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El Peruano Sábado 23 de noviembre de 2013 507607 Robert ORTÍZ CASAVERDE y del Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Félix Víctor CÁRDENAS LIMACO, para que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano Eduardo Xavier CAMPOS CAMA, formulada por la Sala Penal Nacional de la Corte Suprema de Justicia de la República y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública, en la modalidad de Tráfi co Ilícito de Drogas agravado, en perjuicio del Estado peruano, a realizarse en la ciudad de ciudad de Roma - República Italiana, con costo para el Estado peruano. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Personas T/C Total S/. Viáticos US$ 540.00 7 X 2 = 7,560.00 2.802 21,183.12 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal designado para la comisión del servicio, deberá presentar ante el titular del sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente resolución suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros WALTER ALBAN PERALTA Ministro del Interior 1018649-9 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 116-2013-IN Lima, 22 de noviembre de 2013 VISTO, el Ofi cio Nº 7071-2013-MP-FN-UCJIE (EXT. Nº 105-08) del 29 de octubre de 2013, suscrito por la doctora Secilia HINOJOSA CUBA, Fiscal Adjunta Suprema Titular de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación, mediante el cual adjunta el Ofi cio RE (LEG/OCJ) Nº 4-3-A/2101 del 25 de octubre de 2013, cursado por la Ofi cina de Cooperación Judicial del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el que informa que nuestra Embajada en la República de El Salvador, ha sido comunicada ofi ciosamente que con fecha 24 de octubre de 2013, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de ese país, aprobó por unanimidad la solicitud de extradición del ciudadano peruano Víctor Enrique CASO LAY, por los presuntos Delitos de Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, Omisión de Denuncia Agravada y Abuso de Autoridad; por tal motivo solicitó los planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de San Salvador – República de El Salvador hacia territorio peruano. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 144-2009-JUS del 17 de junio de 2009, se resolvió acceder a los pedidos de extradición activa del procesado Víctor Enrique CASO LAY, formulados por la Vocalía Suprema de Instrucción de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República y declarado procedente por la Primera y Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por los delitos declarados procedentes en las Resoluciones Consultivas de fechas 4 y 13 de junio de 2008, de la Primera y Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República y dispone su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República de El Salvador, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 374-2013- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 8 de noviembre de 2013, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión del servicio a partir del 24 al 29 de noviembre de 2013, del Comandante de la Policía Nacional del Perú José Alberto ALVARADO INGA y del Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Edilio Armando PADILLA BUIZA, a la ciudad de San Salvador – República de El Salvador, a fi n de que ejecuten la extradición activa del procesado Víctor Enrique CASO LAY, quien es requerido por la Vocalía Suprema de Instrucción de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República y declarado procedente por la Primera y Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por los delitos declarados procedentes en las Resoluciones Consultivas de fechas 4 y 13 de junio de 2008, de la Primera y Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; Que, con Memorándum Múltiple Nº 404-2013- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 9 de noviembre de 2013, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de resolución autoritativa de viaje al exterior en comisión del servicio de los funcionarios policiales antes mencionados, el mismo que irrogará gastos al Estado peruano; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado con Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Legislativo Nº 1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010- 2013-IN y el Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión del servicio del 24 al 29 de noviembre de 2013, del Comandante de la Policía Nacional del Perú José Alberto ALVARADO INGA y del Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Edilio Armando PADILLA BUIZA, para que ejecuten la extradición activa del procesado Víctor Enrique CASO LAY, quien es requerido por la Vocalía Suprema de Instrucción de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República y declarado procedente por la Primera y Segunda Sala Penal Transitoria