NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (18/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 46
El Peruano Miércoles 18 de setiembre de 2013 503172 la Comisión de Invenciones y Nuevas Tecnologías, por un período adicional de cinco (05) años. Artículo 3º.- Designar al señor Juan Martín Rodríguez Rodríguez como miembro de la Comisión de Invenciones y Nuevas Tecnologías. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 989415-4 Designan miembros de la Comisión de Derecho de Autor del Indecopi RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 196-2013-INDECOPI/COD Lima, 17 de septiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1033, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del artículo 22º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Directorio del Indecopi Nº 069-2008-INDECOPI/DIR publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 24 de agosto de 2008, el Directorio del Indecopi (ahora Consejo Directivo) designó al señor Luis Alvaro Gutiérrez Bendezú, en el cargo de miembro de la Comisión de Derecho de Autor; Que, habiendo transcurrido el plazo de cinco (05) años de la designación del referido Comisionado realizada mediante Resolución Nº 069-2008-INDECOPI/DIR, resulta pertinente efectuar la reconformación de la Comisión de Derecho de Autor, a fi n de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del Indecopi; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 16 de septiembre de 2013, con la opinión favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación, por vencimiento de mandato, del señor Luis Alvaro Gutiérrez Bendezú, como miembro de la Comisión de Derecho de Autor, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2º.- Designar a la señorita Viana Elisa Rodríguez Escobar y al señor Jean Carlo Costa Gálvez como miembros de la Comisión de Derecho de Autor. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 989415-5 Designan miembros de la Comisión de Protección al Consumidor N° 1 del Indecopi RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 197-2013-INDECOPI/COD Lima, 17 de septiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Legislativo N° 1033, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del artículo 22° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Directorio del Indecopi Nº 070-2008-INDECOPI/DIR publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 24 de agosto de 2008, el Directorio del Indecopi (ahora Consejo Directivo) designó al señor Jaime Miranda Souza Díaz en el cargo de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor, ahora Comisión de Protección al Consumidor N° 1; Que, habiendo transcurrido el plazo de cinco (05) años de la designación del referido Comisionado realizada mediante Resolución N° 070-2008-INDECOPI/DIR, resulta pertinente efectuar la reconformación de la Comisión de Protección al Consumidor N° 1, a fi n de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del Indecopi; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 16 de septiembre de 2013, con la opinión favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación, por vencimiento de mandato, del señor Jaime Miranda Souza Díaz, como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 1, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2°.- Designar a la señora Carmen Jacqueline Gavelán Díaz y al señor Jose Ricardo Wenzel Ferradas como miembros de la Comisión de Protección al Consumidor N° 1. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 989415-6 Designan miembros de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 198-2013-INDECOPI/COD Lima, 17 de septiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1033, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del artículo 22º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Directorio del Indecopi Nº 070-2008-INDECOPI/DIR publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 24 de agosto de 2008, el Directorio del Indecopi (ahora Consejo Directivo) estableció la conformación de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas;