Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2014 (09/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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procedencia e invocados por "la administrada" es el literal a) del articulo 77º del citado "Reglamento", a saber: "(...) c) Cuando colinde con el predio de propiedad del solicitante y cuyo acceso directo sea a traves de aquel. (...)". 5. Que, el referido procedimiento administrativo ha sido desarrollado por la Directiva Nº 003-2011/SBN, aprobada por la Resolucion Nº 020-2011/SBN, publicada el 10 de MORDAZA de 2011 (en adelante la Directiva), cuyos requisitos se encuentran previstos en el numeral 16º del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2012-VIVIENDA, publicado el 31 de diciembre de 2012 (en adelante MORDAZA de la SBN). En ese sentido, de acuerdo con el numeral 3.1) de la "Directiva", "los administrados" deberan adjuntar al momento de la MORDAZA de su solicitud, los documentos siguientes: "(...) a) La Indicacion de la entidad publica a la cual se dirige. b) Nombres y apellidos completos, domicilio y numero de Documento Nacional de ldentidad o carne de extranjeria del administrado, y en su caso, la calidad de representante y de la persona natural o juridica a quien represente. c) La expresion concreta de lo pedido, indicando el area, ubicacion del predio y la causal de venta a la que se acoge establecida en el Articulo 77º del Reglamento u otra MORDAZA legal. d) Lugar, fecha, firma o huella digital, en caso de no saber firmar o estar impedido. e) MORDAZA legible del Documento Nacional de Identidad si es persona natural y, en su caso, del representante o si es persona juridica, MORDAZA de la partida registral donde consta inscrita su constitucion y certificado de vigencia de poder de su representante legal, asi como MORDAZA del Documento Nacional de Identidad de este. f) Plano perimetrico - ubicacion en coordenadas UTM, a escala, apropiada, autorizado por ingeniero o arquitecto colegiado. g) Memoria descriptiva (con los nombres de los colindantes, de ser posible), autorizado por Ingeniero o arquitecto colegiado. h) Certificado de Busqueda Catastral del predio expedido por la SUNARP con una antiguedad no mayor a seis (6) meses, o indicar el numero de partida registral en el que corre inscrito el predio. En adicion a lo anterior y dependiendo del supuesto en que se sustenta su solicitud, debera acompanar, segun corresponda, los Siguientes documentos: "(...) i) Partida registral o instrumento publico que permita acreditar la colindancia con el predio del Estado, cuando la solicitud de venta se sustenta en razones de colindancia previsto en el inciso a) del Articulo 77º del Reglamento. (...)". 6. Que, por otro lado, el numeral 3.2) de la "Directiva" preve la etapa de calificacion de la solicitud la cual no constituye un acto de discrecion de esta Subdireccion, sino una obligacion imperativa que emana de una MORDAZA de orden publico. Dicha disposicion legal senala que: "Recibida la solicitud, la entidad publica, a traves de la unidad operativa encargada de sustentar el tramite, procedera a verificar la documentacion presentada y, de ser necesario, requerira al administrado para que dentro del termino de diez (10) dias habiles computados a partir del dia siguiente de su notificacion, proceda a la aclaracion, precision o reformulacion de su pedido o MORDAZA de documentos complementarios a los presentados bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la solicitud". 7. Que, como producto de la revision y evaluacion de los documentos senalados en el tercer considerando de la presente Resolucion, esta Subdireccion a traves del Oficio Nº 1437-2012/SBN-DGPE-SDDI recepcionado el 09 de octubre de 2012 (fojas 25 al 26), solicito la remision de la MORDAZA literal actualizada donde conste la Declaratoria

El Peruano Miercoles 9 de MORDAZA de 2014

de Herederos del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Almenerio, a efectos de proseguir con el procedimiento de adjudicacion en venta directa. 8. Que, en atencion a ello, la senora Meri MORDAZA MORDAZA de MORDAZA a traves de la carta s/n recibida el 31 de octubre de 2012 (fojas 27 al 29), remitio la inscripcion de la sucesion intestada del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Almenerio; asimismo, mediante el escrito s/n recibido el 29 de MORDAZA de 2013 (fojas 32 al 35), los herederos manifestaron su conformidad con el procedimiento de adjudicacion en venta directa. 9. Que, con fecha 28 de agosto de 2012 y 17 de MORDAZA de 2013, la brigada a cargo del presente procedimiento administrativo, llevo a cabo la inspeccion ocular en "el predio", verificandose que el mismo se encuentra ubicado en la parte posterior del Lote Nº 22 de la Manzana J, Sector Primero del Asentamiento Humano Asociacion de Pobladores de Ventanilla Alta, siendo su acceso regular y natural a traves del citado lote; asimismo, corresponde a ladera de cerro, contando con una topografia accidentada y suelo arenoso con presencia de piedras, encontrandose cercado con esteras, el cual ha sido parcialmente reforestado con diversas plantaciones, conforme se desprende de las Fichas Tecnicas Nº 01262012/SBN-DGPE-SDDI (fojas 22 al 23) y Nº 0255-2013/ SBN-DGPE-SDDI (foja 78). 10. Que, mediante el Informe de Brigada Nº 110-2013/ SBN-DGPE-SDDI de fecha 16 de MORDAZA de 2013 (fojas 37 al 39), complementado con el Informe de Brigada Nº 356-2013/ SBN-DGPE-SDDI de fecha 26 de noviembre de 2013 (fojas 79 al 86), la brigada a cargo del presente procedimiento, opino por la factibilidad del inicio del procedimiento de adjudicacion en venta directa. 11. Que, sobre el particular, "el administrado" con la finalidad de demostrar el cumplimiento de la referida causal, remitio a esta Superintendencia los documentos descritos en el tercer considerando de la presente resolucion, mediante los cuales se puede establecer que el predio de su propiedad colinda y constituye el unico acceso al predio estatal, cumpliendo con lo establecido en el literal a) del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales", aprobado por el Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA y sus modificatorias, informacion que fue corroborada mediante las inspecciones efectuadas los dias 28 de agosto de 2012 y 17 de MORDAZA de 2013. 12. Que, siendo asi, corresponde continuar con el tramite del presente procedimiento administrativo, es decir, con la etapa de tasacion. En ese sentido, mediante escrito s/n recibido por esta Superintendencia el 31 de MORDAZA de 2013 (fojas 44), la Empresa MDS Consultores Asociados S.A.C., remitio el Informe de Valuacion Comercial de "el predio" del 25 de MORDAZA de 2013, resultando para el predio materia de compraventa un valor ascendente a la suma de S/. 17 500.00 (Diecisiete mil quinientos con 00/100 Nuevos Soles), que resulta de la conversion a moneda nacional del valor calculado de US$ 6,286.65 (Seis mil doscientos ochenta y seis mil con 65/100 Dolares Americanos), segun el MORDAZA de cambio indicado en el informe MORDAZA mencionado. Cabe indicar, que mediante el escrito s/n recepcionado por esta Superintendencia el 28 de agosto de 2013 "el administrado" manifiesta su aceptacion al valor comercial de la tasacion (foja 63). 13. Que, en atencion a lo expuesto, corresponde ejecutar la etapa de publicacion prevista en el articulo 78º del "Reglamento", y desarrollada por el item 3.10) del numeral 3º de la "Directiva"; siendo asi, se procedio con lo dispuesto por el articulo 78º del "Reglamento", concordado con el numeral 3.10) de la "Directiva". En el presente caso, la publicacion se llevo a cabo en el Diario Oficial "El Peruano" (foja 68) y en el Diario "La Primera" (foja 69) en el dia 27 de setiembre de 2013. Cabe senalar, que los avisos tienen como finalidad que los terceros que se consideren afectados en algun derecho real que tuvieran sobre "el predio" puedan oponerse dentro del plazo de diez (10) dias habiles de efectuada la MORDAZA publicacion. 14. Que, teniendo en cuenta que la MORDAZA publicacion se dio el dia 27 de setiembre de 2013, los terceros afectados tenian como plazo MORDAZA para oponerse al presente procedimiento administrativo, hasta el 15 de octubre de 2013; sin embargo, no se ha presentado oposicion alguna dentro del plazo MORDAZA senalado, conforme consta del Memorando Nº 748-2013/SBN-SG-UTD, de fecha 29 de octubre de 2013, elaborado por la Unidad de Tramite Documentario de esta Superintendencia (foja 75), razon por

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