TEXTO PAGINA: 94
El Peruano Jueves 24 de octubre de 2013 505704 gobierno y de la sociedad, con la fi nalidad de proteger la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado; Que, respecto a la integración de las políticas, el artículo 7° de la Ley en mención, señala que la Gestión del Riesgo de Desastres comparte instrumentos, mecanismos y procesos con otras políticas del Estado y con las políticas internacionales asegurando la adecuada integración y armonización de criterios, con especial énfasis en las políticas vinculadas a salud, educación, ciencia y tecnología, planifi cación del desarrollo, ambiente, inversión pública, seguridad ciudadana, control y fi scalización, entre otras; Que, el inciso 14.1 del artículo 14º de la citada Ley N° 29664, establece a los gobiernos regionales y gobiernos locales, como integrantes del SINAGERD, que formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fi scalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los Lineamientos del ente rector, en concordancia con lo establecido en dicha ley y su reglamento; Que, asimismo, el inciso 14.2 del referido artículo 14º, señala que los presidentes de los gobiernos regionales y los alcaldes son las máximas autoridades responsables de los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres dentro de sus respectivos ámbitos de competencia; de modo que sus gobiernos regionales y locales son los principales ejecutores de las acciones de gestión del riesgo de desastres; Que, en tal sentido el Reglamento de la referida Ley N° 29664 aprobado mediante el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, establece en el artículo 19°, que las Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentes de participación, coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas, que se constituyen en elementos de apoyo para la preparación, respuesta y rehabilitación; Que, el numeral 19.3 de la norma en mención, señala que el Presidente del Gobierno Regional y el Alcalde respectivamente, constituyen, presiden y convocan las Plataformas, por lo cual la Municipalidad Metropolitana de Lima, debe conformar la Plataforma de Defensa Civil para la Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia metropolitana, la misma que debe ser presidida por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, que es la Alcaldesa Metropolitana; Que, la Resolución Ministerial N° 180-2013-PCM de fecha 10 de julio del 2013, que aprueba los Lineamientos para la Organización, Constitución y Funcionamiento de las Plataformas de Defensa Civil, dictados por INDECI, establece en su Disposición Complementaria que “Los titulares de los Gobiernos Regionales y Locales, en un plazo que no excederá los 45 días hábiles, contados desde la fecha de entrada en vigencia de la presente directiva, expedirán el Resolutivo correspondiente constituyendo la Plataforma de Defensa Civil, la misma que será comunicada al INDECI, quien a su vez dará cuenta a la Presidencia del Consejo de Ministros; por tanto, resulta necesario aprobar una Resolución que constituya la Plataforma de Defensa Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la formulación de normas, planes, evaluación, organización, supervisión, fi scalización y ejecución de los procesos de Gestión del Riesgos de Desastres, dentro del marco de las funciones establecidas en la Ley N° 29664 Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento; Estando a lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la creación de la Plataforma de Defensa Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la formulación de normas, planes, evaluación, organización, supervisión, fi scalización y ejecución de los procesos de Gestión del Riesgos de Desastres, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Las funciones correspondientes a la Presidencia, Secretaría Técnica y demás integrantes de la Plataforma, serán las establecidas en los Lineamientos para la Organización y Funcionamiento de las Plataformas de Defensa Civil, aprobado mediante resolución Ministerios Nº 180-2013-PCM y demás normas aplicables. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Alcaldía con su respectivo anexo en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el mismo día. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa ANEXO I PLATAFORMA DE DEFENSA CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA PRESIDENTE: Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de Lima SECRETARIA TECNICA: Subgerencia de Defensa Civil de la MML INTEGRANTES: 1. Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana - DRELM. 2. Ministerio de SALUD 3. Representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú – CGBVP. 4. Representante de la Sociedad Nacional de Industrias- SNI. 5. Representante del Programa de las Naciones Unidas – PNUD. 6. Representante del Centro de Estudios de Prevención de Desastres PREDES. ONG especializada en Gestión de Riesgos. 7. Representante de Soluciones Prácticas. ONG especializada en Gestión de Riesgos. 8. Representante de la Asamblea Nacional de Rectores – ANR. 9. Representante Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. - SEDAPAL 10. Representante de Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A.A. - EDELNOR 11. Representante de LUZ DEL SUR 12. Representante de Gas Natural de Lima y Callao S.A. - CÁLIDDA 13. Representante de CRUZ ROJA DEL PERU 14. Representante de CARITAS DEL PERU 15. Representante del Instituto Nacional de Defensa Civil - NDECI 16. Representante del Colegio de Ingenieros 17. Representante de la Sociedad Nacional de Radio y Televisión 18. Representante de Grassroods Organizations Operating Together in Sisterhood GROOTS PERU 19. Representante de Paz y Esperanza 20. Representante del Seguro Social de Salud - ESSALUD. 21. Región Policial Lima. 1003869-1 MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA Aprueban el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad ORDENANZA Nº 108-MCPSMH Santa María de Huachipa, 27 de septiembre de 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DEL C.P. SANTA MARIA DE HUACHIPA