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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (23/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Sábado 23 de noviembre de 2013 507614 Autorizan al Instituto Peruano del Espárrago y Hortalizas IPEH, como Centro de Certificación de Competencia Laboral RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 025-2013-MTPE/3/19.2 Lima, 30 de octubre de 2013. VISTOS: El Informe N° 025- 2013-MTPE/3/19.2/EECP/ ECCA de fecha 30 de octubre del 2013, de la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29381, se establece como competencia del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, entre otras áreas programáticas, la materia de normalización y certifi cación de competencias laborales (literal “h” del artículo 4°) ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, sobre dicha materia, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional (numeral 5.1. del Artículo 5°), y conforme al Decreto Supremo N° 004- 2010-TR, ejerce función rectora formulando, planifi cando, dirigiendo, coordinando, ejecutando, supervisando y evaluando las políticas nacionales y sectoriales (literal “a” del numeral 3.1 del artículo 3°); Que, la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, conceptualiza al procedimiento administrativo, como el conjunto de actos y diligencias tramitados en las entidades públicas, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos individuales o individualizables sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados (Artículos 1° y 29°); así como establece el principio del debido procedimiento (numeral 1.2 del Artículo IV del Título Preliminar), que garantiza el derecho a una doble instancia y la facultad de contradicción (Articulo 206 °). Y, por otra parte, prescribe que la competencia tiene su fuente en la constitución y la ley, siendo reglamentada por instrumentos legales de inferior jerarquía; y su ejercicio es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia (numeral 65.1.), constituyendo un requisito de validez del acto administrativo el ser emitido por órganos facultados en razón de la materia (numeral 1, articulo 3 °); Que, conforme al Artículo 75° del Decreto Supremo N° 004-2010-TR, entre otras, constituyen funciones específi cas de la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales: ejecutar las políticas nacionales y sectoriales en materia de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales (literal “a”); así como, resolver en primera instancia los recursos interpuestos en materia de su competencia, que se determinen por norma legal o reglamentaria (literal “m”); Que, mediante Resolución Ministerial N° 161-2010-TR, se aprueba el protocolo para la Autorización de Centros de Certifi cación de Competencias Laborales, estableciendo los requisitos y pautas procedimentales a efecto que una persona jurídica debidamente constituida obtenga Autorización facultándola para implementar procesos de evaluación y certifi cación de competencias laborales en uno o varios perfi les ocupacionales; y en ese sentido en la Parte IV, se establece los Requisitos para ser autorizados como Centro de Certifi cación, precisándose un listado de requisitos mínimos para ser autorizados como centro de certifi cación a las entidades privadas, como son: “Copia de la Copia literal vigente de la partida electrónica donde conste inscrita la constitución de la empresa incluyendo las últimas modifi caciones, Copia de la Vigencia de Poder del representante legal con una antigüedad no mayor a 30 días, Copia del Documento Nacional de Identidad del representante legal, Copia del documento de Consulta de RUC hábil y activo, Copia de la licencia municipal de funcionamiento, Copia de la Constancia de Seguridad favorable y vigente emitida por el INDECI o en su defecto, presentar documentación que acredite el inicio del trámite, Copia de la Constancia de fumigación vigente y Copia de la Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado emitido por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), copia del Organigrama y/o Manual de Organización y Funciones para desarrollar el proceso de certifi cación; o en su defecto, Declaración Jurada que indique el inicio de la implementación de la estructura organizacional y procedimental del proceso de certifi cación de competencias laborales; Copia de la Constancia de Capacitación sobre Evaluación de Competencias Laborales, otorgada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; así como, Copia de Certifi cado emitido por un Organismo de Certifi cación de Sistemas de Gestión de la Calidad acreditado por el Servicio Nacional de Acreditación del INDECOPI o por organización internacional; o en su defecto, presentar documentación que acredite el inicio del trámite”; Que, estando al Ofi cio Circular N° 01-2012- MTPE/3/19.2, la Dirección de Normalización y Certifi cación de competencias Laborales de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral establece el Criterio Técnico sobre instancia competente para presentación de solicitud y expediente documentario a efecto de obtener Autorización como Centro de Certifi cación de Competencias Laborales; Que, mediante el Ofi cio Nº 475-2013-GRC/GRDS- DRTPE Callao, Informe N° 122-2013-GRC/GRDS- DRTPEC/DPECL e Informe de Verifi cación N° 001-2013- GRC/GRDS/DRTPEC-DPECL con fecha 04 de setiembre de 2013, elaborados y remitidos por la Dirección de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Callao y Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional del Callao, se señala que el Instituto Peruano del Esparrago y Hortalizas IPEH, con RUC N° 20426275342, estando a los resultados de la revisión documentaria y visita de verifi cación efectuada a su Centro de Evaluación ubicado en la Empresa Desarrollo Agrícola S.A., sito en Calle Bartolomé Boggio N° 145, Urb. Ajax- Carmen de la Legua y Reynoso- Callao, cumple con los requisitos para ser autorizado como Centro de Certifi cación de Competencias Laborales en el Perfi l Ocupacional del Clasifi cador y Empacador de Espárragos; Que, dispuesta la revisión y análisis del expediente documentario derivado, se emitió el Informe N° 025- 2013-MTPE/3/19.2/EECP/ECCA donde se recomienda la autorización respectiva; Que, conforme a la facultad atribuida a la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorización. Autorizar al Instituto Peruano del Esparrago y Hortalizas IPEH, como Centro de Certifi cación de Competencia Laboral con su Centro de Evaluación ubicado en Calle Bartolomé Boggio N° 145, Urb. Ajax- Carmen de la Legua y Reynoso- Callao, para desarrollar procesos de certifi cación de competencias laborales en el Perfi l Ocupacional del Clasifi cador y Empacador de Espárragos, por el período comprendido entre el 30 de octubre de 2013 al 29 de octubre de 2015. Artículo 2°.- Constancia de Autorización. Expídase la Constancia de Autorización que acredita a la entidad anteriormente señalada como Centro de Certifi cación de Competencia Laboral y en el Perfi l Ocupacional descrito, para los fi nes pertinentes. Artículo 3°.- Publicación. Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en la separata de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano, así como en el portal web institucional de la entidad (www.trabajo.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.- CARLOS ALBERTO BARRAZA CHÁVEZ Director de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales (e) 1018109-1