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El Peruano Martes 8 de abril de 2014 520545 Disponen que el plazo de funcionamiento del 2º Juzgado Mixto Transitorio del distrito de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, vence el 30 de junio del presente año RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 100-2014-CE-PJ Lima, 19 de marzo de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 105-2014-GO-CNDP-CE-PJ, cursado por la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolución Administrativa Nº 291- 2013-CE-PJ, de fecha del 28 de noviembre de 2013, se dispuso la conversión y reubicación, a partir del 1 de enero de 2014, del Juzgado Penal Liquidador Transitorio del Distrito de Recuay, Corte Superior de Justicia de Ancash, en 2° Juzgado Mixto Transitorio del Distrito de Huaraz, sin haberse determinado el plazo de funcionamiento del mismo; por lo cual resulta necesario establecer su periodo de funcionamiento, dada su naturaleza transitoria. Segundo. Que el inciso 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 183-2014 de la sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Meneses Gonzáles, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; sin la intervención del señor Lecaros Cornejo por encontrarse de licencia. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que el plazo de funcionamiento del 2° Juzgado Mixto Transitorio del Distrito de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, creado mediante Resolución Administrativa N° 291-2013- CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, vence el 30 de junio del presente año. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash y a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidente de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, Jefe de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1071164-2 Prorrogan en diversos Distritos Judiciales el funcionamiento de órganos jurisdiccionales liquidadores transitorios de descarga procesal RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 107-2014-CE-PJ Lima, 26 de marzo de 2014 VISTOS: Los Ofi cios Nros. 207, 208 y 241-2014-GO-CNDP-CE- PJ e Informes Nº 029, 028 y 030-2014-GO-CNDP-CE/PJ, respectivamente, cursados por la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, respecto a las propuestas de prórrogas de órganos jurisdiccionales liquidadores transitorios de descarga procesal, con vencimiento al 31 de marzo de 2014. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolución Administrativa Nº 029- 2008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modifi catorias, se estableció que la fi nalidad de la Comisión Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; así como REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN