Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2014 (04/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Viernes 4 de MORDAZA de 2014

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transferencias bancarias, las cuales estaran respaldas por un Mandato Irrevocable de Debito Automatico respecto a sus cuentas ordinarias en dolares americanos y nuevos soles en el Banco Central de Reserva del Peru. Articulo 2º.- Autoricese al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico a suscribir, en representacion del Ministerio de Economia y Finanzas, el Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba en el articulo precedente, asi como toda documentacion necesaria para su implementacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1070433-2

pagos respectivos a cargo de COFIDE correspondientes al servicio de deuda de la operacion de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo N° 284-2012EF, se efectuen mediante transferencias bancarias, las cuales estaran respaldas por un Mandato Irrevocable de Debito Automatico respecto a sus cuentas ordinarias en dolares americanos y nuevos soles en el Banco Central de Reserva del Peru; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, el Decreto Supremo N° 2842012-EF y la Resolucion Suprema N° 077-2013-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, y la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, mediante el cual se establecen los terminos y condiciones para el traspaso de los recursos de la operacion de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo Nº 284-2012EF y del Aporte Financiero No Reembolsable aceptado con la Resolucion Suprema N° 017-2013-EF; asi como lo relativo al pago del servicio de la deuda correspondiente a la referida operacion de endeudamiento externo. Los recursos requeridos para la atencion del servicio de la deuda de la operacion de endeudamiento externo aprobado por el Decreto Supremo N° 284-2012-EF, seran proporcionados por COFIDE al Ministerio de Economia y Finanzas, mediante

Modifican fechas establecidas en el Anexo 1 "Cronograma de Reuniones para la Revision de la Programacion Multianual del Gasto Publico Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales", asi como el Anexo N° 1/GL "Cuadro de Plazos Programacion y Formulacion de Gobiernos Locales", de la Directiva N° 003-2014-EF/50.01
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 008-2014-EF/50.01 MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2014

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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