Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2013 (23/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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Articulo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representacion del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica que origine el Contrato de Concesion N° 428-2013 referido en el articulo 3 de la presente Resolucion, en cumplimiento del articulo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme a lo previsto en el articulo 53 del acotado Reglamento. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1018649-6

El Peruano Sabado 23 de noviembre de 2013

Aprueban la primera modificacion al Contrato de Concesion Nº 389-2011, relativo a la concesion definitiva de generacion con recursos energeticos renovables en la futura Central Eolica MORDAZA Eolico Marcona
RESOLUCION SUPREMA Nº 075-2013-EM MORDAZA, 22 de noviembre de 2013

Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 3012013-MEM/DM de fecha 25 de MORDAZA de 2013, se aprobo la Tercera Modificacion al Contrato de Concesion para el Suministro de Energia Renovable al Sistema Electrico Interconectado Nacional de la Central Eolica MORDAZA Eolico Marcona, a fin de modificar el Anexo 1 del Contrato, actualizando la informacion tecnica sobre numero y potencia de aerogeneradores, asi como el Esquema del Anexo 1 consistente en el Diagrama Unifilar de la Central Eolica MORDAZA Eolico Marcona, cuya configuracion tecnica ha sido modificada en razon de las mejoras tecnologicas; Que, mediante el escrito con registro Nº 2261021, ingresado el 15 de enero de 2013, MORDAZA Eolico Marcona S.R.L. solicito la Primera Modificacion del Contrato de Concesion N° 389-2011, a fin de establecer como nueva fecha para el inicio de las obras el 04 de marzo del 2013 y la Puesta en Operacion Comercial (POC) de la Central Eolica MORDAZA Eolico Marcona el 21 de marzo de 2014, adecuando las fechas de su Cronograma de Ejecucion de Obras en razon al Cronograma vigente de la concesion de suministro a que se refiere el tercer considerando de la presente Resolucion; Que, habiendose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y contando con la opinion a que se refiere el Informe N° 633-2013-DGEDCE, corresponde aprobar la Primera Modificacion del Contrato de Concesion N° 389-2011 en los terminos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que debera ser elevada a Escritura Publica incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Estando a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 53 y el articulo 54 del citado Reglamento; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia del Ministerio de Energia y Minas; SE RESUELVE:

VISTO: El Expediente N° 19276511 organizado por MORDAZA Eolico Marcona S.R.L., sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables en la Central Eolica MORDAZA Eolico Marcona, y la solicitud de modificacion del Contrato de Concesion N° 389-2011; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolucion Suprema N° 0972012-EM, publicada el 14 de setiembre de 2012, se otorgo a favor de MORDAZA Eolico Marcona S.R.L. concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica MORDAZA Eolico Marcona, con una capacidad instalada de 32 MW, aprobandose el Contrato de Concesion N° 389-2011; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 288-2012MEM/DM, de fecha 20 de junio de 2012, se aprobo la Primera Modificacion al Contrato de Concesion para el Suministro de Energia Renovable al Sistema Electrico Interconectado Nacional de la Central Eolica MORDAZA Eolico Marcona, a fin de modificar el Cronograma de Ejecucion de Obras del proyecto Central Eolica Marcona, estableciendo como nueva fecha para el inicio de obras el 03 de diciembre de 2012 y la Puesta en Operacion Comercial de la Central Eolica Marcona el 24 de diciembre de 2013; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 249-2013MEM/DM, de fecha 21 de junio de 2013, se aprobo la MORDAZA Modificacion al Contrato de Concesion para el Suministro de Energia Renovable al Sistema Electrico Interconectado Nacional de la Central Eolica MORDAZA Eolico Marcona, a fin de establecer como nueva fecha para el inicio de obras el 04 de marzo de 2013 y la Puesta en Operacion Comercial de la Central Eolica MORDAZA Eolico Marcona el 21 de marzo de 2014;

Articulo 1.- Aprobar la Primera Modificacion al Contrato de Concesion N° 389-2011, en los aspectos referidos a modificar la Clausula Primera, la Clausula Septima y el Anexo N° 04, relativo a la concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables en la futura Central Eolica MORDAZA Eolico Marcona, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la Minuta de la Primera Modificacion al Contrato de Concesion N° 389-2011, aprobada en el articulo precedente y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 3.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica que origine la Primera Modificacion al Contrato de Concesion N° 389-211. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1018649-7

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