Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2013 (29/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Martes 29 de octubre de 2013

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Reunion Semestral Bilateral de Autoridades Fronterizas MORDAZA - Ilo y en el Ejercicio Combinado de Control de Contaminacion en el Ambito Maritimo MORDAZA 2013. 1. Capitan de Navio 2. Capitan de Fragata 3. Cabo MORDAZA MORDAZA PONS MORDAZA MORDAZA AROS Conejeros MORDAZA COLLAO Munoz

Articulo 2°.- Los gastos que se deriven del cumplimiento del articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, seran realizados con cargo a los recursos presupuestarios autorizados para el Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el senor MORDAZA presentara a la Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en el evento al que asistira; asimismo, presentara la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4°.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1006359-1

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1006328-1

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de MORDAZA y Bolivia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 937-2013-DE/SG MORDAZA, 25 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 836 del 15 de octubre de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Carta G.500-4077 del 21 de octubre de 2013, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica de Chile; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 6 al 8 de noviembre de 2013, a fin de participar en la MORDAZA Reunion Semestral Bilateral de Autoridades Fronterizas MORDAZA - Ilo y en el Ejercicio Combinado de Control de Contaminacion en el Ambito Maritimo MORDAZA 2013; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica de MORDAZA detallado a continuacion, del 6 al 8 de noviembre de 2013, a fin que participen en la MORDAZA

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 938-2013/DE/SG MORDAZA, 25 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 751 del 18 de setiembre de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia, sin MORDAZA de guerra; Que, con Carta G.500-4081 del 21 de octubre de 2013, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 17 al 20 de noviembre de 2013, a fin de participar como observadores en el ejercicio de contaminacion por hidrocarburos que se realizara en la jurisdiccion de la Capitania Guardacostas Maritima de Ilo; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia detallado a continuacion, del 17 al 20 de noviembre de 2013, a fin que participen como observadores en el ejercicio de contaminacion por hidrocarburos que se realizara en la jurisdiccion de la Capitania Guardacostas Maritima de Ilo.
1. Capitan de Navio 2. Capitan de Fragata MORDAZA MORDAZA PINELL Bejar MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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