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El Peruano Martes 19 de noviembre de 2013 507368 y retirarle la credencial por 60 días y convocar al señor Germán Díaz Portugal, por lo tanto la cosa esta bien clara, me atrevo a decir que es una cuestión política, que es otra cosa que estamos acostumbrados; 9.- VOTACIÓN NOMINAL: 9.1. Que, el señor ALCALDE solicito algunas opiniones más a los señores Regidores, no habiendo más opiniones, sometió a votación nominal el pedido de nulidad del Acuerdo Concejo Nº 13-2011-ACSS del 03.02.2011, el cual, otorgó licencia sin goce de remuneraciones al Regidor señor Jorge Rafael Valdez Oyola, del 09.02.2011 al 10.04.2011, promovido por el ciudadano Jean Pierre Fernando Lucar Mercado, cuya votación se sustentó en fundada o infundada, que cada regidor expreso individualmente su voto y el Pleno del Concejo por UNANIMIDAD declara INFUNDADA la solicitud de nulidad del Acuerdo de Concejo Nº 13-2011-ACSS; 9.2. Que, asimismo el señor Alcalde sometió a votación nominal la solicitud de declaración de vacancia al cargo de Regidor del Concejo Distrital de Santiago de Surco del señor Regidor Jorge Rafael Valdez Oyola, promovida por el ciudadano Jean Pierre Fernando Lucar Mercado, cuya votación se sustentó en procedente o improcedente que cada regidor expreso individualmente su voto y el Pleno del Concejo por UNANIMIDAD declara IMPROCEDENTE la solicitud de vacancia; Que, de conformidad a lo previsto por el Artículo 9º numeral 10) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adopto por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- DECLARAR INFUNDADA la solicitud de nulidad del Acuerdo de Concejo Nº 13-2011- ACSS del 03.02.2011, considerado como recurso de reconsideración, promovida por el ciudadano Jean Pierre Fernando Lucar Mercado, por no reunir los requisitos establecidos en el Artículo 51º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de vacancia al cargo de Regidor del Concejo Distrital de Santiago de Surco del Regidor señor JORGE RAFAEL VALDEZ OYOLA, promovida por el ciudadano Jean Pierre Fernando Lucar Mercado, e IMPROCEDENTE el pedido de devolución de dinero por dietas y representación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la notifi cación copia certifi cada del presente Acuerdo de Concejo dentro del plazo de cinco (05) días hábiles, al ciudadano Jean Pierre Fernando Lucar Mercado y su Abogado, en los domicilios señalados en autos, a efecto que presenten dentro del plazo de máximo de quince (15) hábiles días de notifi cados, el recurso de apelación, dirigido al Concejo Municipal de la Municipal de Santiago de Surco. Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1015602-1 Aprueban informe final del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados Año Fiscal 2014 ACUERDO DE CONCEJO Nº 085-2013-ACSS Santiago de Surco, 31 de octubre del 2013 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Informe Nº 64-2013-GPV-MSS de la Gerencia de Participación Vecinal, el Acuerdo Nº 002-2013- CCLD-MSS del Consejo de Coordinación Local Distrital, el Informe Nº 669-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 682-2013-GPPDI- MSS de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional; y, CONSIDERANDO: Que, el Inciso 1) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal, “Aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo”; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, ha introducido el mecanismo del presupuesto participativo, tanto para la elaboración de los planes de desarrollo como en el presupuesto, conforme a los Artículos 53º y 97º de la misma Ley. Esto signifi ca una nueva manera de elaborar los planes y presupuesto, a través de la participación directa de la población, quien defi ne las prioridades y la distribución de los recursos. Esto exige previamente, el conocimiento de las medidas, debate y aprobación de los vecinos, en forma individual o colectiva; Que, el segundo párrafo del Artículo 10.1. del Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece “…Los Proyectos de inversión pública priorizados en el proceso y que constituyen parte del Acta de Acuerdos y Compromisos, deben ser incluidos en el Presupuesto Institucional del Gobierno Regional o Gobierno Local, según corresponda…”; Que, con Memorándum Nº 682-2013-GPPDI-MSS del 29.08.2013, la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo Institucional, remite el Informe Final del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014, elaborado sobre las acciones desarrolladas conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 449-MSS del 30.04.2013, que aprueba el Reglamento para la Preparación, Convocatoria y Ejecución del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Santiago de Surco, para el Año Fiscal 2014, así como la observancia de los lineamientos técnicos contenidos en el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 aprobado por Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01; sustentando en el Informe Final del Proceso de Presupuesto Participativo, adjuntando además el Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Año Fiscal 2014; a efectos que se formalice la presentación del mismo ante el Consejo de Coordinación Local Distrital y posteriormente al Concejo Municipal; Que, el Informe Final del Proceso de Presupuesto Participativo, contiene la relación de cinco (05) Proyectos Priorizados, por la suma de S/. 6`000,000.00 de Nuevos Soles, cuya ejecución será fi nanciado con Transferencias del Gobierno Nacional, Rubro 7 Fondo de Compensación Municipal – FONCOMUN, por S/. 4`878,392.00 Nuevos Soles, por Recursos Propios el Rubro 8 Impuestos Municipales la suma de S/. 1’121,608.00 Nuevos Soles; Que, mediante Informe Nº 669-2013-GAJ-MSS del 06.09.2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera procedente la remisión al Concejo Municipal el Informe Final del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados Año Fiscal 2014, a efectos de que conforme a las facultades establecidas en el Artículo 9º numeral 1) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con el quórum correspondiente se apruebe el Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año Fiscal 2014, de la Municipalidad de Santiago de Surco, emitiendo el respectivo Acuerdo de Concejo, conforme lo establece el Artículo 41º de la norma acotada;