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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (17/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Domingo 17 de noviembre de 2013 507269 de Desarrollo Docente, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; De conformidad, con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cada por la Ley N° 26510 y en el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor SEVERO LEONIDAS CUBA MARMANILLO, al cargo de Director de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar al señor MANUEL EUGENIO PAIBA COSSIOS, Director de la Dirección de Trayectoria y Bienestar Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, las funciones de Director de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1015387-3 Aceptan renuncia y encargan funciones de Director General de la Dirección General de Tecnologías Educativas y de Jefe de la Oficina de Informática RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0571-2013-ED Lima, 16 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0591-2011- ED se designó al señor SANDRO LUIS MARCONE FLORES, en el cargo de Director General de Tecnologías Educativas, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, cargo considerado de confi anza; Que, por medio de la Resolución Ministerial N° 0423- 2012-ED se encargó al señor SANDRO LUIS MARCONE FLORES, Director General de Tecnologías Educativas, las funciones de Jefe de la Ofi cina de Informática, dependiente de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, en adición a sus funciones; la misma que fue renovada para el ejercicio presupuestal 2013 por la Resolución Ministerial N° 0002-2013-ED; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, a fi n de garantizar la continuidad del servicio, resulta necesario encargar las funciones de Director General de Tecnologías Educativas, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica y de Jefe de la Ofi cina de Informática, dependiente de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación; De conformidad, con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cada por la Ley N° 26510 y en el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor SANDRO LUIS MARCONE FLORES, al cargo de Director General de Tecnologías Educativas, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, dejándose sin efecto la encargatura de funciones conferida por la Resolución Ministerial N° 0423-2012-ED y renovada por la Resolución Ministerial N° 0002-2013-ED, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar al señor BARI ADAN GLORIA VARELA, Director de la Dirección de Informática y Telecomunicaciones de la Dirección General de Tecnologías Educativas, las funciones de Director General de la Dirección General de Tecnologías Educativas, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo. Artículo 3.- Encargar al señor FREDY MIGUEL INJOQUE RONCEROS, Jefe de la Unidad de Estadística Educativa, dependiente de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Medición de la Calidad Educativa de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, las funciones de Jefe de la Ofi cina de Informática dependiente de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1015387-4 INTERIOR Aprueban Reglamento del Decreto Legislativo N° 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú DECRETO SUPREMO N° 016-2013-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 168º de la Constitución Política del Perú, establece que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú se rigen por sus propias leyes y reglamentos; Que, el Decreto Legislativo N° 1149 – Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, tiene por objeto normar la carrera y situación del personal de la Policía Nacional del Perú, con el propósito de garantizar el desarrollo personal, profesional y técnico de sus integrantes, para el cumplimiento de la fi nalidad fundamental, misión y objetivos institucionales al servicio de la sociedad; Que, es necesario precisar los procedimientos administrativos aplicables al personal de la Policía Nacional del Perú, en lo concerniente a la captación, selección e ingreso a la institución, formación profesional y técnica, asignación de la especialidad funcional, capacitación, especialización, perfeccionamiento e investigación y desarrollo, asignación de cargo y el término de la carrera policial, asimismo los procedimientos administrativos relacionados con la situación del personal de la Policía Nacional del Perú. Que, la Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1149, dispone que el Poder Ejecutivo en un plazo de ciento ochenta (180) días hábiles emitirá los Reglamentos correspondientes; De conformidad con los dispuesto en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;