Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2014 (08/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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Reglamento del MORDAZA de Evaluacion de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyendose el MORDAZA de evaluacion, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS N° 2348-2013 del 12 de MORDAZA de 2013; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la ampliacion de la inscripcion de la senora MORDAZA MORDAZA Copaja MORDAZA con matricula numero N-4035, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1071114-1

El Peruano Martes 8 de MORDAZA de 2014

GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Aprueban el Reglamento para el Desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ano Fiscal 2015 de la Municipalidad Provincial de Huaura
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO: VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 03 del dia 27.03.2014, el Informe Nº 088-2014-GPP/MPH de fecha 21.03.2014 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, referente al proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento para el Desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Ejercicio Fiscal 2015 de la Municipalidad Provincial de Huaura, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, asi como la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, conforme lo dispone el Articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Organica Municipal Nº 27972: "... el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho MORDAZA se establecen las politicas publicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales ...(Sic);

Que, asimismo el mismo cuerpo normativo en su articulo 100º senala "... corresponde al Consejo de Coordinacion Local Provincial: 1) Coordinar y Concertar el Plan de Desarrollo Municipal Provincial Concertado y el Presupuesto Participativo Provincial ...(Sic) Que, el articulo 17º de la Ley Nº 27783, en su inciso 17.1 prescribe: "... Los gobiernos regionales y locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica. Para este efecto deberan garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la informacion publica con las excepciones que senala la Ley, asi como la conformacion y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion, control, evaluacion y rendicion de cuentas ...(sic); Que, el articulo 20º del mismo cuerpo legal, en su inciso 20.1 precisa: "... Los Gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuesto participativo anual como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertado ...(sic), disposicion concordante con el articulo 53º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 y el articulo 197º de la Constitucion Politica del Peru; Que, la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, establece disposiciones y lineamientos para la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA del Presupuesto Participativo que convoquen los gobiernos locales y regionales; Que, de conformidad a la Ley Nº 29298, que modifica los Arts. 4º, 5º, 6º y 7º de la Ley 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, las propuestas de proyectos deberan ser de forma participativa y concertada teniendo en cuenta que las mismas deben ser multidistrital o de impacto provincial; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 007-2010EF/76.01 el Ministerio de Economia y Finanzas aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 para el Presupuesto Participativo basado en Resultados que orienta y establece los mecanismos para que los gobiernos locales y regionales articulen el MORDAZA de Planeamiento de Desarrollo Concertado y del Presupuesto Participativo en sus respectivas jurisdicciones, asi como asegurar la participacion efectiva de la sociedad civil en el proceso; Que, en ese sentido la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe Nº 088-2014-GPP/ MPH-H de acuerdo a su competencia, ha elaborado el proyecto del Reglamento para el Desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Ejercicio Fiscal 2015 de la Municipalidad Provincial de Huaura; el mismo que ha sido previamente aprobado por el Consejo de Coordinacion Local Provincial en la sesion del 20 de marzo de 2014 con arreglo a ley; Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Provincial de Huaura con el MORDAZA unanime de sus miembros y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprueba la siguiente Ordenanza Municipal: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento para el Desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ano Fiscal 2015 de la Municipalidad Provincial de Huaura, que consta de treinta y un (31) articulos y tres (3) Disposiciones Finales, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Logistica la publicacion de la presente Ordenanza en el diario oficial conforme a lo dispuesto en la normatividad vigente, asi como a la Oficina de Informatica la publicacion en la pagina web de la Municipalidad Provincial de Huaura. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Mando se registre, comunique y publique. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de marzo del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA Provincial 1071108-1

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