Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2013 (29/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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El Peruano Martes 29 de octubre de 2013

nombramiento y designacion de funcionarios publicos", y el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a partir de la fecha al Procurador Publico del Ministerio de Defensa como representante titular del Ministerio de Defensa ante la Comision Evaluadora de la Ley de Arrepentimiento (CELA). Articulo 2º.- Designar a partir de la fecha al Procurador Publico Adjunto del Ministerio de Defensa, como representante alterno del Ministerio de Defensa ante la Comision Evaluadora de la Ley de Arrepentimiento (CELA). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1006640-1

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1006328-2

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban adenda al contrato de "Servicios con Participantes", a ser suscrito con la empresa Cavali S.A. ICLV
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 310-2013-EF/43 MORDAZA, 28 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el numeral 46.1 del articulo 46 del Texto Unico Ordenado (T.U.O.) de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, establece que el Ministerio de Economia y Finanzas esta autorizado para contratar los servicios de asesoria legal y financiera especializados, vinculados directa o indirectamente al objeto de la citada Ley, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan mediante Decreto Supremo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2006-EF y sus modificatorias se aprobo el Procedimiento para la Contratacion de Servicios de Asesoria Legal y Financiera Especializados en el MORDAZA de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, disponiendo en el numeral 8.2 del articulo 8 de la citada MORDAZA, que se consideran servicios vinculados indirectamente a las operaciones de endeudamiento publico o de administracion de deuda, para efectos de lo dispuesto en el numeral 46.1 del articulo 46 de la Ley General, entre otros, los servicios de CAVALI; Que, por su parte, el articulo 9 del Decreto Supremo Nº 033-2006-EF, senala que las contrataciones de los servicios senalados en el considerando precedente, seran efectuadas por la Oficina General de Administracion a requerimiento de la Direccion Nacional de Endeudamiento Publico, hoy Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico; Que, asimismo el numeral 9.1 del articulo 9º del mencionado Procedimiento dispone que cuando los servicios son prestados por proveedores unicos, la Oficina General de Administracion procedera a su contratacion directa, previo a lo cual debera cumplirse con realizar las acciones que dicho numeral senala, agregando la MORDAZA Disposicion Final que la interpretacion de las disposiciones contenidas en dicho Procedimiento es competencia de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico hoy Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico; Que, con Resolucion Ministerial Nº 185-2013-EF/43 se aprobo el contrato remitido por la Oficina General de Administracion y Recursos Humanos referido a "Servicios con Participantes", a ser suscrito entre el Ministerio de Economia y Finanzas y la empresa Cavali S.A. ICLV. Asimismo, se autorizo al Director General de la Oficina

Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comision Evaluadora de la Ley de Arrepentimiento (CELA)
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 941-2013-DE/SG MORDAZA, 28 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley Nº 25499 "Ley de Arrepentimiento", establecio los beneficios de reduccion, exencion y remision de la pena a quienes hubieran participado o se encuentran incursos en la comision del Delito de Terrorismo previsto en el Decreto Ley Nº 25475; Que, el inciso "f" del articulo 45º del Decreto Supremo Nº 015-93-JUS Reglamento de la Ley del Arrepentimiento sobre Delito de Terrorismo, senala que la Comision Evaluadora de la Ley de Arrepentimiento (CELA) de caracter nacional y permanente, dependiente del Ministerio del Interior, tiene por finalidad evaluar, coordinar y supervisar la ejecucion de los beneficios establecidos en la Ley de Arrepentimiento y su Reglamento, manteniendo relaciones de coordinacion con todos los organismos e instituciones del Estado comprometidos en la pacificacion y desarrollo del pais; Comision que debe contar entre sus integrantes con un representante del Ministerio de Defensa; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 322-2012 DESG del 19 de marzo de 2012 se designo al senor Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Sector en la Comision mencionada en el considerando precedente; Que, estando al pedido formulado por la Presidenta de la Comision Evaluadora de la Ley de Arrepentimiento ­CELA, resulta necesaria la designacion de los representantes titular y alterno del Ministerio de Defensa para que integren la Comision Evaluadora de la Ley de Arrepentimiento (CELA), de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 8º de la Resolucion Ministerial Nº 0038-2008-JUS, que aprobo el Reglamento Interno de la CELA; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 "Ley que regula la participacion del poder ejecutivo en el

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