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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (10/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Jueves 10 de octubre de 2013 504627 Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “D, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus normas modifi catorias, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 775-2008 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas S.A. el traslado de la agencia ubicada en “Malecón Bolognesi Nº 305”, distrito y provincia de Requena, departamento de Loreto, a su nuevo local ubicado en “Calle San Francisco Mz. 28, Lote 7, Etapa I Zona A”, de la misma localidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 998128-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 5796-2013 Lima, 24 de setiembre 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas S.A. (en adelante la Caja), para que se le autorice el traslado de una (01) agencia, ubicada en el distrito de San Juan, provincia de Maynas, departamento de Loreto; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 71-2012 del 10.01.2012, se autorizó a la Caja la apertura de una (01) agencia en “Av. Abelardo Quiñonez Km 4.5 / Calle Mirafl ores Nº 210” distrito de San Juan, provincia de Maynas, departamento de Loreto. Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de ofi cina, conforme lo establecido en el Procedimiento 12º del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente. Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “D”, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus normas modifi catorias, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 775-2008 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas S.A. el traslado de la agencia autorizada en “Av. Abelardo Quiñonez Km 4.5 / Calle Mirafl ores Nº 210” distrito de San Juan, provincia de Maynas, departamento de Loreto, a su nuevo local ubicado en “Av. Abelardo Quiñonez Nº 2670”, de la misma localidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 998128-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Declaran el desabastecimiento inminente el “Servicio de Transferencia, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos” ACUERDO DE CONCEJO Nº 102-2013-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 30 de setiembre del 2013 EL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 30 de setiembre del 2013, el Memorándum Nº 963-2013- GM-MDSJM de la Gerencia Municipal el Informe Nº 687-2013-GAJ-MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 309-2013-MDSJM-GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 717-2013-MDSJM-GAF-SGACP de la Sub Gerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial, el Memorándum Nº 1624-2013-MDSJM-GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Memorándum Nº 425-2013-GGA-MDSJM de la Gerencia de Gestión Ambiental, el Memorándum Nº 1625-2013-MDSJM-GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas, la Carta Notarial C-4095-2013 de fecha 20 de setiembre del 2013, el Contrato Nº 014-2013-MDSJM- GAF-SGACP, sobre Desabastecimiento del Servicio de Transferencia, Transporte y Disposición de Residuos Sólidos. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, señala que: “Las Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos que son de su competencia, siendo que esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades”. Que, mediante Contrato Nº 014-2013-MDSJM-GAF- SGACP de fecha 03 de mayo del 2013, la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores adjudicó la Buena Pro del Concurso Público Nº 001-2013-MDSJM-CEP para la contratación del “Servicio de Transferencia, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos” a la empresa RELIMA AMBIENTAL S.A, por un monto de 9,561,600.00 (Nueve millones quinientos sesenta y uno con 00/100 nuevos soles) a todo costo, incluido el impuesto general a las ventas. El plazo de ejecución de la prestación se hará efectivo desde el día 06 de mayo 2013 y por un plazo de 24 meses (02 años) o hasta culminar el monto contratado (192,000 toneladas). Que, con Carta Notarial C-4095-2013 de fecha 20 de setiembre de 2013 dirigida a la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores, La Empresa Relima resuelve el Contrato de “Servicio de Transferencia, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos” por falta de pago de manera unilateral. Asimismo, sostiene que a pesar de las reuniones y los ofrecimientos de pago realizados, no se ha cancelado la deuda reconocida por el servicio prestado por el periodo comprendido desde mayo del 2013 hasta la segunda quincena de agosto del 2013, la misma que asciende a la suma de 984,386.24 (Novecientos Ochenta y Cuatro Mil Trescientos Ochenta y Seis con 24/100 nuevos