Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2013 (19/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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El Peruano Martes 19 de noviembre de 2013

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajador de la SUNAT para participar en las reuniones intersesionales en el MORDAZA de las negociaciones del Acuerdo de Asociacion Transpacifico (TPP), a realizarse en los EE.UU.
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 330-2013/SUNAT MORDAZA, 15 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que mediante MORDAZA del Facsimil Circular N° 0032013-MINCETUR/DM de fecha 8 de noviembre de 2013, enviado al Ministerio de Economia y Finanzas, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, cursa invitacion a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria para participar en las Reuniones Intersesionales del Acuerdo de Asociacion Transpacifico (TPP por sus siglas en ingles), que se llevaran a cabo en la MORDAZA de Salt Lake, Utah, Estados Unidos de MORDAZA, del 19 al 26 de noviembre del 2013; Que el TPP constituye un bloque comercial que agrupa a Australia, Brunei Darussalam, Canada, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, Malasia, Mexico, Nueva Zelanda, Peru, Singapur y Vietnam, que tiene por objeto la creacion de una plataforma para una potencial integracion economica en la Region del MORDAZA ­ Pacifico; dichos paises se han propuesto disenar un acuerdo inclusivo y de alta calidad que siente las bases para el crecimiento economico, el desarrollo y la generacion de empleo de los paises miembros, y que a la vez se convierta en el fundamento para un futuro Acuerdo de Libre Comercio en el Foro de Cooperacion Economica MORDAZA ­ MORDAZA (APEC, por sus siglas en ingles); Que la SUNAT en el MORDAZA del TPP, participa en las distintas mesas de negociacion relacionadas a temas aduaneros como son la Mesa de Reglas de Origen y la Mesa de Propiedad Intelectual entre otras, prestando su colaboracion tecnica que facilite la negociacion e implementacion adecuada de compromisos internacionales en materia de comercio exterior, donde se plasmen los intereses institucionales, de conformidad con las normas, procedimientos y procesos aduaneros aplicados en el Peru; Que la participacion de la SUNAT se enmarca en el objetivo estrategico establecido por el gobierno de fortalecer la integracion regional y subregional en las esferas economico y comercial, asi como procurar la facilitacion del comercio con paises respecto de los cuales el Peru ha suscrito acuerdos internacionales; Que en tal sentido, siendo de interes institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N° 60-2013SUNAT/3A0000 del 12 de noviembre de 2013, resulta necesario autorizar la participacion del trabajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA Muniz, Profesional III de la Division de Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales, Valoracion y Arancel de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera, del 21 al 24 de noviembre de 2013, en las Mesas de Reglas de Origen y de Propiedad Intelectual;

Que el numeral 1 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siendole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolucion de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Ano Fiscal 2012, en las que se preve la prohibicion de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectuen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; Que asimismo, el numeral 2 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT autorizara los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolucion de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA Muniz del 20 al 25 de noviembre de 2013; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aereos que incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viaticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolucion de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del Articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje del trabajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA Muniz, Profesional III de la Division de Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales, Valoracion y Arancel de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera, del 20 al 25 de noviembre de 2013, para que participe en las Mesas de Reglas de Origen y de Propiedad Intelectual que se llevaran a cabo del 21 al 24 de noviembre de 2013, en el MORDAZA de las negociaciones del Acuerdo de Asociacion Transpacifico (TPP por sus siglas en ingles), a realizarse en la MORDAZA Salt Lake, Utah, Estados Unidos de America. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto del 2013 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Muniz Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 2 158,08 Viaticos US$ 2 200,00 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador debera presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4°.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 1015992-1

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