Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2014 (04/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Viernes 4 de MORDAZA de 2014

520301
precedente se publiquen en el MORDAZA institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (www. trabajo.gob.pe) el mismo dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha accion el Jefe de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 1070035-1

414-2014-MTPE/2/14 de la Direccion General de Trabajo y el Informe Nº 308-2014-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, los articulos 10 y 11 de la Constitucion Politica del Peru establecen que el Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social y garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a traves de entidades publicas, privadas o mixtas; Que, la Ley Nº 30003, Ley que regula el Regimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, senala en su articulo 5 que los trabajadores pesqueros bajo relacion de dependencia a cargo del armador y que se encuentren asi registrados, pueden optar por afiliarse al Regimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros o al Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, previa informacion brindada conforme al articulo 8, de acuerdo con lo dispuesto en la referida ley, su reglamento y las demas disposiciones complementarias aplicables; Que, el articulo 8 de la Ley Nº 30003, Ley que regula el Regimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, establece que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, la Oficina de Normalizacion Previsional y la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones deberan aprobar una cartilla informativa sobre las caracteristicas, las diferencias y demas peculiaridades del Regimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros y del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, en el ambito de sus competencias; la cual debe incluir, como minimo, la informacion sobre los costos previsionales, los requisitos de acceso, los beneficios y las modalidades de pension que otorga cada sistema y la informacion relacionada con los criterios para determinar la pension; Que, conforme al mandato legal anteriormente referido, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ha elaborado la referida cartilla informativa en coordinacion con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y la Oficina de Normalizacion Previsional; Que, en merito a las consideraciones expuestas, la Oficina General de Asesoria Juridica del Sector opina, mediante Informe Nº 308-2014-MTPE/4/8, por la procedencia de la emision de la resolucion ministerial que aprueba la cartilla informativa a que se refiere el articulo 8 de la Ley Nº 30003, Ley que regula el Regimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros; Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, del Director General de Trabajo y del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 25 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30003, Ley que regula el Regimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros; la Ley N° 29381, Ley de organizacion y funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la "Cartilla Informativa" a que se refiere el articulo 8 de la Ley Nº 30003, Ley que regula el Regimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, mediante la que se informa sobre las caracteristicas, las diferencias y demas peculiaridades del Regimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros y del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones; la misma que en anexo forma parte integrante de la presente resolucion ministerial. Articulo 2º.- Disponer que la presente resolucion ministerial y el anexo a que hace referencia el articulo

VIVIENDA
Designan representantes titular y alterna del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ante la Comision Nacional sobre el Cambio Climatico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 109-2014-VIVIENDA MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Oficio Multiple N° 09-2014-MINAM/ DVMDERN del Viceministro de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2009MINAM, modificado por Decreto Supremo N° 015-2013MINAM, se ha adecuado la conformacion de la Comision Nacional sobre el Cambio Climatico, que tiene por funcion general realizar el seguimiento de los diversos sectores publicos y privados concernidos en la materia, a traves de la implementacion de la Convencion MORDAZA sobre el Cambio Climatico, asi como el diseno y promocion de la Estrategia Nacional de Cambio Climatico, cuyo contenido debe orientar e informar en este tema a las estrategias, planes y proyectos de desarrollo nacionales, sectoriales y regionales; Que, la Comision mencionada en el considerando precedente esta constituida, entre otros, por un representante titular y uno alterno, del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los cuales es necesario designar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y el Decreto Supremo N° 006-2009-MINAM, modificado por el Decreto Supremo N° 015-2013-MINAM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la ingeniera Tula MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante titular, y a la ingeniera Rossy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante alterna, del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, ante la Comision Nacional sobre el Cambio Climatico, a que se refiere el Decreto Supremo N° 0062009-MINAM modificado por el Decreto Supremo N° 0152013-MINAM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1069913-1

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