Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2014 (08/04/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 60

520554
dirigida unicamente a los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Yenny MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Precilio MORDAZA MORDAZA y Ceverino MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y en la que no se incluye al entonces regidor MORDAZA Eter MORDAZA MORDAZA, asi como las declaraciones de los referidos regidores Ceverino MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Precilio MORDAZA MORDAZA (fojas 84 y 85, Expediente Nº J-2012-01624), en donde estos refieren que no se les entregaban notificaciones convocandolos a sesiones, sino que las mismas se hacian de manera verbal, y solo cuando estas se acordaban, se preparaban notificaciones sin una agenda a tratar, 15. Sobre el particular, obra en autos la declaracion jurada presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 74, Expediente Nº J-2012-01624), ex secretaria general de la Municipalidad Distrital de Tupe, quien refiere que si diligencio las citaciones para el entonces regidor MORDAZA Eter MORDAZA MORDAZA, para las sesiones ordinarias y extraordinarias de concejo, desde diciembre de 2011 hasta octubre de 2012, hecho que, ademas, se corrobora con los medios probatorios detallados en el considerando 10 del presente pronunciamiento. 16. Por tanto, teniendo en cuenta lo MORDAZA expuesto, este Supremo Tribunal Electoral, en el ejercicio de su funcion jurisdiccional-electoral, esta en condiciones de formarse conviccion sobre la veracidad del contenido de los medios probatorios ofrecidos por la solicitante de la vacancia y por la autoridad MORDAZA cuestionada, y asi, valorandolos en forma conjunta, concluir que, efectivamente, esta acreditado que el MORDAZA cuestionado inasistio, de manera injustificada, a tres sesiones ordinarias consecutivas de concejo, de fechas 5 y 17 de MORDAZA y 2 de agosto de 2012. 17. Por consiguiente, corresponde al Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones estimar el recurso de apelacion interpuesto por la recurrente y, en consecuencia, revocar el acuerdo de concejo venido en grado y, reformandolo, declarar fundada la solicitud de vacancia presentada por Bekzabe MORDAZA MORDAZA Casas. 18. Finalmente, de conformidad con el articulo 24 de la LOM, en caso de declararse vacancia del MORDAZA, este es reemplazado por el primer regidor, por lo que, en este caso, se debe acreditar a Yeny MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 09711967, regidora por el partido politico Peru Posible, para que asuma el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Tupe, motivo por el cual corresponde otorgarle la respectiva credencial que la faculte como tal. Igualmente, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 16309231, candidato no proclamado del partido politico Partido Aprista Peruano, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Tupe, por lo que corresponde otorgarle la respectiva credencial que lo faculta como tal. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por Bekzabe MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y en consecuencia, REVOCAR el Acuerdo de Concejo Nº 003-2013-MDT, de fecha 13 de noviembre de 2013, y reformandolo, declarar FUNDADA la solicitud de vacancia presentada en contra de MORDAZA Eter MORDAZA MORDAZA, entonces regidor y actual MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Tupe, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas, prevista en el articulo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial expedida a MORDAZA Eter MORDAZA MORDAZA como MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Tupe, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, con motivo del MORDAZA de consulta popular de revocatoria del ano 2012. Articulo Tercero.- CONVOCAR a Yeny MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 09711967, para que asuma el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Tupe, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, otorgandosele la respectiva credencial. Articulo Cuarto.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 16309231, candidato no proclamado de la organizacion

El Peruano Martes 8 de MORDAZA de 2014

politica Partido Aprista Peruano, para que asuma el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Tupe, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014 y, en consecuencia, otorguese la credencial que lo faculte como tal. Registrese, comuniquese, publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1071157-2

Declaran nulo todo lo actuado en procedimiento de vacancia seguido contra regidoras de la Municipalidad Distrital de Subtanjalla, provincia y departamento de Ica
RESOLUCION Nº 210-2014-JNE Expediente Nº J-2013-01583 SUBTANJALLA - ICA - ICA RECURSO DE APELACION MORDAZA, dieciocho de marzo de dos mil catorce. VISTO en audiencia publica de la fecha, los recursos de apelacion interpuestos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra del Acuerdo de Concejo Nº 16-2013-MDS, del 12 de noviembre de 2013, que declaro infundado el recurso de reconsideracion del acuerdo de concejo adoptado en la Sesion Extraordinaria Nº 062, del 2 de octubre de 2013, que declaro la vacancia de su cargo de regidoras del Concejo Distrital de Subtanjalla, provincia y departamento de Ica, por la causal prevista en el articulo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES La solicitud de vacancia MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 17 de setiembre de 2013 (fojas 7 a 11), solicito la vacancia de las regidoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por considerar que ejercieron funciones administrativas que son competencia de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Subtanjalla, ya que recibieron dinero de propiedad de la municipalidad para ser destinado a cubrir diversos gastos por la celebracion del 53° Aniversario de creacion de dicho distrito: a) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, por recibir el importe total de S/. 4 830,00 (cuatro mil ochocientos treinta y 00/100 nuevos soles), segun los comprobantes de MORDAZA - orden de pago Nº 001064 y Nº 002657, por S/. 2 000,00 (dos mil y 00/100 nuevos soles) y S/. 2 830,00 (dos mil ochocientos treinta y 00/100 nuevos soles), respectivamente, destinados a cubrir los gastos de MORDAZA y conferencia de prensa de las candidatas al reinado de Miss Subtanjalla 2012, y sin haber rendido cuenta de los gastos efectuados por dicho concepto dentro del cierre contable del tercer trimestre del ejercicio 2012, asi como por haber suscrito, en representacion de la Municipalidad Distrital de Subtanjalla, un contrato con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, propietaria del omnibus con placa de rodaje Nº AGG-737, documento que se adjunto en el informe que presento dicha regidora el 10 de MORDAZA de 2013, para sustentar los gastos incurridos.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.