Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2014 (04/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Viernes 4 de MORDAZA de 2014

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En el ambito de la Reserva Territorial Kugapakori, Nahua, Nanti y otros: - Declarese el reconocimiento del Pueblo Indigena en situacion de contacto inicial, identificado como perteneciente al Pueblo Indigena Yora o Nahua. - Declarese el reconocimiento del Pueblo Indigena en situacion de aislamiento y contacto inicial, identificado como perteneciente al Pueblo Indigena Matsigenka, tambien denominado Machiguenga. - Declarese el reconocimiento de Pueblo Indigena en situacion de aislamiento cuya pertenencia etnica no ha sido posible identificar. Articulo 4.- Reconocimiento del Pueblo Indigena en situacion de aislamiento en la Reserva Territorial Mashco Piro: En el ambito de la Reserva Territorial Mashco Piro: - Declarese el reconocimiento del Pueblo Indigena en situacion de aislamiento, identificado como perteneciente al Pueblo Indigena Mashco Piro. - Declarese el reconocimiento del Pueblo Indigena en situacion de aislamiento, identificado como perteneciente al Pueblo Indigena Mastanahua. - Declarese el reconocimiento de pueblo indigena en situacion de aislamiento cuya pertenencia etnica no ha sido posible identificar. Articulo 5.- Reconocimiento del Pueblo Indigena en situacion de aislamiento o en situacion de contacto inicial en la Reserva TerritorialMurunahua: En el ambito de la Reserva Territorial Murunahua: - Declarese el reconocimiento del Pueblo Indigena en situacion de aislamiento, identificado como perteneciente al Pueblo Indigena Murunahua. - Declarese el reconocimiento del Pueblo Indigena en situacion de aislamiento, identificado como perteneciente al Pueblo Indigena Chitonahua. - Declarese el reconocimiento del Pueblo Indigena en situacion de aislamiento, identificado como perteneciente al Pueblo Indigena Mashco Piro. - Declarese el reconocimiento del Pueblo Indigena en situacion de contacto inicial, identificado como perteneciente al Pueblo Indigena Amahuaca. Articulo 6.- Garantia de derechos de los pueblos indigenas en situacion de aislamiento o en situacion de contacto inicial: Garanticese la proteccion de los derechos de los pueblos indigenas en situacion de aislamiento y en situacion de contacto inicial reconocidos al interior de cada una de las Reservas Territoriales "Kugapakori, Nahua, Nanti y otros", "Murunahua", "Isconahua", "Madre de Dios", y "Mashco Piro"; los mismos que se encuentran establecidos en la normatividad vigente sobre la materia. Articulo 7.- Procedimiento de Categorizacion De conformidad con el literal b del articulo 3 de la Ley Nº 28736, realicese el procedimiento de categorizacion de Reserva Indigena dentro del plazo previsto en la mencionada Ley; bajo la direccion del Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura. Articulo 8.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Cultura. Articulo 9.-Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ALVAREZ-CALDERON GALLO Ministra de Cultura 1070443-2

DEFENSA
Autorizan viaje de personal FAP a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 142-2014-DE/FAP MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2014 Visto el Oficio NC-50-SMGM-Nº 0175 de fecha 17 de febrero de 2014 del Comandante del Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aerea del Peru y el Oficio NC-50-MAOP-Nº 0659 de fecha 25 de febrero de 2014 del Comandante de Material de la Fuerza Aerea del Peru. CONSIDERANDO: Que, el Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aerea del Peru (SEMAN), se encuentra certificado por la Administracion de Aviacion Federal de los Estados Unidos de MORDAZA (FAA) desde el ano 1988, para la realizacion de trabajos de mantenimiento en aeronaves, motores, radio, instrumentos y pruebas no destructivas (NDT); ademas de ello posee otras certificaciones similares de organizaciones como la Direccion General de Aeronautica Civil (DGAC-PERU) y otras autoridades aeronauticas latinoamericanas; Que, las actividades comerciales del SEMAN se basan en la captacion de clientes locales y extranjeros, los cuales confian el mantenimiento de sus aeronaves de alto costo a talleres de reconocido prestigio; por ello es necesario trasmitir la confianza en la capacidad que ostenta; Que, el personal que labora en el SEMAN con la finalidad de poder realizar distintos trabajos certificados por las autoridades aeronauticas, debe estar constantemente actualizado y entrenado, para lo cual se requiere que participen en diferentes conferencias, ferias, congresos y seminarios a nivel internacional que permitan obtener informacion sobre la situacion actual del MORDAZA aeronautico y su proyeccion en el futuro, asi como mantener estrecho contacto con los distintos operadores de aerolineas aereas y proveedores; por ello se ha programado el viaje de dos (02) Oficiales para que participen en la Conferencia Aviation Week MRO Americas 2014, que se realizara en la MORDAZA de MORDAZA, Estado de Arizona - Estados Unidos de MORDAZA, del 08 al 10 de MORDAZA de 2014; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la MORDAZA de MORDAZA, Estado de Arizona - Estados Unidos de MORDAZA, del Personal Militar que se detalla en la parte resolutiva, a fin de que participe en la Conferencia Aviation Week MRO Americas 2014, que se realizara del 08 al 10 de MORDAZA de 2014; por cuanto los conocimientos y experiencias a tratarse redundaran en beneficio de la Fuerza Aerea del Peru; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aerea del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideracion los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participacion del personal comisionado durante la totalidad del referido evento, resulta necesario autorizar su salida del MORDAZA con un (01) dia de anticipacion, asi como su retorno un (01) dia despues de la fecha programada, sin que estos dias adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Publico; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que

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