Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2013 (12/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano Jueves 12 de setiembre de 2013

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Superior de Justicia de MORDAZA, confirmo la Resolucion N.° 2 de fecha 26 de junio de 2013 emitida por el Juzgado de Investigacion Preparatoria. - Asimismo, adjunta el Oficio N.° 750-2013-INPE/20411-JPR remitido al Juez de Investigacion Preparatoria de MORDAZA por el Jefe del Registro Penitenciario E.P. Huancayo, mediante el cual comunica que MORDAZA Rubostiano MORDAZA MORDAZA ingreso al Establecimiento Penitenciario de Huancayo con fecha 3 de MORDAZA de 2013. CONSIDERANDOS 1. Conforme a lo dispuesto en el articulo 25, numeral 3, de la LOM, el ejercicio del cargo de MORDAZA o regidor se suspende, por acuerdo de concejo, por el tiempo que dure el mandato de detencion. Esta causal de suspension en el ejercicio del cargo tiene por finalidad cautelar el buen funcionamiento de los organos de gobierno subnacionales. Ello en razon de que si la autoridad se encuentra detenida o en clandestinidad no podra ejercer las funciones propias de su cargo. Asimismo, este Supremo Tribunal Electoral considera que basta que el mandato de detencion MORDAZA sido emitido y se encuentre vigente para que concurra la causal de suspension del ejercicio del cargo, como ya ha sido expuesto en las Resoluciones N.° 920-2012-JNE, N.° 1077-2012-JNE, N.° 931-2012-JNE, N.° 932-2012-JNE, N.° 928-2012-JNE, N.° 1129-2012-JNE, entre otras, en las que el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones ha valorado que el mandato de detencion sea actual y que MORDAZA sido ordenado de manera oportuna por el organo jurisdiccional competente. 2. Respecto de la situacion juridica del MORDAZA MORDAZA Rubostiano MORDAZA MORDAZA este se encuentra recluido en el Establecimiento Penal de Huamancaca Chico desde el 3 de MORDAZA de 2013, de acuerdo a la informacion proporcionada por el juez de investigacion preparatoria de la Corte Superior de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante el Oficio N.° 0601-2013-(EXP. 01484-2013-61)-JIPCH-CSJJU-PJ, en cumplimiento del mandato de prision preventiva, por el plazo de nueve meses, declarado por el Juzgado Penal de Investigacion Preparatoria de Chupaca, el mismo que fue confirmado por la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de la Corte Superior de MORDAZA, mediante resolucion de fecha 15 de MORDAZA de 2013. 3. Pese a los defectos formales advertidos respecto a que no ha transcurrido el plazo de cinco dias entre la convocatoria y la sesion extraordinaria, no puede, sin embargo, desconocerse la existencia de un mandato de detencion vigente en contra del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chacapampa, mas aun si se encuentra internado en el referido establecimiento penitenciario. 4. Como se ha expresado, la causal de suspension de autoridades municipales de eleccion popular, por mandato de detencion, debe ser interpretada atendiendo a la finalidad constitucional y legitima que esta persigue: garantizar la continuidad y normal desarrollo de la gestion municipal, que puede resultar entorpecida por la imposibilidad del MORDAZA o regidor de ejercer las funciones y competencias propias de su cargo. Atendiendo a ello, resultaria inoficioso que se declare la nulidad del acuerdo de concejo que aprobo la suspension como la de la notificacion de la convocatoria a la sesion, toda vez que el resultado que se obtendria seria el mismo, ya que la cuestion se circunscribe a dar cumplimiento a lo dispuesto por una resolucion judicial emitida por el juez penal. 5. Por tales motivos, tomando en consideracion que el articulo 14.2.3 de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que son actos administrativos afectados por vicios no trascendentes y que ameritan ser conservados, como aquellos cuya realizacion correcta no hubiera impedido o cambiado el sentido de la decision final en aspectos importantes, y en aras de optimizar los principios de economia y celeridad procesal, este organo colegiado considera que debe disponerse la suspension de MORDAZA Rubostiano MORDAZA MORDAZA, en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chacapampa.

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de MORDAZA y regidora de la Municipalidad Distrital de Chacapampa, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N.° 811-A-2013-JNE Expediente N.° J-2013-0832 CHACAPAMPA - HUANCAYO - MORDAZA MORDAZA, veintisiete de agosto de dos mil trece VISTO el Oficio N.° 033-2013-A-MDCH/H, sobre solicitud de convocatoria de candidato no proclamado por declaratoria de suspension presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chacapampa, con fecha 8 de MORDAZA de 2013, mediante el cual remite copias del acta de sesion extraordinaria, de fecha 3 de MORDAZA de 2013, que aprueba la suspension del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chacapampa, provincia de Huancayo, departamento de Junin. ANTECEDENTES Con fecha 8 de MORDAZA del ano en curso, mediante el oficio del visto, la Municipalidad Distrital de Chacapampa remite MORDAZA fedateada del acta de sesion extraordinaria, de fecha 3 de MORDAZA de 2013, que aprueba la suspension de MORDAZA Rubostiano MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la referida comuna, por la causal establecida en el articulo 25, numeral 3, de la Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), referente a la existencia de un mandato de detencion (foja 3 a 6). Asimismo, mediante Resolucion de Concejo N.° 001-2013-MDCH/H de fecha 6 de MORDAZA de 2013 se declaro consentido el referido acuerdo, y adicionalmente, se nombro en su lugar al MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (foja 17). En ese sentido, por medio del Oficio N.° 32112013-SG/JNE, la Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones solicita al MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chacapampa que cumpla con remitir la MORDAZA de notificacion al MORDAZA del acuerdo de la sesion extraordinaria (foja 23). En respuesta a dicho requerimiento, se remite, por medio del Oficio N.° 041-2013-A-MDCH/H, MORDAZA certificada del Acuerdo de Concejo N.° 02-2013-A/MDCH, de fecha 4 de MORDAZA, y la Resolucion N.° 001-2013-MDCH/H, de fecha 6 de MORDAZA de 2013 (foja 31 a 32). Asi tambien, mediante Oficio N.° 043-2013-A-MDCH/H se presenta a este colegiado MORDAZA certificada de los cargos de la notificacion realizada a los regidores de la convocatoria a sesion extraordinaria y la constancias de aviso y de notificacion llevadas a cabo el 26 y 27 de junio del presente ano, al no encontrarse en su domicilio el cuestionado MORDAZA (foja 34 a 36). Asimismo, por medio del Oficio N.° 3213-2013-SG/JNE, la Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones solicito al Juzgado de Investigacion Preparatoria de Chupaca que informe a este organo electoral cual es la actual situacion juridica de MORDAZA Rubostiano MORDAZA MORDAZA (foja 26). Al respecto, y por medio del Oficio N.° 06012013-(EXP. 01484-2013-61)-JIPCH-CSJJU-PJ, recibido en fecha 13 de agosto de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, juez del mencionado juzgado, remite copias certificadas de las resoluciones que establecen la situacion juridica de MORDAZA Rubostiano MORDAZA MORDAZA (foja 37 a 56). Asi, se informa que: - Por medio de la Resolucion N.° 2, de fecha 26 de junio de 2013, el Juzgado de Investigacion Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA declaro fundado el requerimiento de prision preventiva contra MORDAZA Rubostiano MORDAZA MORDAZA por la comision de los delitos contra la Administracion Publica, en su modalidad de peculado y colusion, en agravio de la Municipalidad Distrital de Chacapampa. - Posteriormente, en fecha 15 de MORDAZA de 2013, la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de la Corte

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