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El Peruano Miércoles 9 de abril de 2014 520576 VISTO, el Informe N° 123-2014-OGPP-SG/MC de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no sean privativas a su función y siempre que la normatividad lo autorice; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2014-MC de fecha 10 de enero de 2014, se delegó en el Secretario General del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2014, facultades en materia presupuestaria y en procedimientos administrativos disciplinarios que serán ejercidas respecto a las Unidades Ejecutoras del Pliego 003 - Ministerio de Cultura. Asimismo se delegó en los jefes y/o responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 003 - Ministerio de Cultura, facultades en materia de convenios de cooperación y/o colaboración interinstitucional y contratos, en materia de bienes muebles e inmuebles y en materia de proyectos de inversión pública dentro del ámbito de sus competencias; Que, mediante Resolución Ministerial N° 050-2014-MC de fecha 10 de febrero de 2014, se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 – Ministerio de Cultura, quien tendrá a su cargo los Proyectos de Inversión Pública que se le encarguen mediante Resolución Ministerial, debiendo ejercer sus actividades, como Unidad Formuladora y Unidad Ejecutora, en concordancia con las normas para la formulación, evaluación y ejecución de la inversión que se desprenden de lo dispuesto en la Ley N° 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, a través de la Resolución N° 075-2014-MC de fecha 27 de febrero de 2014, se encargó a la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 – Ministerio de Cultura, las intervenciones, los proyectos de inversión pública y las actividades priorizadas por el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, siendo “…1) Intervención en el Parque Arqueológico Nacional de Machupicchu, 2) Museo Nacional de Pachacamac, 3) Museo Nacional Amazónico (Código SNIP 254580), 4) Ampliación del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú en el distrito de Pueblo Libre (Código SNIP 252364), 5) Cerco de Zonas Arqueológicas, y; 6) Saneamiento Legal de Zonas Arqueológicas”; Que, mediante el documento del visto, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto propone delegar diversas facultades al responsable de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 – Ministerio de Cultura; Que, en consideración a ello y con el propósito de coadyuvar al cumplimiento de las funciones encomendadas a la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 – Ministerio de Cultura, es conveniente delegar facultades que no sean privativas a la función de la Ministra de Cultura, así como las facultades y atribuciones administrativas de gestión y resolución que no sean propias de dicho cargo, durante el Ejercicio Presupuestario 2014; Que, asimismo corresponde modifi car el último párrafo de los numerales 1.1. y 1.3. del artículo 1° de la Resolución Ministerial Nº 009-2014-MC de fecha 10 de enero de 2014, mediante el cual se delegó en el Secretario General del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2014, facultades en materia presupuestaria y en procesos administrativos disciplinarios que son ejercidas respecto de las Unidades Ejecutoras del Pliego 003 – Ministerio de Cultura, a efectos de incorporar a la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales; Con el visado del Secretario General, del Director de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, actualmente Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car el último párrafo del numeral 1.1. y 1.3. del artículo 1° de la Resolución Ministerial Nº 009- 2014-MC de fecha 10 de enero de 2014, mediante el cual se delegó en el Secretario General del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2014, facultades en materia presupuestaria y en procesos administrativos disciplinarios, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: “Las facultades delegadas al Secretario General a través del presente numeral también serán ejercidas respecto a las Unidades Ejecutoras 002: MC – Cusco, 003: Zona Arqueológica Caral, 004: Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano, 005: Naylamp – Lambayeque, 006: Complejo Arqueológico de Chan Chan, 007: Marcahuamachuco y 008: Proyectos Especiales”. Artículo 2°.- Incorporar el artículo 3-A en la Resolución Ministerial Nº 009-2014-MC de fecha 10 de enero de 2014, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: “Articulo 3-A.- Las facultades delegadas en los incisos a) y b) del numeral 1.5. del artículo 1°; incisos b) y c) del numeral 2.2., incisos a), b) y c) del numeral 2.3. del artículo 2° y el artículo 5° de la presente resolución, también se entenderán delegadas en el responsable de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 – Ministerio de Cultura, durante el ejercicio Fiscal 2014, en el ámbito de su competencia”. Artículo 3°.- Disponer que la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto supervise la actuación de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 – Ministerio de Cultura, respecto de las acciones referidas en los incisos a) y b) del numeral 1.5. del artículo 1° de la Resolución Ministerial Nº 009-2014-MC de fecha 10 de enero de 2014, pudiendo solicitar a la referida Unidad Ejecutora la adopción de las medidas preventivas y/o correctivas que estime pertinentes. Artículo 4°.- La delegación de facultades, así como la designación de responsabilidades a que se refi ere la presente resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 5º.- El responsable de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 – Ministerio de Cultura, deberá remitir un informe al Despacho Ministerial, el último día hábil de cada trimestre, sobre el ejercicio de las facultades delegadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1071745-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Asesora del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 084-2014-MIDIS Lima, 8 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual contempla que la Alta Dirección cuenta con un Gabinete de Asesores para la conducción estratégica de las políticas a su cargo, la coordinación con otros sectores, niveles de gobierno y los poderes del Estado, incluido el Poder Legislativo, con la fi nalidad de impulsar el cumplimiento de sus funciones; Que, mediante Resolución Suprema Nº 001-2013- MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal