Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2013 (19/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Martes 19 de noviembre de 2013

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los efectos adversos de los desastres naturales sobre la poblacion; Que el Reglamento de la Ley Nº 29664-Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion de Riesgo de Desastre aprobado mediante Decreto Supremo Nº0482011-PCM dispone entre otras, que las municipalidades deben incorporar en sus procesos de planificacion del ordenamiento territorial, de gestion ambiental y de inversion publica la gestion de riesgo de desastres; Que, en merito a las coordinaciones efectuadas con la Oficina de Defensa Civil, la Direccion de Obras Desarrollo MORDAZA y Rural emitio la Resolucion Directoral Nº 036 -2012-ARM/MDV-DODUR de fecha 04.10.2012 mediante el cual se aprobo la delimitacion de las areas destinadas para evacuacion o refugio temporal ante eventuales desastres naturales que se encuentran en las laderas del cerro San MORDAZA, el promontorio ubicado en las manzanas 48 y 49 del plano de trazado y lotizacion del pueblo tradicional de Vegueta y parte del cordon de los cerros Atahuanca, en los cuales se encuentran comprendidos las areas de uso publico. Que, mediante Informe Nº 157-2012-ODC-MDV DEL 12.10.2012 la Oficina de Defensa Civil, propone que dichas areas delimitadas MORDAZA consideradas como intangible, prohibiendose la edificacion de viviendas u otro MORDAZA de edificacion permanente, destinando su uso exclusivo como area de refugio temporal, prohibiendose la edificacion de viviendas y todo MORDAZA de edificaciones permanentes que obstaculicen el transito. Que, a traves del Informe Legal Nº0109-2012-OAJMDV DEL 22.10.2012 emite opinion favorable respecto a la aprobacion del proyecto, que con las deliberaciones correspondientes de conformidad con lo dispuesto en el articulo 8 de la ley organica de municipalidades ley Nº27972 y con el MORDAZA unanime del concejo municipal, con dispensa de tramite de lectura y aprobacion del acta; se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA LA INTANGIBILIDAD DE LAS LADERAS DEL CERRO SAN MORDAZA Y OTROS Articulo Primero.- Declarese intangible las areas delimitadas por la Resolucion Directoral Nº 036-2012ARM/MDV de fecha 04.10. 2012 que corresponde a las laderas del cerro San MORDAZA, el promontorio ubicado en las manzanas 48 y 49 del plano de trazado y lotizacion del pueblo tradicional de Vegueta, parte del cordon de los cerros Atahuanca, en los cuales se encuentran comprendidos las areas de uso publico; los cuales seran destinados exclusivamente como zonas de evacuacion o refugio temporal ante eventuales desastres naturales. Articulo Segundo.- En la MORDAZA intangible a que se refiere el articulo primero de la presente ordenanza, establecer la prohibicion, para edificacion de viviendas y todo MORDAZA de edificaciones permanentes, que obstaculicen el transito. El incumplimiento de lo establecido en la presente ordenanza constituye infraccion y conlleva a la imposicion de las sanciones que determine la municipalidad; asi como la demolicion de las construcciones efectuadas; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que conllevaria su infraccion. Articulo Tercero.- La Municipalidad Distrital a traves de la Direccion de Obras, Desarrollo MORDAZA y Rural, Oficina de Defensa Civil, y demas organos competentes, es responsable de garantizar el cumplimiento de lo establecido en la presente ordenanza, lo que conlleva a solicitar el apoyo a otras autoridades como a la Policia Nacional del Peru y de la sociedad civil. Asimismo, encarguese a la Direccion de Obras Desarrollo MORDAZA y Rural para que en coordinacion con la Oficina de Defensa Civil realicen la adecuada senalizacion de las areas que se refiere la presente ordenanza, asi como sus accesos. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LI MORDAZA MORDAZA 1015649-1

Servicios a la Ciudadania y Gestion Ambiental, a traves de la Subgerencia de Registros Civiles y Cementerio. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldessa 1015538-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VEGUETA
Declaran intangible las laderas del cerro San MORDAZA y otras areas del distrito
(Se publica la presente Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Vegueta, solicitado mediante Oficio Nº 5192013-MDV/ALC, recibido el 18 de noviembre de 2013) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2012-MDV/C Vegueta, 18 de diciembre del 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VEGUETA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 17 de Diciembre del 2012, mediante Informe Nº 157-2012ODC-MDV, de fecha 12 Octubre del 2012, se vio sobre la Intangibilidad de las Laderas de Cerros en Jurisdiccion del Distrito de Vegueta; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades son los Organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico, consiguientemente gozan de autonomia administrativa, economica y politica en MORDAZA de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, de acuerdo a lo preceptuado por el numeral 6 del articulo 194º de citada Carta Magna, concordante con los articulos 73º y 79º de la Ley Nº 27972­ Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades son competentes para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones territoriales; conforme a la legislacion vigente; Que, asimismo citada ley senala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; traduciendose estos en el respeto irrestricto de los planes de ordenamiento territorial impulsados por la comuna distrital contemplados en la ordenanzas municipales de la materia; Que los principios orientadores de la Gestion de Riesgo de Desastres establecidos en el articulo 4º de la Ley Nº 29664-Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion de Riesgo de Desastres, nos senala esencialmente que la proteccion de la MORDAZA e integridad fisica de la persona humana es uno de los fines de la Gestion de Riesgo de Desastres, frente a posibles desastres o eventos peligrosos que puedan ocurrir, siendo la seguridad y el interes general, condiciones para el mantenimiento del bien comun que prevalecen sobre intereses particulares, exigiendose a los organos tutelares y la colectividad una respuesta MORDAZA y organizada que obliga a mantener un permanente estado de alerta, que permita minimizar

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