2012-JNE, de fecha 5 de diciembre de 2012, que declaro fundado el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Lady MORDAZA Cangahuala de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gutierrez. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso extraordinario interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Olihua MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Maritza MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y NULA la Resolucion Nº 1098-2012JNE. Articulo Segundo.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Lady MORDAZA Cangahuala de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo Nº 006-2012-CMDO, del 4 de setiembre de 2012, que declaro improcedente la solicitud de vacancia contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Olihua MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Maritza MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, integrantes del Concejo Distrital de Orcotuna, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a MORDAZA Macha Tacza, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Diabeth MORDAZA MORDAZA, Evelin MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como alcaldesa y regidores, respectivamente, del Concejo Distrital de Orcotuna, a proposito de la Resolucion Nº 1098-2012JNE. Articulo Cuarto.- RESTAURAR la vigencia de las credenciales expedidas a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Olihua MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Maritza MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como MORDAZA y regidores, respectivamente, del

Inscriben al Instituto de Investigaciones Economicas y Sociales de la Facultad de Ingenieria Economica y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Ingenieria, en el Registro Electoral de Encuestadoras
RESOLUCION Nº 334-2013-JNE Expediente Nº J-2013-0248 MORDAZA, veinticinco de MORDAZA de dos mil trece. VISTA la solicitud de inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras del Instituto de Investigaciones Economicas y Sociales de la Facultad de Ingenieria Economia y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Ingenieria. ANTECEDENTES Con fecha 25 de febrero de 2013, MORDAZA MORDAZA Valdivieso MORDAZA, en calidad de decano (a.i.) de la Facultad de Ingenieria Economia y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Ingenieria presento solicitud de inscripcion del Instituto de Investigaciones Economicas y Sociales en el Registro Electoral de Encuestadoras. Asimismo, mediante escrito de fecha 25 de marzo de 2013, se cumplio con acreditar al profesional licenciado en la MORDAZA de economia como responsable de llevar a cabo las encuestas sobre intencion de voto. CONSIDERANDOS 1. De acuerdo con los numerales 1 y 3 del articulo 178 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 5.g de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, este organo constitucional tiene la funcion de fiscalizar la legalidad del MORDAZA electoral y velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral. Asimismo, de conformidad con el articulo 18 de la Ley Nº 27369, Ley que modifica la Ley Organica de Elecciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones mantiene el Registro Electoral de Encuestadoras, asi como regula los requisitos y procedimientos de inscripcion. Asimismo, establece que solo podran publicarse encuestas de personas naturales o juridicas que cuenten con inscripcion vigente en el referido registro. 2. En ese sentido, en el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, aprobado por Resolucion Nº 5011-2010-JNE (en adelante, el Reglamento) se establecen el procedimiento y los requisitos de inscripcion de las personas juridicas o naturales que pretendan realizar encuestas y proyecciones sobre intencion de

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