NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (18/09/2013)
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TEXTO PAGINA: 47
El Peruano Miércoles 18 de setiembre de 2013 503173 Que, habiendo transcurrido el plazo de cinco (05) años de la designación de los Comisionados realizada mediante Resolución Nº 070-2008-INDECOPI/DIR, resulta pertinente efectuar la reconformación de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, a fi n de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del Indecopi; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 16 de septiembre de 2013, con la opinión favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación, por vencimiento de mandato, de los señores Jorge Fernando Chávez Álvarez, Alfredo Melchor Mendiola Cabrera y Jose Luis Sardón de Taboada, como miembros de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, dándoseles las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2º.- De conformidad con el artículo 22º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, designar al señor Eduardo García-Godos Meneses como miembro de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, por un período adicional de cinco (05) años. Artículo 3º.- Designar a los señores Luis Ricardo Quesada Oré, Cristian Ubía Alzamora y Rafael Alejandro Vera Tudela Wither como miembros de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 989415-7 Designan miembros de la Comisión de Procedimientos Concursales del Indecopi RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 200-2013-INDECOPI/COD Lima, 17 de septiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1033, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del artículo 22º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Directorio del Indecopi Nº 070-2008-INDECOPI/DIR publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 24 de agosto de 2008, el Directorio del Indecopi (ahora Consejo Directivo) estableció la conformación de la Comisión de Procedimientos Concursales; Que, habiendo transcurrido el plazo de cinco (05) años de la designación de los Comisionados realizada mediante Resolución Nº 070-2008-INDECOPI/DIR, resulta pertinente efectuar la reconformación de la Comisión de Procedimientos Concursales, a fi n de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del Indecopi; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 16 de septiembre de 2013, con la opinión favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación, por vencimiento de mandato, de la señora Carmen Leonor Padrón Freundt y Adolfo Fernando Tori Tori, como miembros de la Comisión de Procedimientos Concursales, dándoseles las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2º.- De conformidad con el artículo 22º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, designar a la señora María Amanda Velásquez Escalante y al señor Pablo Fernando Sarria Arenas, como miembros de la Comisión de Procedimientos Concursales, por un período adicional de cinco (05) años. Artículo 3º.- Designar a la señora Carmen del Pilar Robles Moreno y al señor Jaime Ricardo Dupuy Ortiz de Zevallos, como miembros de la Comisión de Procedimientos Concursales. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 989415-8 Designan miembros de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 201-2013-INDECOPI/COD Lima, 17 de septiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1033, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del artículo 22º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Directorio del Indecopi Nº 070-2008-INDECOPI/DIR publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 24 de agosto de 2008, el Directorio del Indecopi (ahora Consejo Directivo) estableció la conformación de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal; Que, habiendo transcurrido el plazo de cinco (05) años de la designación de los Comisionados realizada mediante Resolución Nº 070-2008-INDECOPI/DIR, resulta pertinente efectuar la reconformación de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal, a fi n de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del Indecopi; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 16 de septiembre de 2013, con la opinión favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación, por vencimiento de mandato, de los señores Ramón Bueno-Tizón Deza y Luis Angel Concha Sequeiros, como miembros de la Comisión de Fiscalización de la