Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2013 (17/11/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA 17 de noviembre de 2013

507285
la publicacion de la presente Resolucion Directoral, la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido por esta Direccion General, la misma que sera emitida luego de recepcionar los documentos: Certificado de Homologacion de Equipos, Certificado de Inspeccion Inicial y la MORDAZA de Calibracion de Equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies-IFIA. Articulo Tercero.- Es responsabilidad de La Empresa autorizada renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobada por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC durante la vigencia de la autorizacion, MORDAZA del vencimiento de los plazos senalados en el siguiente cuadro: ACTO Primera renovacion de carta fianza MORDAZA renovacion de carta fianza Tercera renovacion de carta fianza Cuarta renovacion de carta fianza MORDAZA renovacion de carta fianza Fecha MORDAZA de MORDAZA 07 de setiembre de 2013 07 de setiembre de 2014 07 de setiembre de 2015 07 de setiembre de 2016 07 de setiembre de 2017

Tecnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehiculos que circulan por las vias publicas terrestres a nivel nacional; asi como verificar que estos cumplan con las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normativa nacional, con el proposito de garantizar la seguridad del transporte y el MORDAZA terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante Parte Diario N° 086291 de fecha 24 de junio del 2013, la empresa denominada CENTRO DE INSPECCION TECNICA VEHICULAR EL MISTI SOCIEDAD ANONIMA CERRADA- CITV MISTI S.A.C., en adelante La Empresa, solicita autorizacion para operar un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV, con dos (02) Lineas de Inspeccion Tecnica Vehicular: una (01) Linea de MORDAZA Mixta y una (01) Linea de MORDAZA Liviana, en el local ubicado en la Av. Via de Evitamiento Km.41, Arquillo 2 del Distrito de Cerro Colorado, Provincia y Departamento de Arequipa; para cuyo efecto manifiesta disponer de personal tecnico calificado, infraestructura y equipamiento para realizar las inspecciones mencionadas; escrito en el cual ademas senalan que se consideren los Partes Diarios N°s 012692 y 061516; Que, mediante Oficio N° 4704-2013-MTC/15.03 de fecha 11 de MORDAZA del 2013, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes de la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para lo cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles a fin de que subsane adecuadamente los defectos advertidos y mediante Parte Diario N° 109932 de fecha 05 de agosto del 2013, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado; Que, mediante Oficio N° 5606-2013-MTC/15.03 de fecha 16 de agosto del 2013, esta Administracion formulo nueva observacion al escrito de subsanacion presentado por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para lo cual se le otorgo un plazo de tres (03) dias habiles a fin de que subsane adecuadamente los defectos advertidos y mediante Parte Diario N° 109932 de fecha 05 de agosto del 2013, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar la observacion senalada en el oficio indicado; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 13672013-MTC/15.03.AA.vh, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; en el cual se concluye que La Empresa, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicacion, ademas, los principios de informalismo, de presuncion de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444; De conformidad con la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar por el plazo de cinco (05) anos a la empresa denominada CENTRO DE INSPECCION TECNICA VEHICULAR EL MISTI SOCIEDAD ANONIMA CERRADA- CITV MISTI S.A.C. como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular para operar con dos (02) Lineas de Inspeccion Tecnica Vehicular: una (01) Linea de MORDAZA Mixta y una (01) Linea de MORDAZA Liviana, en el local ubicado en la Av. Via de Evitamiento Km.41, Arquillo 2 del Distrito de Cerro Colorado, Provincia y Departamento de Arequipa. Articulo Segundo.- La Empresa autorizada debera obtener, dentro del plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario a contarse a partir del dia siguiente de

En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- La Empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil contratada, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion: ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 11 de setiembre de 2013 11 de setiembre de 2014 11 de setiembre de 2015 11 de setiembre de 2016 11 de setiembre de 2017

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa denominada CENTRO DE INSPECCION TECNICA VEHICULAR EL MISTI SOCIEDAD ANONIMA CERRADA- CITV MISTI S.A.C., a traves de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Articulo Sexto.- Remitir a la Superintendencia Nacional de Transportes de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia Articulo Septimo.- El CENTRO DE INSPECCION TECNICA VEHICULAR EL MISTI SOCIEDAD ANONIMA CERRADA- CITV MISTI S.A.C., debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.