Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2013 (19/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Martes 19 de noviembre de 2013

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Articulo 7º.- MULTAS ADMINISTRATIVAS Los administrados que efectuen el pago al contado de la Multa se le aplicara el 80% de descuento a las Multas generadas al 31 de Octubre del ano 2013. El pago de la multa no exime al administrado de la subsanacion de la obligacion administrativa y/o de la medida correctiva que corresponda. Articulo 8º.- GASTOS Y COSTAS PROCESALES Tratandose de deuda tributaria y no tributaria que se encuentren en Cobranza Coactiva, adicionalmente a los beneficios senalados precedentemente se condonara el 100% de los Gastos y Costas Procesales. Articulo 9º.- RECONOCIMIENTO DE DEUDA El pago de las deudas tributarias con los beneficios establecidos en la presente Ordenanza implica el desistimiento automatico de los recursos pendientes de atencion, de reconsideracion, reclamacion y/o apelacion, por lo que no podran presentar futuras reclamaciones o recursos administrativos respecto a las deudas canceladas al MORDAZA de estos beneficios. Cuando la deuda se encuentre impugnada ante el Tribunal Fiscal o el Poder Judicial, para acogerse a los beneficios, deberan presentar MORDAZA del cargo del escrito de desistimiento presentado ante los organos competentes. Las deudas tributarias formales y sustanciales que a la fecha de la publicacion de la Ordenanza hayan sido canceladas, no estaran sujetas a devolucion. Articulo 10º.- DEL PROCEDEMIENTO DE COBRANZA COACTIVA Las deudas que se encuentren en procesos de ejecucion de medidas cautelares, no gozaran de los beneficios previstos en la presente Ordenanza. Articulo 11º.- PLAZO DE VIGENCIA Los contribuyentes podran acogerse a los beneficios tributarios dispuestos en la presente Ordenanza, desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 15 de diciembre del 2013, transcurrido dicho plazo se procedera a ejecutar la cobranza del integro de las deudas tributarias y no tributarias. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Articulo Primero.- Deroguese o dejese sin efecto todas las normas o disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion asi como tambien para establecer su prorroga de ser el caso. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Rentas y Unidades que la conforman, el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza, a Secretaria General su publicacion, a la Oficina de Relaciones Publicas y Oficina de Informatica y Estadistica la difusion de sus alcances. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1015571-1

Articulo 3º.- FORMA DE PAGO Para acogerse a la Amnistia Tributaria, el pago debe realizarse al contado o en forma fraccionada. En caso que opten por el pago fraccionado, este no podra excederse de cinco (05) cuotas mensuales, incluida la cuota inicial. Si se incumple el pago de dos (02) cuotas consecutivas o la MORDAZA cuota, perderan los beneficios otorgados y se procedera a cobrar los intereses moratorios descontados, imputandose los pagos realizados de conformidad con lo establecido en el Articulo 31º del Codigo tributario. Articulo 4º.- REGIMEN DE BENEFICIOS Los contribuyentes que se acojan a la presente Ordenanza gozaran del siguiente beneficio: a) POR EL PAGO AL CONTADO: Beneficio: IMPUESTO PREDIAL Condonacion del 100% de los intereses moratorios y reajustes correspondientes al Impuesto Predial hasta el ejercicio 2013 respectivamente, que se encuentren pendientes de pago a la fecha. ARBITRIOS MUNICIPALES: Condonacion del 100% de los intereses moratorios y reajustes correspondientes a los Arbitrios Municipales hasta el ejercicio 2013 respectivamente. Ademas gozaran de un descuento del monto insoluto en los Arbitrios Municipales.
Periodos MORDAZA del 2010 2010 2011 2012 % de Descuento 90% 40% 30% 20%

b) POR EL PAGO FRACCIONADO: IMPUESTO PREDIAL Condonacion del 100% de los intereses moratorios y reajustes correspondientes al Impuesto Predial hasta el ejercicio 2013 respectivamente, que se encuentren pendientes de pago a la fecha. ARBITRIOS MUNICIPALES Condonacion del 100% de los intereses moratorios y reajustes correspondientes a los Arbitrios Municipales hasta el ejercicio 2013 respectivamente, que se encuentren pendientes de pago a la fecha. Articulo 5º.- MULTAS TRIBUTARIAS: Los contribuyentes omisos a la MORDAZA de la Declaracion Jurada, gozaran del beneficio de condonacion del 100% de las multas tributarias y el 100% de los intereses. a) Infracciones previstas en el Articulo 176º del Codigo Tributario. b) Infracciones previstas en el Articulo 178º del Codigo tributario Articulo 6º.- FRACCIONAMIENTO A PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS Todos los fraccionamientos otorgados a personas Naturales y Juridicas, que se encuentren al dia o vencidos, cualquiera sea su estado de cobranza, durante la vigencia de la presente Ordenanza tendran el siguiente descuento: Por el pago de todas las cuotas pendientes o por el pago de cuotas del fraccionamiento, el 100% de los intereses moratorios y 100% de los intereses del fraccionamiento.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Otorgan beneficio de condonacion de multas a administrados de escasos recursos economicos que subsanen y/o adecuen conducta infractora
ORDENANZA Nº 461-MSS MORDAZA de MORDAZA, 31 de octubre del 2013

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