Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2013 (12/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Sabado 12 de octubre de 2013

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Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgo y Evaluacion de las Prestaciones, de la Oficina General de Administracion de Recursos y con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del articulo 12º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Transferencia total para las Unidades Ejecutoras por la suma de SESENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 62'958,620.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de octubre 2013, detallado en el Anexo 01 que forma parte integrante de la presente Resolucion. ANEXO 01:
00-Recursos Ordinarios

Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se aprobo mediante Decreto Supremo Nº 021-2013-EF, una incorporacion de recursos via Credito Suplementario a favor del Pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, hasta por la suma de S/. 173 773 000,00 (CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), de los cuales S/. 104 000 000,00 (CIENTO CUATRO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) estaban destinados a asegurar las prestaciones dirigidas a reducir la desnutricion cronica infantil en ninos de 0 a 3 anos, lactantes y madres gestantes; Que, el tercer parrafo de la Octagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, dispone que en el caso de los recursos incorporados en el MORDAZA de dicha disposicion en el Pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, para ser destinados a asegurar las prestaciones dirigidas a reducir la desnutricion cronica infantil en ninos de 0 a 3 anos, lactantes y madres gestantes, autoriza a dicho pliego a realizar las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que MORDAZA necesarias a las entidades del Gobierno Nacional, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y la Ministra de Desarrollo e Inclusion Social, a solicitud de esta ultima; Que, mediante Decreto Supremo Nº 181-2013-EF, autorizan la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social a favor de los pliegos Ministerio de Salud y Seguro Integral de Salud, para el financiamiento de acciones dirigidas a reducir la desnutricion cronica infantil; Que, en el caso del Pliego Seguro Integral de Salud se le transfirio SESENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 62 958 620,00) para la atencion a ninos con crecimiento y desarrollo CRED completo para su edad; Que, conforme a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 226-2011/MINSA, que sustituye los Anexos "Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado" y "Definiciones Operacionales", aprobados por Resolucion Ministerial Nº 240-2009/MINSA, el prestador debera reponer el 100% del consumo reportado; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 910-2011/ MINSA, se modifica el numeral 1 del acapite V.2 Del MORDAZA de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa Nº 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 422-2007/MINSA, en el que se dispone que "Las transferencias de recursos seran programadas por el SIS, a fin de garantizar el oportuno financiamiento de las prestaciones"; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 148-2012/SIS, se aprueba la Guia Tecnica Nº 001-2012-SIS/GNF, "Guia Tecnica para el Pago por Preliquidacion"; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 149-2012/SIS, se aprueba la Guia Tecnica Nº 002-2012-SIS/GNF, "Guia Tecnica para el Calculo del Capita"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 991-2012/ MINSA, se aprueba los Parametros de Negociacion que seran tomados en cuenta para la celebracion de los convenios entre el Seguro Integral de Salud, en su calidad de IAFAS y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) publicas; por lo que, en los Convenios de Gestion suscrito entre el SIS y los Gobiernos Regionales para el financiamiento de las prestaciones del Nivel I de atencion, se establece el mecanismo de pago capitado; Que, mediante Memorando Nº 454-2013-SIS/OGPPDO la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional emite opinion favorable sobre la existencia de disponibilidad presupuestal por lo que aprueba la Certificacion de Credito Presupuestal Nº 00800 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios; Que, constituyen principios fundamentales del MORDAZA de ejecucion presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Oficial El Peruano, la distribucion de los recursos que en el MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfieren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Generica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiendoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporacion de los recursos transferidos, dentro de su MORDAZA presupuestal;

{

TOTAL S/. 62'958,620.00 Pago por Capitado S/. 60'913,556.00 Pago por Preliquidacion S/. 2'045,064.00

Articulo 2º.- El Titular del Pliego del Gobierno Regional aprueba la desagregacion de los recursos autorizados en la presente MORDAZA, en el nivel funcional programatico, mediante Resolucion Ejecutiva Regional y en el caso del Gobierno Nacional por Resolucion Ministerial, respetando los montos de los programas presupuestarios estrategicos, dentro de los diez (10) dias calendario de la publicacion de la presente Resolucion. La Resolucion Ejecutiva Regional o Resolucion Ministerial debera ser publicada dentro de los cinco (5) dias de aprobada en la pagina web del Gobierno Regional o del Ministerio de Salud. Con relacion a los programas no estrategicos debera considerarse su incorporacion de acuerdo con las prioridades de salud en su Region, la programacion de actividades en el Plan Operativo de cada Unidad Ejecutora y en el MORDAZA de la normatividad vigente. Articulo 3º.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina General de Imagen Institucional y Transparencia la publicacion de la misma y su Anexo 1 en el MORDAZA de Transparencia de la Institucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GRILLO MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud 999310-2

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Autorizan la ejecucion de la "Encuesta a Establecimientos de Salud en la Atencion del Control de Crecimiento y Desarrollo, Inmunizaciones y Sesiones Demostrativas en menores de 36 meses", en diversas regiones
RESOLUCION JEFATURAL Nº 285-2013-INEI MORDAZA, 9 de octubre del 2013

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