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El Peruano Lunes 7 de octubre de 2013 504552 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por BBVA Continental para que esta Superintendencia autorice el cierre temporal de (05) agencias, según se indica en la parte resolutiva de la presente Resolución; CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente requerida para autorizar el cierre temporal de (05) agencias materia de solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada por Ley N° 26702 y sus modifi catorias y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado por Resolución SBS N° 775-2008 y sus modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a BBVA Continental el cierre temporal de (05) agencias detalladas en el Anexo que forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca ANEXO A LA RESOLUCIÓN SBS N° 5794-2013 Dirección Distrito Provincia Dpto. Inicio Fecha de Cierre Plazo 1 Av. Aramburú No 154-158-162 Mirafl ores Lima Lima 25.09.2013 45 días calendario 2 Av. Faucett No 216 San Miguel Lima Lima 25.09.2013 60 días calendario 3 Ca. Las Tiendas No 209, altura cdra. 7 y 8 Av. Aramburú Surquillo Lima Lima 25.09.2013 60 días calendario 4 Av. Nicolás Ayllón No 5345, Urb. Los Ángeles Ate Lima Lima 05.10.2013 60 días calendario 5 Av. Los Paracas No 203, Urb. Salamanca Ate Lima Lima 05.10.2013 60 días calendario 996890-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN