Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2013 (12/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporacion de los recursos transferidos, dentro de su MORDAZA presupuestal; Que, conforme a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 226-2011/MINSA, que sustituye los Anexos "Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado" y "Definiciones Operacionales", aprobados por la Resolucion Ministerial Nº 240-2009/MINSA, el prestador debera reponer el 100% del consumo reportado; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 910-2011/ MINSA, se modifica el numeral 1 del acapite V.2 Del MORDAZA de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa Nº 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 422-2007/MINSA, en el que se dispone que "Las transferencias de recursos seran programadas por el SIS, a fin de garantizar el oportuno financiamiento de las prestaciones"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 991-2012/ MINSA, se aprueba los Parametros de Negociacion que seran tomados en cuenta para la celebracion de los convenios entre el Seguro Integral de Salud, en su calidad de IAFAS y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) publicas; por lo que, en los Convenios de Gestion suscritos entre el SIS y los Gobiernos Regionales para el financiamiento de las prestaciones del Nivel I de atencion, se establece el mecanismo de pago capitado; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 149-2012/SIS, se aprueba la Guia Tecnica Nº 002-2012-SIS/GNF, "Guia Tecnica para el Calculo del Capita"; Que, en el articulo 19º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se consigna en el presupuesto del pliego del Seguro Integral de Salud, el monto de S/. 94'040,613.00 (Noventa y cuatro millones cuarenta mil seiscientos trece y 00/100 nuevos soles), los que deben ser transferidos a las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales correspondientes, para el pago de bienes y servicios de las prestaciones de salud de los programas presupuestales: Articulado Nutricional, Salud MORDAZA Neonatal, Prevencion y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA y Enfermedades No Transmisibles; Que, de acuerdo a la Directiva Nº 001-2009/SIS/ GF, que regula el Subsidio por Sepelio de Inscritos y Asegurados al SIS, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 148-2009/SIS, que en su titulo VIII DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES, Inciso 8.2 DE LAS ADECUACIONES, IMPLEMENTACIONES Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL, 8.2.3 dispone: "La Oficina de Administracion del SIS (OA), a traves de los sistemas administrativos, formalizara la operacion bancaria para el pago del subsidio a traves de las agencias y/o sucursales del Banco de la Nacion a nivel nacional y/u otra entidad bancaria autorizada por el SIS"; Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, mediante el Memorando Nº 029-2013-SIS/OGPPDO, aprueba las Certificaciones de Credito Presupuestal Nº 047 y 049 para el pago de los subsidios por sepelio; asimismo, mediante el Memorando Nº 453-2013-SIS/OGPPDO aprueba la Certificacion de Credito Presupuestal Nº 0798, por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios para el pago de las prestaciones de salud, informando a la vez que existe disponibilidad presupuestal para la distribucion de transferencias a Nivel de Componente, Finalidad y Fuente de Financiamiento para el mes de octubre 2013; Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgo y Evaluacion de las Prestaciones, de la Oficina General de Administracion de Recursos y con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del articulo 12º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Transferencia total para las Unidades Ejecutoras por la suma de VEINTIOCHO

El Peruano Sabado 12 de octubre de 2013

MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL CIENTO SETENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 28'212,175.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, detallados en el Anexo 01 que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Aprobar el pago directo como subsidio por sepelio a nivel nacional por la suma total de TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TRECE CON 91/100 NUEVOS SOLES, (S/. 3'266,913.91) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00-Recursos Ordinarios y 09-Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de octubre 2013, de acuerdo al siguiente detalle:
00-Recursos Ordinarios 09-Recursos Directamente Recaudados TOTAL S/. 3'257,273.91 S/. 9,640.00

S/. 3'266,913.91

Articulo 3º.- El Titular del Pliego del Gobierno Regional aprueba la desagregacion de los recursos autorizados en la presente MORDAZA, en el nivel funcional programatico, mediante Resolucion Ejecutiva Regional y en el caso del Gobierno Nacional por Resolucion Ministerial, respetando los montos de los programas presupuestarios estrategicos, dentro de los diez (10) dias calendario de la publicacion de la presente Resolucion. La Resolucion Ejecutiva Regional o Resolucion Ministerial debera ser publicada dentro de los cinco (5) dias de aprobada en la pagina web del Gobierno Regional o del Ministerio de Salud. Con relacion a los programas no estrategicos debera considerarse su incorporacion de acuerdo con las prioridades de salud en su Region, la programacion de actividades en el Plan Operativo de cada Unidad Ejecutora y en el MORDAZA de la normatividad vigente. Articulo 4º.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano; asi como publicar en el MORDAZA institucional del Seguro Integral de Salud, el texto de la presente Resolucion y el Anexo 01. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GRILLO MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud 999310-1 RESOLUCION JEFATURAL Nº 193-2013/SIS MORDAZA, 4 de octubre de 2013 VISTOS: El Informe Nº 013-2013-SIS-GNF-SDGN/FLL y Proveido Nº 218-2013-SIS-GNF, emitidos por la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programacion de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional; el Memorando Nº 454-2013-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 029-2013-SIS/ OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF se establecen los principios asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11º de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77º y 78º de la Constitucion Politica del Peru; Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del articulo 12º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se dispone la autorizacion de las transferencias financieras durante el Ano Fiscal 2013, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que esta considerada el Seguro Integral de Salud; aprobandose por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en el primer y MORDAZA parrafo de la Octagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de

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