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El Peruano Martes 19 de noviembre de 2013 507352 incluye las plazas: de Asesor en el Gabinete de Asesores; de Auxiliar 2 en la Jefatura Regional Ayacucho de la Gerencia de Operaciones Regístrales en cumplimiento de la Sentencia N° 00211-2012JTL expedida por Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Lima (07SET2012); y, de Auxiliar 3 en la Jefatura Regional Trujillo de la Gerencia de Operaciones Regístrales en cumplimiento de la Resolución N° Doce expedida por la Primera Sala Especializada Laboral de la Corte Superior de Justicia de La Libertad (15MAY2013); Que mediante el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 18 de junio de 2004, se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de las entidades de la Administración Pública, cuya fi nalidad es generar la aprobación de un CAP que contenga una correcta defi nición de los cargos, acorde con la estructura orgánica de la entidad y con los diseños y estructura de la Administración Pública que establece la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos; Que en el artículo 16 del mismo cuerpo legal se establece que las entidades de la Administración Pública deberán modifi car el Cuadro para Asignación de Personal; cuando la entidad haya sufrido modifi caciones en su Reglamento de Organización y Funciones que conlleven cambios en sus funciones o en su estructura organizacional o por motivo de una acción de racionalización o mejoramiento de procesos; por motivo de reestructuración o reorganización aprobadas conforme a la normativa vigente; o por motivo de un reordenamiento de cargos que conlleve a una afectación de su Presupuesto Analítico de Personal; señalando además que cuando se verifi que la existencia de cualquiera de los supuestos señalados la entidad se encontrará obligada a aprobar un nuevo CAP, que será aprobado por resolución del titular del pliego; Que por otro lado, conforme a lo establecido en el artículo 6 de la Ley N° 29091 y en los artículos 3° y 5° de su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 004- 2008-PCM, el funcionario responsable a que se refi ere el artículo 5° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, debe cumplir con la publicación de diversos documentos de gestión, entre ellos, el Cuadro para Asignación de Personal; y, Que de otro lado, mediante Resolución Jefatural N° 333-2013/JNAC/RENIEC (08NOV2013), se encarga a la señora Ana Magdelyn Castillo Aransaenz, Secretaria General del RENIEC, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del RENIEC, con retención de su cargo, desde el 11 al 22 de Noviembre de 2013; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, al Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural N° 124-2013-JNAC-RENIEC (10ABR2013) y al numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 277-2013-JNAC-RENIEC (04SEP2013) que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del RENIEC. Artículo Segundo.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Talento Humano proponer la actualización del Presupuesto Analítico de Personal, conforme al Cuadro para Asignación de Personal, que se aprueba con la presente Resolución Jefatural. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto proponer la actualización del Manual de Organización y Funciones, adecuándolo al Cuadro para Asignación de Personal que se aprueba mediante la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. ANA CASTILLO ARANSAENZ Jefe Nacional (e) 1015994-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Autorizan viaje de Vicepresidente del Gobierno Regional de Lambayeque a Colombia, en comisión de servicios ACUERDO REGIONAL Nº 062-2013-GR.LAMB./CR Chiclayo, 8 de noviembre de 2013 VISTO: El Ofi cio Nº 050-2013-G.R.LAMB/VPR de fecha 30 de octubre de 2013, Reg. SISGEDO Nº 01095160, de la Vicepresidencia del Gobierno Regional de Lambayeque, y; CONSIDERANDO: Que, a través del documento del visto, se solicita al Consejo Regional autorización de viaje al exterior para el Vicepresidente Regional, Lic. Juan Pablo Horna Santa Cruz por los días que corren del 17 al 22 de noviembre del año 2013, para viajar a la ciudad de Bogotá - Colombia, para asistir a la Pasantía Internacional “Fortalecimiento de los Procesos de Ordenamiento Territorial”. Que, la invitación efectuada, conforme a la Carta Nº 001-2013-PROGOB/Lamb. de “ProGobernabilidad” (PROGOB) - Proyecto “Fortalecimiento de los Gobiernos Regionales para el Desarrollo Social y Económico en el Norte del Perú”, fi nanciado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá (MRECD), tiene por objetivo conocer las experiencias que ha venido teniendo dicho país en la gestión de su territorio, para lo cual se sostendrán reuniones de trabajo con importantes instituciones colombianas como el Instituto Geográfi co Agustín Codazzi (IGAC), el Departamento de Planeación y el Ministerio de Vivienda. Que, es necesario precisar que, los gastos que demande el señalado viaje a la ciudad de Bogotá - Colombia (traslado, alojamiento y viáticos) será costeado íntegramente por el proyecto “Fortalecimiento de los Gobiernos Regionales para el Desarrollo Social y Económico en el Norte del Perú” a cargo de PROGOB. Que, a este efecto, corresponde al Consejo Regional a través de la aprobación de la disposición regional respectiva, proceder a autorizar el indicado viaje al exterior, el mismo que realiza el Vicepresidente Regional en comisión de servicios. Que, el Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Lambayeque, aprobado por Ordenanza Regional Nº 005-2011-GR.LAMB./CR, prevé en su Artículo 9º, inciso 2., que es atribución del Consejo Regional de Lambayeque autorizar al Presidente Regional, Vicepresidente(a) Regional, Consejero Delegado del Consejo Regional y Consejeros(as) Regionales a salir del país en comisión de servicios, así como concederles licencias, las que no pueden superar los cuarenta y cinco (45) días naturales al año.