Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2013 (24/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano Jueves 24 de octubre de 2013

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- Aumentar los ingresos por inscripcion de nuevos contribuyentes y de los contribuyentes que omitieron en sus declaraciones juradas consignar la valorizacion de sus predios, para recuperar las diferencias dejadas de cobrar. Que, para tal efecto, senala la modificacion de los plazos de MORDAZA de las solicitudes de inspeccion (hasta el 31.10.2014), y para la realizacion de las mismas (hasta el 14.11.2014), asi como para presentar las Declaraciones Juradas conforme a los datos obtenidos de la fiscalizacion tributaria realizada (dentro de los 15 dias calendarios siguientes a la inspeccion de predios); Que, con Memorandum Nº 548-2013-GAT-MSS del 26.09.2013, la Gerencia de Administracion Tributaria, remite el precitado Informe, asi como la propuesta de Ordenanza que aprueba la modificacion de la Ordenanza Nº 446-MSS para la Regularizacion de Deudas Tributarias Generadas como Producto de la Declaracion Voluntaria del Contribuyente, con el fin de modificar las condiciones y ampliar el plazo de vigencia de la misma (a partir del dia siguiente de su publicacion y hasta el 31.12.2014), senalando que dicho proyecto de ordenanza, se encuentra dentro de las excepciones establecidas en el numeral 3.2) del Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general", considerando innecesaria su prepublicacion, por cuanto la propuesta normativa contiene un beneficio tributario de caracter temporal para los contribuyentes; Que, mediante Informe Nº 741-2013-GAJ-MSS del 30.09.2013, la Gerencia de Asesoria Juridica, teniendo en cuenta la documentacion generada, asi como la normativa vigente, concluye emitiendo opinion por considerar procedente la presente propuesta de Ordenanza; Estando al Dictamen Conjunto Nº 26-2013-CGMCAJ-MSS, de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos, el Informe Nº 741-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y de conformidad con lo dispuesto por los Articulos 9º incisos 8) y 9) 39º y 40º de la Ley Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DE LA ORDENANZA PARA LA REGULARIZACION DE DEUDAS TRIBUTARIAS GENERADAS COMO PRODUCTO DE LA DECLARACION VOLUNTARIA DEL CONTRIBUYENTE Articulo Primero.- MODIFICAR los literales b) y d) del Articulo Tercero de la Ordenanza Nº 446-MSS que aprueba la Ordenanza para la "Regularizacion de Deudas Tributarias Generadas Producto de la Declaracion Voluntaria del Contribuyente", debiendo quedar redactado de la siguiente manera: "Articulo Tercero: CONDICIONES GENERALES Son requisitos para acogerse a los beneficios dispuestos por la presente ordenanza: (...) b) En caso de inspeccion a solicitud de parte, esta debera presentarse a partir de la vigencia de la presente ordenanza y hasta el 31 de octubre de 2014, a efectos de realizar las inspecciones correspondientes hasta el 14 de noviembre de 2014. (...) d) Presentar ante cualquiera de los Centros de Atencion Surcanos, la correspondiente declaracion jurada tributaria, conforme a los datos verificados en la inspeccion, debidamente firmada por el contribuyente o su representante acreditado, dentro de los treinta (30) dias calendarios siguientes de realizada la inspeccion del predio. Si este plazo vence en dia inhabil, se considerara vencido al primer dia habil siguiente. (...)". Articulo Segundo.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 446-MSS, que aprobo la Ordenanza para la "Regularizacion de Deudas Tributarias Generadas Producto de la Declaracion Voluntaria del Contribuyente", hasta el 31 de diciembre de 2014, tomando en cuenta los

EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 26-2013-CGM-CAJMSS, de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos, la Carta Nº 3424-2013-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorandum Nº 887-2013-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 741-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 548-2013-GAT-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria, el Informe Nº 78-2013-SGCT-GAT-MSS de la Subgerencia de Control Tributario, sobre proyecto de Ordenanza que aprueba la modificacion de la Ordenanza Nº 446-MSS para la Regularizacion de Deudas Tributarias Generadas como Producto de la Declaracion Voluntaria del Contribuyente; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 28607, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley, estableciendo adicionalmente que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Asimismo, el Articulo 41º de la misma MORDAZA, modificado por Decreto Legislativo Nº 981, senala que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de ley y que, excepcionalmente, los gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar el tributo; Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. (...)". Asimismo el Articulo 9º inciso 8) de la misma MORDAZA, senala que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, con Ordenanza Nº 446-MSS publicada con fecha 10.03.2013, se aprueba la Ordenanza para la regularizacion de Deudas Tributarias Generadas como Producto de la Declaracion Voluntaria del Contribuyente, la cual tiene por objeto incentivar la declaracion voluntaria de inscripcion y/o rectificacion de predios y la regularizacion de la deuda tributaria que estas generen; Que, mediante Informe Nº 78-2013-SGCT-GAT-MSS de fecha 20.09.2013, la Subgerencia de Control Tributario propone ampliar la vigencia de la MORDAZA tributaria aprobada por la Ordenanza Nº 446-MSS, la cual vence el 31.10.2013, a fin de que: - Los contribuyentes que aun no hayan sincerado la condicion de sus predios, evaluen el saneamiento de sus obligaciones tributarias, proponiendole los beneficios de la referida campana.

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