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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (24/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 106

El Peruano Jueves 24 de octubre de 2013 505716 plazos señalados en el artículo primero de la presente ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- LA PRESENTE Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Segunda.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza; así como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia. Tercera.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM. Cuarta.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologías de la Información, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Administración Tributaria y a las unidades orgánicas que la conforman, y a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el cumplimiento de la presente Ordenanza; así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances ante el vecindario. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1004283-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Aprueban la inscripción de diversos bienes inmuebles en los Registros Públicos, a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca ACUERDO DE CONCEJO Nº 188-2013-CMPC Cajamarca, 22 de agosto de 2013 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 21 de Agosto del año 2013, el Ofi cio Nº 048-2013-CAAyF-MPC, de la Comisión de Asuntos Administrativos y Financieros a través del cual remite el Dictamen Nº 24-2013-CAAyF- MPC, Informe Nº 139-2013-MPC-OGA-ULySG-ACP/ EGVG; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordado con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; la Municipalidad Provincial de Cajamarca es una entidad del Estado con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus funciones, goza de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 58º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los bienes inmuebles de las municipalidades se inscriben en los Registros Públicos, a petición del alcalde y por el mérito del Acuerdo de Concejo correspondiente. Que, mediante Informe Nº 139-2013-MPC-OGA- ULySG-ACP/EGVG, la Unidad de Logística y Servicios Generales a través del Área de Control Patrimonial informa de la existencia de predios cuya inscripción necesita ser aprobada por el Concejo a fin de ser inscritos en Registros Públicos. Asimismo, señala que existen predios cuya inscripción ha sido aprobada mediante Acuerdos de Concejo Nº 187-2012-CMPC, 008-2013-CMPC y 056-2013-CMPC, que requieren de presupuesto para seguir el trámite de Ley y poder inscribirse a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca. Que, mediante Dictamen Nº 24-2013-CAAyF-MPC la Comisión de Asuntos Administrativos y Financieros de la Municipalidad Provincial de Cajamarca recomienda al Concejo Municipal la inscripción en el Registro de Predios los inmuebles señalados en el informe antes mencionado. Que, el Pleno del concejo, luego de evaluar el dictamen emitido por la Comisión de Asuntos Administrativos y Financieros y los informes emitidos por el área técnica, determino aprobar la inscripción de dichos inmuebles. Por lo que con el voto unánime de los señores Regidores, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta para tomar el acuerdo y de conformidad con los artículos 17º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades. SE ACORDÓ: Artículo 1º.- APROBAR, la inscripción en los Registros Públicos de la Zona Registral Nº II Sede Chiclayo – Ofi cina Cajamarca, a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, los bienes inmuebles señalados a continuación: Nº NOMBRE DE LA PROPIEDAD UBICACIÓN AREA DE TERRENO (M²) CODIGO PREDIAL LOTIZACION DIRECCIÓN Nº 1 EDUCACION R. HOYOS RUBIO AV. NUEVO CAJAMARCA S/N 152.78 61525 2 TERRENO HUACALOMA JR. SANTA MARIA S/N 168.07 27463 3 TERRENO HUACALOMA PSJE. LUIS TEZZA S/N 165.63 62177 4 TERRENO HUACALOMA PSJE. LUIS TEZZA S/N 294.54 30061 5 TERRENO J.C. MARIATEGUI JR. MARIA GORETTI S/N 116.64 60893 6 RECREACIÓN J.C. MARIATEGUI JR. MARISCAL CACERES S/N 1,013.80 28228 7 AREAS VERDES J.C. MARIATEGUI JR. MARISCAL CACERES S/N 218.73 28016 8 PLATAFORMA DEPORTIVA LAS CASUARINAS PSJE. LOS ROBLES S/N 838.67 59376 9 PLAZUELA EL TAYO PSJE. LOS ZAFIROS 191 1,710.00 18762 10 OTROS USOS EL TAYO JR. LOS TOPACIOS 600 618.34 18798 11 PLATAFORMA DEPORTIVA EL TAYO AV. UNIVERSITARIA 500 1,133.00 18760 12 TERRENO LA INMACULADA PS. VIRGEN DEL ROSARIO S/N 1,280.00 18843 13 TERRENO LA INMACULADA PS. VIRGEN DEL ROSARIO S/N 335.50 18844 14 EDUCACION LOS ANGELES CA. SIN NOMBRE 1 S/N 812.00 18827 Artículo 2º.- ENCARGAR, a la Ofi cina General de Administración para que a través del Área de Control Patrimonial realice la inscripción de los bienes inmuebles referidos en el artículo primero, así como los demás trámites correspondientes de acuerdo a sus facultades y conforme a Ley.