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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (24/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 104

El Peruano Jueves 24 de octubre de 2013 505714 los Usos del Suelo (Plano Nº 01- Anexo Nº01), se establece que el inmueble de 79,200.00 m², sobre el cual se constituye la Urbanización Residencial San Remo II, se encuentra califi cado con las zonifi caciones Residencial de Densidad Media (RDM) y Comercio Vecinal (CV), lo cual es conforme con el uso actual de las edifi caciones; que, respecto a vías, de conformidad con el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 341-MML del 06.DICIEMBRE.2001, el inmueble se encuentra afecto por dos vías: Av. Perú (Bertello)-B en dos tramos: Quilca - Jr. Cuzco, califi cada como vía Colectora con una Sección C-254 variable de 50.00 a 55.00 m.; tramo: Jr. Cuzco-Av. Carlos Izaguirre, califi cada como vía Colectora de Sección C-255, con una sección variable de 30.00 a 35.00 m.; y a la Av. Cuzco tramo: Faucett–Bertello, califi cada como vía Colectora de Sección C-019-A18 de 50.00 m., proponiéndose para este tramo una sección variable de 47.50 a 50.00 m; Que, asimismo, se está respetando las secciones viales normativas vigentes; sin embargo para la Av. Cuzco, de conformidad a lo establecido en el artículo 24-B de la Ley N° 29898 y al artículo 40-D del Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA, en los casos previstos, entre otros el literal e), se encuentra en áreas de uso público o derecho de vía, por lo que, cuando el predio matriz se encuentra afectado parcialmente, puede aprobarse la habilitación Urbana de ofi cio excluyendo la zona afectada, lo cual se está aplicando en el presente caso excluyendo de la aprobación las áreas de los lotes que afectan su trazo; Que, las vías locales propuestas se denominan: Calle San Marcos, Calle Santa Rita, Calle San Juan, Calle Santa María y Jirón Ciclón con una sección de 11.40 m.; y Pasaje San Pedro con una sección de 11.40.00 m., Pasaje Santa Rosa, Pasaje Peregrinos, Pasaje San Antonio y Pasaje San Pablo, con una sección de vía de 8.00 m.; cumpliendo los módulos con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edifi caciones; y respecto a los aportes reglamentarios en aplicación a lo establecido en el artículo 40°, numeral 40.3 del Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA, las habilitaciones urbanas declaradas de ofi cio no se encuentran sujetas a los aportes de la Habilitación Urbana; sin embargo, la urbanización ha dejado un área de 6,028.94 m2 para Recreación Pública, el cual comprende el Parque 01 con 1,116.00 m2, Parque 02 con 3,232.50 m2 y Parque 03 con 1,680.44 m2; que asimismo, se ha dejado un área de 990.98 m2 constituido por el Lote 29 de la Manzana K, correspondiente al aporte para el Ministerio de Educación, por lo que la propuesta resulta conforme; Que, con Informes Nº 395-2013-GDU/MDSMP e Informe N° 991-2013-SGCHU-GDU/MDSMP, la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, respectivamente, luego de evaluar la documentación, eleva la propuesta de declarar Habilitado de Ofi cio el predio con un área de 79,200.00m², constituido por la Parcela 10220 del Fundo Santa Rosa e inscrito en la Ficha Registral Nº 301079 y su continuación en la Partida Electrónica Nº 43931725 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, a favor de CASAPRO S.R.L., y otros copropietarios registrales de acciones y derechos. Que, el Informe Nº 1377-2013-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el presente tramite cumple con las disposiciones establecidas para el procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio, incorporado a la Ley N° 29090 mediante Ley Nº 29898 y Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA, recomendando se emita la respectiva resolución de alcaldía; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano; De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 43 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 29090 - de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, su modifi catoria Ley Nº 29898, así como su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble con un área de 79,200.00m², terreno constituido por la Parcela 10220 del Fundo Santa Rosa e inscrito en la Ficha Registral Nº 301079 y su continuación en la Partida Electrónica Nº 43931725 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, sobre el cual se localiza la Urbanización Residencial San Remo II, ubicada en el Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de la Habilitación Urbana de conformidad con el Plano signado con el Nº 046-2013-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE ÁREAS Área Bruta Total 79,200.00 m² Área Útil (292 lotes) 41,345.09 m² Área para Ministerio de Educación 990.98 m² Área para Recreación Pública 6,028.94 m² Área de Compensación 432.56 m² Área de Vías Metropolitanas 12,733.93 m² Área Excluida de la Habilitación 5,926.95 m² Área de Vías Locales 11,741.55 m² El área de 5,926.95 m² constituido por los Lotes de la Manzana E, del 1 al 13 y del 16 al 20 y 22 de la Manzana E, y Lotes 1al 6, 1A y del 48 al 56 de la Manzana G, queda excluido de habilitación por encontrarse afectando el derecho de vía de la Av. Cuzco (Tramo Faucett – Bertello). Artículo Tercero.- DISPONER la Independización e inscripción en la SUNARP, a favor del Estado y bajo administración de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, del Aporte Reglamentario destinado a Recreación Pública, constituido por el Parque 01 con un área de 1,116.00 m2, Parque 02 con área de 3,232.50 m2 y Parque 03 con un área de 1,680.44 m2; y la Independización a favor del Ministerio de Educación del terreno de 990.98 m² constituido por el Lote 29 de la Manzana K. Artículo Cuarto.- REMITIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia certifi cada de la resolución municipal, Memoria Descriptiva y de los Planos de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano Catastral y Plano de Lotización N° 046-2013-SGCyHU- GDU-MDSMP, para su conocimiento. Artículo Quinto.- COMUNICAR la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales –SBN y al Ministerio de Educación, para los fi nes que corresponda. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en un plazo que no debe exceder los 30 días siguientes de notifi cada la misma, a cargo de los propietarios del predio objeto de la Habilitación Urbana de Ofi cio. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico, para que, de acuerdo a sus competencias, incorporen la Habilitación Urbana de Ofi cio a que se refi ere el artículo Primero de la presente resolución al Plano Urbano del distrito de San Martín de Porres, así como registrar los predios resultantes en el Registro de Contribuyentes de esta corporación municipal. Artículo Octavo.- HACER DE CONOCIMIENTO el presente acto administrativo a la parte interesada e instancias administrativas que correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 1003844-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Modifican la Ordenanza N° 446-MSS que aprueba la regularización de deudas tributarias generadas como producto de la declaración voluntaria del contribuyente ORDENANZA Nº 460-MSS Santiago de Surco, 16 de octubre 2013