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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (04/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Viernes 4 de abril de 2014 520301 414-2014-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo y el Informe Nº 308-2014-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 10 y 11 de la Constitución Política del Perú establecen que el Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social y garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a través de entidades públicas, privadas o mixtas; Que, la Ley Nº 30003, Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, señala en su artículo 5 que los trabajadores pesqueros bajo relación de dependencia a cargo del armador y que se encuentren así registrados, pueden optar por afi liarse al Régimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros o al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, previa información brindada conforme al artículo 8, de acuerdo con lo dispuesto en la referida ley, su reglamento y las demás disposiciones complementarias aplicables; Que, el artículo 8 de la Ley Nº 30003, Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Ofi cina de Normalización Previsional y la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones deberán aprobar una cartilla informativa sobre las características, las diferencias y demás peculiaridades del Régimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros y del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, en el ámbito de sus competencias; la cual debe incluir, como mínimo, la información sobre los costos previsionales, los requisitos de acceso, los benefi cios y las modalidades de pensión que otorga cada sistema y la información relacionada con los criterios para determinar la pensión; Que, conforme al mandato legal anteriormente referido, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha elaborado la referida cartilla informativa en coordinación con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y la Ofi cina de Normalización Previsional; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Sector opina, mediante Informe Nº 308-2014-MTPE/4/8, por la procedencia de la emisión de la resolución ministerial que aprueba la cartilla informativa a que se refi ere el artículo 8 de la Ley Nº 30003, Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros; Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, del Director General de Trabajo y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30003, Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros; la Ley N° 29381, Ley de organización y funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010- TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la “Cartilla Informativa” a que se refi ere el artículo 8 de la Ley Nº 30003, Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, mediante la que se informa sobre las características, las diferencias y demás peculiaridades del Régimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros y del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones; la misma que en anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2º.- Disponer que la presente resolución ministerial y el anexo a que hace referencia el artículo precedente se publiquen en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. trabajo.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1070035-1 VIVIENDA Designan representantes titular y alterna del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 109-2014-VIVIENDA Lima, 2 de abril de 2014 VISTO: El Ofi cio Múltiple N° 09-2014-MINAM/ DVMDERN del Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2009- MINAM, modifi cado por Decreto Supremo N° 015-2013- MINAM, se ha adecuado la conformación de la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático, que tiene por función general realizar el seguimiento de los diversos sectores públicos y privados concernidos en la materia, a través de la implementación de la Convención Marco sobre el Cambio Climático, así como el diseño y promoción de la Estrategia Nacional de Cambio Climático, cuyo contenido debe orientar e informar en este tema a las estrategias, planes y proyectos de desarrollo nacionales, sectoriales y regionales; Que, la Comisión mencionada en el considerando precedente está constituida, entre otros, por un representante titular y uno alterno, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los cuales es necesario designar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y el Decreto Supremo N° 006-2009-MINAM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 015-2013-MINAM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la ingeniera Tula María Tamariz Ortiz, como representante titular, y a la ingeniera Rossy Lorena Guzmán Alejos, como representante alterna, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático, a que se refi ere el Decreto Supremo N° 006- 2009-MINAM modifi cado por el Decreto Supremo N° 015- 2013-MINAM. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1069913-1